SUJETO DE DERECHO CONCEPTO Y CLASES
Enviado por 19sj • 8 de Diciembre de 2012 • 544 Palabras (3 Páginas) • 2.689 Visitas
Sujetos de Derecho
CONCEPTO
Es todo ente capaz de ser titular de deberes y Derechos. Debe entenderse este concepto en relación a la capacidad jurídica que es la medida de la aptitud que tiene el sujeto para ser titular de obligaciones y derechos. Igualmente, debe comprenderse que el sujeto es un titular con respecto a los objetos de Derecho (Las cosas los bienes).
CLASE
Una clasificación adecuada a la cátedra plantea que hay cuatro tipos importantes:
• Con relación al Derecho Internacional: Los Estados:
El Estado es por antonomasia un ente responsable moral y material ante los demás Estados que conforman la comunidad internacional.
La noción del Estado está tipificada por dos clases de elementos: Los elementos esenciales que son el territorio, la población y el Gobierno; y aquellos elementos que como la Historia, el Idioma, entre otros. Lo condicionan y lo diferencian de los otros. Los estudiosos del Derecho Internacional Publico han dicho que la capacidad del Estado puede ser activa y pasiva. Sera activa cuando obliga a los demás entes y pasiva cuando contrae obligaciones.
Debe advertirse que en la doctrina hay opiniones que consideran que, además del Estado, otros entes internacionales son sujeto de Derecho, como es el caso de los Organismo Mundiales, el Papado o Iglesia, las Internacionales Políticas, entre otros. Pero la opinión de la cátedra coincide con la doctrina clásica al afirmar que solo el Estado es el sujeto de Derecho en razón de que solo a el puede considerársele la medida de la aptitud para ser titular de Deberes y Derechos Internacionales.
En materia Internacional no es dable confundir al sujeto de Derecho con el ente. Sujeto, como lo hemos dicho, implica capacidad jurídica. Ente de Derecho, en cambio, son por ejemplo las organizaciones que sean creados con finalidad concreta, como la Organización de las Naciones Unidas, La Organización de los Estados Americanos, entre otras. Tienen una existencia real, reconocida y verdadera, pero carecen de capacidad.
• Con relación al Derecho Nacional: Las personas jurídicas:
Como hemos dicho, persona es todo ente capaz de ser titular de Deberes y Derechos. En este sentido, las personas jurídicas son individuales y colectivas. Las individuales o naturales, como lo expresa el Código Civil de la Republica Bolivariana de Venezuela en su Art 16”Todos los individuos de la especie humana son persona”. Mientras que las colectivas, son entidades que persiguen ciertos fines y a las cuales el Derecho Objetivo, previo el cumplimiento de ciertos requisitos, les otorga capacidad jurídica.
• Con relación al Sujetos Singulares o Individuales:
Es el hombre, el ser físico. Es toda persona real susceptible de figurar como termino subjetivo de una relación jurídica. la persona jurídica individual esta revestida de personalidad jurídica
...