Reglas de comercio exterior
Enviado por Calabazita20 • 22 de Julio de 2015 • Ensayo • 1.235 Palabras (5 Páginas) • 368 Visitas
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Díaz Salas Génesis
Alumna
Lic. Jesús Hernández Chávez
Docente
Sistema Aduanero Mexicano I
Materia
Ensayo Normatividad y Reglas en el Comercio Exterior
Trabajo
Aduanas y Logística
Carrera
06ALVA
INTRODUCCION
De entre los diversos factores que han influido en la normas de origen referente al comercio exterior, destacan el hecho de haber sido consideradas como meros instrumentos técnicos y, además, el que las normas hayan sido entendidas como un problema más económico que jurídico..
Los adelantos de la ciencia y las telecomunicaciones han permitido un mundo más interconectado e interdependiente. En dicho escenario, las nuevas formas de producción basadas en cadenas regionales y globales de producción y suministro como las estrategias productivas justo a tiempo, que interconectan en el proceso a empresas suministradores de materias primas, con productores de tecnología, con factorías ensambladoras en distintos puntos del orbe, etcétera han fomentado un intercambio de mercancías más acelerado que, además, involucra a una pluralidad de actores ubicados en distintos puntos del orbe.
Además del avance tecnológico y la inmediatez de las comunicaciones, el desarrollo de regímenes jurídico comerciales de corte internacional ha sido una condición necesaria para el surgimiento del fenómeno de la globalización económica. De esta manera, para otorgar seguridad jurídica y a la vez facilitar el comercio internacional, los Estados se han dotado de toda una infraestructura jurídica comercial bajo la cual se establecen reglas, procedimientos, mecanismos de decisión y de solución de controversias como GATT y OMC, acuerdos comerciales regionales como el TLCAN o la propia Unión Europa. En el ámbito de las normas de origen, el paradigma de cooperación internacional para reglamentar el fenómeno jurídico es el Acuerdo sobre normas de origen de la OMC. Las normas de origen son manifestaciones jurídicas de la interdependencia económica y, como tales, son reflejo de la realidad de los intercambios internacionales, tanto de las nuevas formas de producción, como de los intereses y necesidades de los actores de los agentes económicos en general, organizaciones internacionales de integración económica y de los gobiernos ante los escenarios comerciales. Sin embargo, es importante advertir que en las normas de origen aplicables a productos de sensibilidad comercial suelen predominar los intereses políticos sobre la objetividad técnica. Esto hace que, en ocasiones, los regímenes del origen estén llenos de excepciones para productos específicos.
Por normas de origen se entienden todas aquellas disposiciones jurídicas de efecto general que vinculan a una mercancía con un determinado país o zona de integración. Aplicando de manera analógica el concepto de nacionalidad a los intercambios comerciales internacionales estaríamos hablando de la nacionalidad económica de un producto. Las normas de origen generan efectos de estructuración de los cauces comerciales de las mercancías y de las inversiones. El impacto de las normas de origen repercute tanto en el escenario del comercio multilateral como en los acuerdos comerciales regionales zonas de libre comercio y uniones aduaneras, pero es precisamente en estos últimos donde el efecto es más palpable.
Una característica esencial de las zonas de libre comercio es que cada país conserva sus aranceles, por lo que se requiere de normas de origen para ejecutarlos. La diferencia entre los aranceles de las partes propicia el efecto de desviación del comercio, en virtud del cual las mercancías provenientes del exterior se internarían en la zona comercial a través de aquel país que tenga menor arancel. Al establecer requisitos de transformación dentro del territorio comercial, las normas de origen funcionan como mecanismos preventivos y correctivos del efecto de desviación.
Por su parte, la unión aduanera tiene como presupuesto necesario la creación de un arancel aduanero exterior común para todos los miembros. Por esta característica se genera una protección arancelaria homogénea al menos en las uniones aduaneras consideradas como perfecta que minimiza el problema del origen, ya que resulta indistinto el punto por el cual se interne la mercancía al territorio comercial. Las normas de origen pueden generar la distorsión comercial. Ésta se presenta cuando la norma genera incentivos para que los productores locales, con el objetivo de que sus mercancías sean candidatas al trato preferencial, renuncien a materiales e insumos más eficientes provenientes de terceros países. Cabe señalar que en la medida en que sea mayor el diferencial entre el arancel NMF y el preferencial, más fuerza podrá tener el incentivo. Permiten el acceso a las preferencias a mercancías de los socios y, por otro, lo cierran a terceros, evitando así los beneficiarios sin contrapartida. Sin embargo, el otorgamiento de la preferencia servirá de poco si el coste de cumplimiento de la norma de origen es muy alto. Por ello, las normas de origen demasiado rigurosas pueden llegar a ser disuasorias en lugar de favorecer el comercio entre los beneficiarios. En este sentido, la forma jurídica que adopte el régimen de origen que sea más rígido o más flexible al permitir materiales no originario repercute de manera directa en el grado y la profundidad de la integración comercial. El régimen jurídico del origen es la llave maestra con la que los países establecen los requisitos y grados de transformación a los cuales habrá de someterse un producto a fin de vincularlo con un país. Estas normas, en general, resultan relevantes para la ejecución de todos los instrumentos de política comercial de ámbito multilateral y, en particular, para la puesta en marcha de los acuerdos comerciales regionales. De esta forma, las normas de origen son, junto con la clasificación y valoración en aduana, requisitos previos para la aplicación de los principales instrumentos de política comercial, a saber: los aranceles de NMF y preferenciales; las restricciones al comercio salvaguardias, cuotas, restricciones; las medidas de defensa comercial antidumping, cuotas compensatorias, medidas anti elusión; la gestión de las estadísticas comerciales; así como las disposiciones de protección al consumidor marca del país de origen, de la salud humana y animal medidas sanitarias y fitosanitarias y los compromisos en materia de compras públicas, entre otras. Debido a que el origen de las mercancías es una cuestión horizontal respecto de los principales instrumentos de política comercial, el origen genera una repercusión sistémica que afecta al funcionamiento eficaz y coherente del sistema comercial al que pertenecen.
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