Representación Voluntaria
Enviado por edith1609 • 30 de Abril de 2013 • 360 Palabras (2 Páginas) • 393 Visitas
Representación Voluntaria
La representación voluntaria o propia tiene su origen en la voluntad de las partes, el interesado es quien decide voluntariamente ser representado o sustituido por otra persona. A diferencia de la representación legal o impropia, mediante la cual la sustitución de un sujeto por otro tiene su origen en la ley, siendo por tanto en virtud de esta representación necesaria.
Representación directa: Cuando el representante obre a nombre del representado o principal del acto o negocio relativo, en cuanto al contratar, ejecutar un acto, al ejercitar un derecho o al contraer una obligación. Este representante actuará como si el representado estuviera actuando personalmente.
La representación voluntaria nace de una acto unilateral, que tanto puede consistir en la atribución expresa de facultades que el principal otorga al representante por medio del poder o procura el apoderamiento, como la ratificación o reconocimiento de actos realizados precisamente por un gestor oficioso; pero también puede derivar de una relación contractual, la cual se plantee con motivo del nombramiento o designación por el representado (directamente o por un órgano de este), y la aceptación por el representante de un cargo que deriva la facultad de obrar a nombre del principal, como es el caso del administrador único de una sociedad anónima
. Con referencia a otra relaciones bilaterales en las que la representación es voluntaria, como es el caso del mandato, el comisionista, del factor de una empresa comercial y del gerente general en el caso de sociedades anónimas.
CÓDIGO CIVIL FEDERAL
Representación
Artículo 1800.- El que es hábil para contratar, puede hacerlo por sí o por medio de otro legalmente autorizado.
Artículo 1801.- Ninguno puede contratar a nombre de otro sin estar autorizado por él o por la ley.
Artículo 1802.- Los contratos celebrados a nombre de otro por quien no sea su legítimo representante, serán nulos, a no ser que la persona a cuyo nombre fueron celebrados, los ratifique antes de que se retracten por la otra parte. La ratificación debe ser hecha con las mismas formalidades que para el contrato exige la ley.
Si no se obtiene la ratificación, el otro contratante tendrá derecho de exigir daños y perjuicios a quien indebidamente contrató.
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