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REDACCION Y ANALISIS DEL PODER


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2013  •  6.310 Palabras (26 Páginas)  •  322 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Por su desarrollo en la sociedad, el hombre requiere de intercambios de bienes y servicios sin los cuales económica y socialmente quedaría aislado. Tal intercambio, que provoca que el ser humano se enriquezca y perfeccione, se realiza, entre otros medios, a través de los contratos.

Las relaciones económicas ocasionaron que en un principio la regulación jurídica fuera espontánea; sin embargo con el desarrollo cultural esta última se ha ido perfeccionando poco a poco, y de leyes rudimentarias ahora existen modernas codificaciones, mismas que han servido para establecer frenos que eviten abusos e irresponsabilidades.

La reglamentación de los contratos nace de la necesidad de buscar, por un lado la autonomía de la voluntad y por el otro, la equidad de las transacciones, de suerte que constituya y cristalice el mínimum ético deseable.

Bajo esta concepción, quienes intervienen en un contrato han gozado siempre de la facultad de autoregularse y estipular en él diversas modalidades o cláusulas penales, o simplemente se adaptan a los contratos reglamentados por la ley, los que contemplan un ideal dentro de la contratación. Así por ejemplo, en el contrato de compraventa basta que las partes se pongan de acuerdo en precio y cosa, para que supletoriamente se apliquen lugar y tiempo en la entrega del pago y de la cosa; el saneamiento para el caso de evicción y por vicios ocultos; entre otros. Por ello cuando se habla de los contratos se dice que “la definición y regulación de los contratos en el Código Civil venezolano, es un servicio público que se presenta a la comunidad”.

Los contratos desde el punto de vista del Derecho se encuentran dispuestos en Nuestro Código Civil Venezolano, de tal manera pues el Artículo 1133 lo establece de la siguiente manera:

“El Contrato en una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir modificar o extinguir entre ellas un vínculo jurídico.”

El Contrato es ley entre las partes, son de carácter obligatorio, es decir de obligatorio cumplimiento entre las partes, es fuente de obligaciones y deben ser ejecutados de buena fe.

TEMA 2 REDACCION Y ANALISIS DE CONTRATO

TEMA II

1.- REDACCION: es la composición de textos escritos. El redactor es la persona que escribe, pero de forma profesional. Es decir que, en ese sentido, el redactor es un escritor, pero un escritor profesional (un profesional de la escritura).

2.- ANALISIS DE CONTRATOS:

R: Es la libertad formal suele caracterizar casi todos los tipos de contratos, aunque la mayoría siguen modelos bastante parecidos con las siguientes partes:

• Título: Indica el tipo de contrato.

• Cuerpo sustantivo: Que identifica el las partes. Estas pueden ser, según el tipo de contrato, tanto personas físicas como jurídicas. Consta de las siguientes partes:

• Lugar y fecha de contrato

• Identificación de quienes van a suscribirlo.

• Representaciones de los intervinientes indicando si suscriben el contrato en su propio nombre o en representación de un tercero o sociedad

• Identificación, si son aplicables, de los objetos y servicios objeto del contrato.

• Identificación, si son aplicables, de otros elementos como ámbito geográfico.

• Exposición: Relacionan los hechos y antecedentes que pueden ser relevantes pero que carecen de valor normativo.

• También pueden incluir cláusulas que establezcan el significado de determinados conceptos para el contrato en cuestión.

• Cuerpo normativo: Pactos o acuerdos objeto del contrato. Son las cláusulas normativas.

• Cierre: Fórmula de cierre donde se indica la forma de realizar el acuerdo.

• Anexos: Desarrollan algunos aspectos complejos del contrato para simplificar su lectura.

3.- CONCEPTO DE CONTRATOS:

R: Es un acto jurídico privado, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas. Este acuerdo de voluntades genera derechos y obligaciones a las partes.

También se puede decir que es un acto jurídico bilateral o multilateral, porque intervienen dos o más personas (a diferencia de los actos jurídicos unilaterales en que interviene una sola persona), y que tiene por finalidad crear derechos y obligaciones (a diferencia de otros actos jurídicos que están destinados a modificar o extinguir derechos y obligaciones, como las convenciones).

4.- ELEMENTOS DE LOS CONTRATOS:

R: LA CAPACIDAD: Es la aptitud de las personas para figurar en su propio nombre en un contrato. Por lo tanto no pueden contratar los que sufren: Una incapacidad de derecho por falta de alguno de los estatutos.

EL CONSENTIMIENTO: El contrato no puede celebrarse sin el acuerdo de voluntades.

EL OBJETO: Es la prestación del contrato: una sola prestación en los unilaterales, dos o mas en los sinalagmáticos. El objeto es el hecho positivo o negativo que debe realizar una de las partes en beneficio de la otra, o las dos partes cuando ambas resultan acreedoras y deudoras en virtud del contrato. El objeto tenía que ser posible, lícito, determinado o susceptible de serlo y presentar un interés para el acreedor.

LA CAUSA: algunos doctrinarios afirman que ésta no se encuentra en los textos de Derecho Romano, sino que solo fue empleada como sinónimo de fuente o de hecho generador de la obligación.

NATURALES: Son aquellos que aunque acompañando normalmente a un contrato, pueden ser excluidos por los contrayentes mediante una cláusula, tal sería, en la compra-venta, la responsabilidad del vendedor por la evicción o por los vicios ocultos de la cosa vendida, que se considera implícitamente comprendida en el contrato, mientras que las partes no dispongan lo contrario, ya que se trata de un elemento que no es de la esencia sino de la naturaleza del contrato, que puede ser excluido por la manifestación de voluntad de las partes, y el contrato no dejaría de ser tal.

ACCIDENTALES: Son aquellos que dependen solo de la voluntad de las partes, quienes pueden incluirlo para modificar los efectos naturales del contrato. Son llamados también modalidades y son: la condición, el plazo y el cargo.

VICIOS DEL CONSENTIMIENTO: Para que el contrato sea válido, el consentimiento debe emanar de personas dotadas de discernimiento y estar exentas de vicios. Si se halla afectado por uno de ellos, la parte perjudicada puede solicitar la nulidad de este.

PARTE DEL CONTRATO:

R: La libertad formal suele caracterizar casi todos los tipos de contratos aunque la mayoría siguen modelos bastante parecidos con las siguientes partes

1.-

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