Requisitos Para El Ascenso En El Escalafon
Enviado por totiyois • 22 de Noviembre de 2013 • 992 Palabras (4 Páginas) • 583 Visitas
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE EL NUEVO ESTATUTO DOCENTE
DECRETO 1278 DE 2002
¿Quiénes quedan con el nuevo Escalafón Docente?
De acuerdo a la Ley 715 de 2001, en el nuevo Escalafón Docente quedan inscritas las personas que a partir del 1 de enero de 2002 se presenten a concurso docente y pasen el período de prueba.
¿Si yo ya tengo Escalafón bajo el Decreto 2277 de 1979 se me respeta ese Escalafón y sigo ascendiendo normalmente?
No. Los docentes que se presenten a concurso docente a partir del 1 de enero de 2002, aunque vengan de carrera docente, quedan inscritos en el nuevo Escalafón. Los únicos docentes que pueden continuar con su Escalafón actual son los directivos docentes, de acuerdo al Decreto 1278 de 2002, que en su artículo 22, les permite a los docentes o directivos docentes que estén en carrera y pasen el concurso, continuar con el régimen anterior.
La norma dice así: “Los Directivos Docentes, una vez superado el concurso respectivo y la evaluación del período de prueba, serán inscritos en el Escalafón Docente en el grado que les corresponda de acuerdo con el título que acrediten, o conservarán el grado que tenían, en caso de que provengan de la docencia estatal y estén ya inscritos en el Escalafón Docente.”
¿Cómo es el nuevo Escalafón Docente?
A diferencia del Escalafón anterior que tenía 14 grados, el nuevo estatuto sólo tiene tres grados: I, II y III. El docente se sitúa en el grado de acuerdo al título así:
Grado uno: normalistas superiores y tecnólogos en educación.
Grado dos: licenciados y profesionales.
Grado tres: docentes con maestría o doctorado.
Cada grado tiene cuatro niveles: A, B, C y D, que corresponde a un nivel salarial diferente.
¿Me sirve para ascender el título de especialización?
No. El nuevo estatuto no contempla beneficios para el ascenso por títulos de especialización. Aunque sí hay un reconocimiento salarial que no es ascenso.
¿Cuáles son los requisitos para ascender?
Cuadro de requisitos de ascenso y reubicación de nivel:
Grado I
Título de Normalista
Superior y tecnólogos en educación.
Nivel A: 3 años, evaluación de competencias
Nivel B: 3 años, evaluación de competencias
Nivel C: 3 años, evaluación de competencias
Nivel D: 3 años, evaluación de competencias
Grado II
Título de licenciado o profesional + 3 años + evaluación.
Nivel A: 3 años, evaluación de competencias
Nivel B: 3 años, evaluación de competencias
Nivel C: 3 años, evaluación de competencias
Nivel D: 3 años, evaluación de competencias
Grado III
Título de maestría o doctorado + 3 años + evaluación.
Nivel A: 3 años, evaluación de competencias
Nivel B: 3 años, evaluación de competencias
Nivel C: 3 años, evaluación de competencias
Nivel D: 3 años, evaluación de competencias
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
SUPERACIÓN DE LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO
Los requisitos para ser reubicado de nivel son los siguientes:
- Tres años de servicio (art. 20 Dcto. 1278/02).
- Presentar evaluación de competencias y sacar un puntaje superior al 80%. (arts. 35-36 Dcto. 1278/02).
Los requisitos para ser reubicado de grado son los siguientes:
- Grado dos:
• Tres años de servicio (art. 20 Dcto. 1278/02).
• Presentar título de licenciado o profesional
...