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RESUMEN CRITICO DEL ARTICULO PERIODISTICO DE LA GAZETA DEL PERIODICO "LA RAZON" TITULADO "PLURALISMO JURIDICO INTERCULTURALIDA Y RECIPROCIDAD"


Enviado por   •  12 de Febrero de 2014  •  834 Palabras (4 Páginas)  •  449 Visitas

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RESUMEN CRITICO DEL ARTICULO PERIODISTICO

DE LA GAZETA DEL PERIODICO “LA RAZON”

TITULADO “PLURALISMO JURIDICO INTERCULTURALIDA Y RECIPROCIDAD”

La emisión del Decreto Supremo 1802 de fecha 20 de noviembre de 2013, llamado “ESFUERZO POR BOLIVIA”, que dicta el doble aguinaldo para trabajadores del sector público y privado del país, indicando que es función del Estado promover políticas de distribución equitativa de la riqueza y de los recursos económicos del país, ha desatado una ola de ironías, críticas y algarabía en las redes sociales.

El pago del doble aguinaldo determinado por el Gobierno a través del Decreto 1802 es obligatorio, por lo que tanto el sector privado como público está conminado a cumplir. De no hacerlo habrá sanciones.

Esta normativa contendrá disposiciones como las sanciones a las empresas que incumplan con el pago del doble aguinaldo en los plazos establecidos.

Es una noticia muy grata para los trabajadores, sin embargo no todas las empresas privadas se encuentran en la posibilidad de hacer efectivo el pago.

Dicho decreto en una de sus partes claramente manifiesta:

“Que la implementación del Nuevo Modelo Económico esta orientado a mejorar la calidad de vida y vivir bien de la población boliviana, en la cual aporta también de manera significativa los trabajadores del sector público y privado”.

Que es necesario reconocer a los trabajadores del Estado Plurinacional, su rol contributivo y participativo en las políticas públicas que determina el Gobierno y mejorar las condiciones de los mismos a fin de conseguir de estos mayor eficiencia en el desarrollo de sus funciones”.

Este es un premio se dice al aporte de los trabajadores activos, por el esfuerzo y rendimiento que tuvieron a lo largo de esta gestión 2013; siendo esta la explicación tacita y concreta de porque los trabajadores pasivos no son acreedores a dicho premio o ventaja salarial, hay que aclarar que están excluidos los que no participan de la producción activa como los jubilados.

“Los jubilados no recibirán el segundo aguinaldo, debido a que el beneficio es un “premio” para los trabajadores activos que aportan a la generación de ingresos del país, explicó el domingo el ministro Arce”.

Tomándose en cuenta que no obstante ellos también fueron trabajadores que aportaron en su momento al país, pero por la explicación dada, no como en este año, que se supone fue el mejor, de acuerdo a las estadísticas gubernamentales, que por cierto también es TRANSITORIA, y de manera EXCEPCIONAL, razón por la cual se autoriza a las entidades e instituciones del sector público y privado , incluidas las empresas, entidades territoriales y universidades públicas y privadas así como al sector privado para este pago se deberá realizar modificaciones presupuestarias correspondientes.

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