Riesgos De Trabajo
Enviado por gamalezer • 25 de Mayo de 2015 • 603 Palabras (3 Páginas) • 133 Visitas
CONSULTA.
• Riesgo de trabajo:
Protege al trabajador contra los accidentes y enfermedades a los que está expuesto en ejercicio o con motivo del trabajo, brindándole tanto la atención médica necesaria, como protección mediante el pago de una pensión mientras esté inhabilitado para el trabajo, o a sus beneficiarios en caso de fallecimiento del asegurado.
• Seguros de enfermedad y maternidad:
o PRESTACIÓN POR ENFERMEDAD: Se concede cuando el asegurado se encuentra en un estado que le impide desempeñar sus funciones profesionales debido a la alteración de su salud física o mental. La Caja concederá las siguientes prestaciones:
o PRESTACIÓN POR MATERNIDAD: Las aseguradas tendrán derecho en el curso del embarazo, el parto y el puerperio, a la asistencia prenatal y obstétrica que requiera su estado, independientemente de las prestaciones asistenciales a que puedan tener derecho en caso de enfermedad.
o SUBSIDIO: Es la prestación en dinero que recibe en forma periódica y temporal el asegurado con derecho, por concepto de enfermedad común, accidente común, de trabajo, maternidad o enfermedad profesional. Cubre los días de incapacidad para el trabajo, de conformidad con la certificación médica extendida por un facultativo al servicio del Seguro Social. Los subsidios concedidos por la Caja de Seguro Social se otorgan, a través de tres programas: a. Enfermedad y Maternidad formado por los subsidios de Incapacidad Temporal, Maternidad y Lentes. B. Invalidez, Vejez y Muerte que concede los subsidios de Funeral y Escolaridad. C. Riesgos Profesionales, que otorga los subsidios de Incapacidad Temporal y Funeral.
SUBSIDIO DE MATERNIDAD: Es aquel que consiste en el reposo por maternidad que se pagará durante las 6 semanas anteriores y las 8 siguientes al parto.
SUBSIDIO DE FUNERAL: Es aquella ayuda a los gastos que origine la muerte del asegurado sea activo o pensionado. La Caja reconocerá un Subsidio de Funeral que asciende a la suma de B/. 300.00.
SUBSIDIO DE ESCOLARIDAD: Se le reconoce a los huérfanos de los asegurados que reúnen los siguientes requisitos: a. Que no sean beneficiarios de la pensión por orfandad, ni su madre de la viudedad. B. Que tengan más de 14 y menos de 25 años de edad. C. Que se encuentren cursando estudios con aprovechamiento. D. Que no tengan condición de asegurado.
SUBSIDIO DE INCAPACIDAD POR ENFERMEDAD COMÚN: Es cuando la enfermedad común produce incapacidad para el trabajo. Se tendrá derecho a un subsidio diario por enfermedad siempre que se cumpla con el siguiente requisito: Tener acreditado por lo menos 6 meses de cotizaciones en los últimos nueve (9) meses anteriores al mes de incapacidad.
• Invalidez y vida :
Protege contra los riesgos de invalidez y muerte del asegurado o del pensionado por invalidez cuando éstos no se presentan por causa de un riesgo de trabajo
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