REGIMEN ECONOMICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Y DE CUBA
Enviado por frequi10 • 2 de Octubre de 2014 • 2.538 Palabras (11 Páginas) • 1.575 Visitas
REGIMEN ECONOMICO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA Y DE CUBA
BOLIVIA
Según los artículos 306 al 311 de la nueva CPE, el modelo económico boliviano es plural y está orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todos las bolivianas y bolivianos.
La economía plural está constituida por las formas de organización económica comunitaria, estatal, privada y social cooperativa.
Comparada con la anterior constitución política del estado que decía “la economía debe responder a principios de justicia social”. Quiere decir que en la nueva constitución política del estado deja en claro que se respeta el comercio como parte privada, estatal y también como parte social cooperativa.
El Art. 312 coinciden con el art 134 de la anterior constitución, los cuales dicen “no se permitirá la acumulación privada de poder económico en grado tal que ponga en peligro la independencia económica del estado” a lo cual la NCPE aumenta en este articulo que todas las formas de organización económicas tiene la obligación de generar trabajo digno, de contribuir a la erradicación de las desigualdades y a proteger y preservar el medio ambiente.
El art 313, para eliminar la pobreza y la exclusión social y económica y el logro de vivir bien se establecieron propósitos como:
- Generación del producto social.
- La producción, distribución y redistribución de las desigualdades regionales.
El art 314, la antigua constitución no reconocía a las empresas como monopolios o llamadas también mercados imperfectos, en la nueva además de prohibirse monopolio, también se prohíbe el oligopolio, pero en Bolivia se cuentan con empresas monopólicas tanto estatales como privadas como ELECTROPAZ, EPSAS.
Ademas de empresas que entran en el merado de oligopolio como el cemento, ladrillo y otros.
El art. 315, el estado reconoce la propiedad de tierra a las personas legalmente establecidas. La anterior constitución no menciona nada sobre el reconocimiento de la propiedad en la parte económica.
FUNCION DEL ESTADO EN LA ECONOMIA
El art. 316 en resumen nos habla de las funciones del estado en la economía:
- Conducir el proceso de planificación económica.
- Dirigir y regular la economía.
- Ejercer el control y la dirección de sectores estratégicos en la economía.
- Participar directamente en la economía.
- Promover la integración económica.
- Promover prioritariamente la industrialización de los recursos naturales.
- Promover políticas de distribución.
- Determinar el monopolio estatal.
- Formular el plan general de desarrollo.
- Gestionar recursos económicos.
- Regular la actividad aeronáutica.
Las cuales están en este orden y con la misma importancia. En la anterior constitución nos menciona que el estado formula mediante ley el ejercicio del comercio también que determina la política monetaria y al igual que la NCPE determina el proceso de planificación económica del país.
El art 317 nos habla de la creación de una entidad de planificación participativa tanto de la sociedad y de las entidades publicas. Tal que no menciona en la anterior constitución.
POLITICAS ECONOMICAS.
En el art. 318. El estado determina una política productiva industrial y comercial y así se busca fortalecer la actividad empresarial y de industria tanto en Bolivia y también para las empresas que exportan sus productos.
Nos habla de que el estado reconoce, fortalece, prioriza y promueve la exportación de bienes finales producidos en Bolivia.
El art 319 habla de los recursos naturales, nos dice que es prioridad económica del gobierno, esto para la protección del medio ambiente y los derechos de los pueblos indígenas.
El art 320, dice que la inversión boliviana se prioriza frente a la inversión extranjera.
POLITICA FISCAL
El art 321 la administración económica y financiera del estado y de las entidades públicas se rige por su presupuesto. La determinación del gasto se hará por medio de consulta ciudadanas y planificación técnica ejecutiva. Se atenderá especialmente la educación, la salud, la alimentación, la vivienda y el desarrollo productivo. La asamblea legislativa es la que aprueba el presupuesto.
El art 322, la asamblea legislativa aprobara la contratación de deuda pública, analizando las condiciones de esta.
El art 323 la política fiscal se basa en una serie de principios como capacidad económica, igualdad, progresividad, proporcionalidad, universalidad, transparencia y otros. Los tributos solo se podrán aprobar por la asamblea legislativa, las tasas y patentes por leyes especiales.
El art 324 dice que no prescriben las deudas y daños económicos al estado.
El art 325 dice que los ilícitos económicos como agio, especulación, contrabando, y otros serán penados por ley.
POLITICA MONETARIA
EL art 326 dice que el poder ejecutivo y el banco central de Bolivia definen la política cambiaria.
La moneda es el boliviano y que las transacciones se harán en bolivianos.
Los art 227 – 329 indican las características, atribuciones y la organización del banco central de Bolivia.
POLITICA FINANCIERA
Art 330 El Estado regulará el sistema financiero con criterios de igualdad de oportunidades, solidaridad, distribución y redistribución equitativa. II. El Estado, a través de su política financiera, priorizará la demanda de servicios financieros de los 78 sectores de la micro y pequeña empresa, artesanía, comercio, servicios, organizaciones comunitarias y cooperativas de producción. III. El Estado fomentará la creación de sistemas financieros no bancarios con fines de inversión socialmente productiva. IV. El Banco Central de Bolivia y las entidades e instituciones públicas no reconocerán adeudos de la banca o de entidades financieras privadas. Éstas obligatoriamente aportarán y fortalecerán un fondo de reestructuración financiera, que será usado en caso de insolvencia bancaria. V. Las operaciones financieras de la Administración Pública, en sus diferentes niveles de gobierno, serán realizadas por una entidad bancaria pública. La ley preverá su creación.
Los art 330 – 333 indican sobre el funcionamiento de las entidades financieras y su regualcion. También sobre las actividades financieras.
POLITICAS SECTORIALES
Art 334 En el marco de las políticas sectoriales, el Estado protegerá y fomentará: 1. Las organizaciones económicas campesinas, y las asociaciones u organizaciones de pequeños productores urbanos, artesanos, como alternativas solidarias y recíprocas. La política económica facilitará el acceso a la capacitación
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