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¿Qué es el derecho Romano?


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2021  •  Resumen  •  5.762 Palabras (24 Páginas)  •  66 Visitas

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 ¿Qué es el derecho Romano?

Es el conjunto de disposiciones de carácter jurídico que rigieron a los romanos y a los pueblos por ellos conquistados a lo largo de la historia.

 La historia del Derecho romano quedaría comprendida dentro de los siguientes períodos histórico-políticos:

MONARQUIA: 753 a.C. – 510 a. C. 243 años de monarquía. DERECHO PRECLASICO.

Poder público:   rey, comicios y senado.

REY: Ejercía el poder de por vida y de forma suprema. *Rómulo: 753-715 a. C. crea el senado. *Numa Pompilio 715-673 a.C. Introduce la practica religiosa. Tulio Hostilio 673-641 y Anco Marcio 640-616 a.C. Ellos consolidan el poder militar. Tarquino el Antiguo 616-579 a.C. Concede mas facultades al senado y aumenta sus miembros a 300. Servio Tulio 578-535 a.C. Crea la reforma Serviana y trae consigo la creación de comicios por centurias. Tarquino el Soberbio 535-510 a.C era déspota, con el concluye la monarquía.

COMICIOS: Asambleas de carácter legislativo político. Integrados por todos los hombres libres capaces de usar armas. Comicios por curias y centurias (193). COMITIUM.

Comicios por curias: Aseguraba el ejercicio de derechos políticos, aspecto religioso y festividades en general. Se denomina pueblo=populus. Todos, tanto patricios como plebeyos.

Comicios por centurias: PRIMERA CLASE. Individuos con +100,000 ases=80 centurias. SEGUNDA CLASE: +75,000 -100,000=20 centurias. TERCERA CLASE: +50,000 – 75,000=20 centurias. CUARTA CLASE: +25,000- 50,000=20 centurias. QUINTA CLASE: +10,000 -25,000=30 centurias. 18 curias de caballeros sin importar la fortuna. Estas ocupaban el punto mas alto de la pirámide.

SENADO; En un principio era un cuerpo consultivo y de apoyo al rey, ofrecía consejos (SENATUSCONSULTUM) Integrado por 100 miembros, cuando cae la monarquía tiene valor político. Sus miembros eran los ancianos más sabios. El senadoconsulto eran decisiones que tomaba el senado en sesión pública. Decreto o determinación del senado.

Clases sociales. Patricios: dirigen la vida política, religiosa y social de Roma. Tienen una situación privilegiada en la sociedad. Plebeyos: los mas pobres, constituyen la gran masa de la población. Esclavos: no tenían ningún valor, eran instrumentos de trabajo. Se podían vender, regalar, incluso matar por su amo. Clientes; extranjero o fugitivo bajo la protección de un patricio.

Fuentes formales del derecho en la monarquía. La costumbre de los antepasados (mores maiorum).

REPUBLICA. Comprendida entre 510 y 27 a.C. 483 años. Derecho preclásico.

Hay una gran pugna entre patricios y plebeyos. En lugar del rey se usan los magistrados. Los plebeyos tienen derecho a ser representados por dos magistrados, los tribunos de la plebe.

Los plebiscitos. Todo aquello que la plebe ordena y establece. Al principio solo obligaban a los plebeyos, pero por disposición de la Ley Hortensia (287 a.C.) se declaran obligatorias a todos los ciudadanos.

Roma se convierte en una de las potencias más poderosas del mundo antiguo. Su triunfo definitivo sobre Cartago prácticamente transforma a los romanos en dueños del Mar Mediterráneo. Con el tiempo Octavio se convierte en Augusto y ahí comienza la etapa imperial.

El poder público es integrado por: (Senado, comicios y magistrados).

SENADO: Su opinión estaba considerada en las cuestiones más importantes (paz y guerra). Finalmente, los plebeyos son aceptados en él. 

COMICIOS: Pierden importancia e intervienen sólo en determinados actos religiosos y de derecho privado. Estaban constituidos por 30 lictores que representaban a cada una de las curias. Se reunían siempre en presencia del gran pontífice (jefe de la iglesia).

Comicios por tribus: Roma se divide en 4 sectores o tribus y el campo romano en 31; así, territorialmente queda determinada la existencia de 4 tribus urbanas y 31 rústicas.

MAGISTRADOS: Sustituyen la figura del rey; altos funcionarios públicos llamados cónsules (jefes civiles y militares del Edo), un año a cargo, elegidos por comicios, poder muy amplio, obtienen el poder del veto.

Surgen otros magistrados:

-Cuestores: Administradores del erario publico

-Censores: duraban 8 meses a cargo

-Ediles curules: Policía urbana, Litigios entre mercaderes

-Pretores urbanos: Litigios entre ciudadanos

-Pretores peregrinos: Litigios entre extranjeros

-Dictador: se le denominaba por cualquiera de los cónsules en momentos de crisis y duraba lo que durara dicha crisis.

Al final de la república se les considera como ciudadanos a los extranjeros.

 Fuentes formales del derecho en la república. Costumbre, ley, plebiscitos, senadoconsultos, edictos y jurisprudencia.

 La ley. Disposición dictada por el pueblo cuando éste se reunía en comicios. Justiniano señala que la ley es aquello que el pueblo romano establece a propuesta de un magistrado; ej. Un cónsul.

La ley consta de 3 partes: Praescripto: nombre del magistrado y día en que fue votada. Rogatio: texto de la ley. Sanctio: sanción. De acuerdo con la sanctio las leyes se dividen en perfectas, mas que perfectas, imperfectas y menos que perfectas.

Las XII Tablas (Primer gran ley escrita). Finalidad de que rigiese de forma general para todos los ciudadanos romanos, patricios y plebeyos

I y II Organización y procedimiento judicial. III Deudores insolventes. IV Patria potestad.

V tutela y curatela. VI Propiedad. VII Acerca de la servidumbre. VIII Derecho penal.

IX Derecho público y de las relaciones con los enemigos. X Derecho sagrado.

XI y XII Complemento de las anteriores.

 -Los senadoconsultos. Medida legislativa emitida por el senado.

-Los edictos de los magistrados. Los pretores y ediles cuya labor era la de administrar justicia.

La jurisprudencia. Opiniones emitidas por los jurisconsultos sobre las diversas cuestiones que se les planteaban, carácter doctrinal. Los primeros jurisconsultos fueron los sacerdotes y de ellos los pontífices. La vida profesional de los jurisconsultos se dividía: respondere, cavere, agere y scribere. Respondere: dar consultas verbales sobre casos prácticos. Cavere: redactar documentos jurídicos. Agere: asistir a las partes durante el litigio. Scribere: elaborar obras doctrinales de derecho.

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