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REGLAMENTACIÓN Y ESTADOS DE EXCEPCIÓN


Enviado por   •  12 de Abril de 2016  •  Apuntes  •  385 Palabras (2 Páginas)  •  81 Visitas

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REGLAMENTACIÓN Y ESTADOS DE EXCEPCIÓN

TATIANA CÁRDENAS PALACIO

PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

UNIVERSIDAD DE MEDELLIN

El presente trabajo es un análisis de los estados de excepción  “por la cual se regulan los estados de excepción en Colombia” El congreso de Colombia decreta según los artículos 212, 213, 214 y 215 de la constitución política de Colombia y la ley estatuaria 137 de 1994 (junio 2):

Los estados de excepción sólo se regirán por las disposiciones constitucionales, los tratados o convenios internacionales sobre derechos humanos incorporados al ordenamiento jurídico nacional, y las leyes estatutarias correspondientes.

  1. Estado de guerra exterior.
  2. Estado de conmoción interior.
  3. Estado de emergencia económica.

Estas facultades sólo podrán ser utilizadas cuando circunstancias extraordinarias hagan imposible el mantenimiento de la normalidad mediante los poderes ordinarios del Estado. Los decretos legislativos dictados por el gobierno suspenderán las leyes antagónicas con dicho estado.

  1. ESTADO DE LA GUERRA EXTERIOR:

El gobierno tendrá las facultades estrictamente para repudiar la agresión, resguardar la autoridad, atender las exigencias de la guerra y así todo vuelva a su normalidad.


Las condiciones rigurosamente indispensables para obtener cuatro objetivos:

  1. Repeler la agresión
  2. Defender la autoridad
  3. Atender los requerimientos de guerra
  4. Procurar el restablecimiento de la normalidad.

              La Vigencia es temporal, mientras dura la situación.

  1. ESTADO DE LA CONMOCION INTERIOR:

El gobierno tiene las facultades estrictamente requeridas para confabular las causas de la alteración y evitar la extensión de sus efectos.
Según el art. 213 de la carta. En caso de grave perturbación del orden público que atente de manera inminente contra:

  1. La estabilidad institucional.
  2. La seguridad del Estado.
  3. La convivencia ciudadana.

Y que no pueda ser conjurada mediante el uso de las atribuciones ordinarias de las autoridades de policía. El Presidente se reviste transitoriamente de poderes extraordinarios, para superar la situación de crisis.

  1. ESTADO DE EMERGENCIA ECONOMICA.

Este último estado de excepción en el que piensa aplicar el gobierno para hacerle frente a la crisis económica y social derivada del colapso de las llamadas 'pirámides'. El Estado de Emergencia está contemplado en el artículo 215 de la Constitución Política, que faculta al Gobierno para declararla cuando sobrevengan hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública. Cuando se presentan alguna o todas esas circunstancias

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