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Muerte Presunta


Enviado por   •  11 de Diciembre de 2012  •  981 Palabras (4 Páginas)  •  707 Visitas

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DECLARACION DE AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO

Términos requeridos para la declaración de muerte presunta

La simple ausencia de una persona del lugar de sus actividades y de la residencia de su familia, no basta por sí sola para presumir el fallecimiento. Pero si esta ausencia se prolonga durante algunos años, hacen nacer aquella presunción.

El término difiere, según se trate de casos ordinarios o extraordinarios.

Casos ordinarios

La primera hipótesis es la de la desaparición de una persona de su domicilio o residencia, sin que medie ningún accidente u otro hecho. La persona se ha ido, sin que de ella se tenga noticia alguna. En este caso, la ley presume el fallecimiento a los tres años, haya o no dejado apoderado. Se ha reducido el plazo de seis años que fijaba el articulo 1l0 del Código Civil. El término se cuenta desde la fecha de la última noticia que se tuvo de la existencia del ausente (art 22 ley 14.394).

Casos extraordinarios

La ley prevé dos hipótesis en el articulo 23:

1° Cuando se hubiese encontrado en el lugar de un incendio, terremoto, guerra u otro suceso semejante, susceptible de ocasionar la muerte, se presume el fallecimiento del ausente si no se tuviere noticias de él por el término de dos años, contados desde el día en que ocurrió o pudo haber ocurrido el suceso.

2° Si el ausente se encontrara en una nave o aeronave naufragada o perdida, el plazo se reduce a seis meses. En todos estos casos, el Código Civil establecía un plazo de tres años (art. 112).

Estos plazos deben contarse desde el día en que el suceso ocurrió o pudo haber ocurrido. En caso de que no se sepa con certeza el día del siniestro, se contará de la siguiente manera:

1° si se trata de la hipótesis de incendio, terremoto, acción de guerra u otro suceso semejante, empezará a contarse desde el día del término medio de la época en que ocurrió;

2° si hubiera desaparecido en un buque o aeronave, desde el último día en que se tuvo noticia de la nave perdida.

El juicio de declaración de ausencia con presunción de fallecimiento

Quiénes tienen derecho a pedir la declaración de ausencia

Pueden pedirla todas las personas que tengan algún derecho sobre los bienes del ausente supeditado a la condición de su muerte.

Pueden hacerlo:

a) El cónyuge, siempre que demuestre un interés patrimonial u otro.

b) Los presuntos herederos, legítimos o instituidos en un testamento.

c) Los legatarios.

d) El beneficiario de un Seguro de vida.

e) El donante, cuando la donación hubiera sido hecha con cláusula de reversión en caso de muerte del donatario

f) El deudor de una renta vitalicia en favor del ausente.

g) El ministerio fiscal.

Carecen de derecho a iniciar el juicio los acreedores, tampoco pueden hacerlo los socios, el cónsul del país respectivo, si el ausente fuera extranjero.

Designación de defensor y curador

La

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