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¿Qué se entiende por mera ausencia, ausencia legal y muerte presunta?


Enviado por   •  26 de Marzo de 2016  •  Tarea  •  427 Palabras (2 Páginas)  •  761 Visitas

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UNIDAD 2

PREGUNTAS

  1. ¿Qué se entiende por mera ausencia, ausencia legal y muerte presunta?
  2. ¿En qué casos la etapa de ausencia legal de una persona cuando termina?
  3. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos que produce la declaratoria de muerte presunta?

DESARROLLO

  1. Mera Ausencia se entiende cuando una persona desaparece del lugar de  su domicilio y no se sepa de su paradero, al cual se le representara y cuidaran de sus intereses designándose a un apoderado o curador, según lo estipulado en el Código Civil en su Art 96, el cual lleva consigo ciertas características especiales las cuales rigen para ser declarada en “Mera Ausencia”.

Ausencia Legal:

1. Se presenta la Demanda

2. Se hace la relación de los bienes y deudas del ausente

3. Se designa al ausente un curador para el proceso

4. Publicación de extracto de la demanda.

5. Esta publicación se debe hacer siempre en periódicos de amplia circulación que se editen en la capital de la Republica, un periódico y radiodifusoras locales.

6. Cumplidos los tramites, se dictara la sentencia nombrando al curador. 

Como el proceso se demora se puede solicitar que se designé a un administrador temporal.

Muerte Presunta:

Es utilizada principalmente para efectos patrimoniales, y debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Debe haber transcurrido dos años a partir de la ausencia de la persona, sin que se sepa nada de ella.
  • El que solicite o declare el hecho debe demostrar el interés directo que tiene al respecto.
  • Citar en varias ocasiones al desaparecido mediante edictos y demostrar que ha hecho las diligencias necesarias para dar con el paradero del desaparecido. Una vez cumplido los requisitos se declara la muerte presunta.

  1. La Ausencia Legal termina cuando:

  • Que reaparezca el desaparecido con lo cual se le restituirá  su patrimonio y todos sus derechos personales
  • Que se confirme que realmente murió el declarado ausente, al cual en este caso se considerara abierta la sucesión o herencia de los bienes conforme a lo establecido por la ley.
  • Por la declaración del fallecimiento del ausente según sentencia proferida por el juez.
  1. Consecuencias o efectos de la declaratoria de muerte presunta:

La muerte presunta tiene como efecto patrimonial el poder que tienes sus herederos de iniciar el proceso de sucesión, así los bienes sean adjudicados entre ellos.  Estos derechos son adquiridos a través del Derecho Civil, evitándose que los bienes corran el peligro de ser adquiridos por terceros.

  1. Se abre una sucesión
  2. Los derechos susceptibles constituidos o extinguidos quedan igual.
  3. La sociedad conyugal se disuelve.
  4. Los derechos familiares se extinguen
  5. El matrimonio del desaparecido se disuelve.

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