Regimen Voluntario
Enviado por licmadrigal • 28 de Julio de 2014 • 1.292 Palabras (6 Páginas) • 684 Visitas
RÉGIMEN VOLUNTARIO
Régimen Voluntario conocido también como: "Continuación en el Régimen Voluntario", "Modalidad 40", "Seguro Voluntario" y "Continuación Voluntaria". Fue diseñado para aquellas personas que fueron dadas de baja del instituto, pero han estado activos bajo el régimen del IMSS al menos 52 semanas en los últimos cinco años y no han pasado más de cinco años desde que dejaron de cotizar. Se conserva la Afore, las semanas de cotización. La Afore no caduca y sus beneficios se conservan con el tiempo.
La Modalidad 40 es aquella mediante al cual se realizan aportaciones voluntarias para aumentar la pensión por cesantía del IMSS, como se logra dicho aumento, cuando comienzan las aportaciones voluntarias incrementan dos variables:
El salario Base de Cotización: hasta 25 veces el salario mínimo actual de $64.76 pesos diarios, es decir, $48,570 pesos.
Las Semanas Cotizadas: al seguir cotizando voluntariamente las semanas también sufren el incremento y esto aumenta tu pensión aunque tu promedio se mantenga.
El Salario Base de Cotización hace el salario promedio para obtener una pensión por cesantía, hay que tomar en cuenta que para el cálculo de pensión por cesantía se toma en consideración el salario Base de Cotización Promedio de los últimos 5 años (250 semanas), por lo tanto, si una persona quiere incrementar su pensión y pensionarse a los 60 años, deberá de iniciar sus aportaciones en la Modalidad 40 a los 55 años y así llegará a los 60 años con el óptimo promedio salarial para tramitar su pensión.
La idea del Régimen Voluntario o Modalidad 40 es poder aumentar el monto del promedio salarial lo más posible ya el salario promedio es un factor determinante en el Cálculo de la Pensión. Lo mejor es llevar el salario promedio al máximo, pero si no es posible por el monto de las cuotas que hay pagar habrá que aumentarlo con lo que tu presupuesto alcance, además de que al seguir cotizando voluntariamente las semanas también sufren el incremento y esto aumenta tu pensión aunque tu promedio se mantenga.
El seguro para la atención médica es el Seguro para la Familia.
Se contrata con un pago anual por cada beneficiario.
En algunos tratamientos no se te atenderá hasta después de pasar algunos meses o hasta un año, a menos que hubieras cotizado un año antes de la baja y solicitas este seguro antes de un año también después de la baja.
Para el caso de seguir acumulando semanas cotizadas te debes inscribir en la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (modalidad 40).
Esta modalidad te da derecho al seguro de invalidez, vida, cesantía, retiro y vejez.
Y seguirás sumando semanas cotizadas.
Para contratarlo debe ser antes de que pasen cinco años desde tu baja.
La aportación dependerá del salario con que te des de alta, que puede ser desde el último salario base de cotización que tenías, hasta 25 salarios mínimos.
Del salario mensual con que te des de alta, calcula entre un 10 y 11 % lo que tendrías que pagar cada mes.
Puedes contratarlo desde el día en que te inscribas en adelante o pagando retroactivo desde el día de tu baja.
El Régimen Voluntario comprende el Seguro de Salud para la Familia (SSF), de acuerdo al artículo 242 de la Ley del Seguro Social se pagarán anualmente las cuotas de pago referentes al grupo familiar por cada sujeto y familiar adicional que se contrate, de acuerdo a la edad:
De cero a 19 años, la cuota en moneda nacional es de mil 265 con diez centavos.
De 20 a 39, son mil 478 con 60 centavos.
De 40 a 59 años son dos mil 210 con 10 centavos.
Y personas mayores de 60 años son tres mil 325 con 70 centavos.
La forma de pago es por anualidad anticipada y se contrata en el Departamento de Afiliación en la Subdelegación Administrativa.
Existen ciertas condicionantes para la contratación de este tipo de seguro, las cuales están dispuestas en el Reglamento
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