ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Saneamiento Por Eviccion


Enviado por   •  5 de Octubre de 2011  •  351 Palabras (2 Páginas)  •  1.537 Visitas

Página 1 de 2

SANEAMIENTO POR EVICCION

CONCEPTO DE SANEAMIENTO

Es la necesidad de reparar los daños y perjuicios causados al adquiriente de una cosa a titulo oneroso, por causa de evicción o de vicios ocultos.

SANEAMIENTO POR CAUSA DE EVICCION

El artículo 2119 del Código Civil establece: habrá evicción cuando el que adquirió alguna cosa fuere privado del todo o parte de ella por sentencia que cause ejecutoria, en razón del algún derecho anterior a la adquisición.

ELEMENTOS DE LA EVICCION

El art. 2119 señala tres que son los siguientes:

• Privación total o parcial que sufre el adquiriente de una cosa

• Por sentencia que cause ejecutoria

• Fundada en un derecho anterior a la adquisición

SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS

El que trasmite una cosa tiene el deber de conceder una posesión útil de ella, pues todos los bienes conceden a sus poseedores ciertas ventajas o provechos, y el adquiriente de una cosa espera que esta sirva para el fin de su destino.

Si el bien transferido tiene defectos o imperfecciones indetectables de inmediato y que disminuyen o eliminan su utilidad, se dice que tiene vicios ocultos

REQUISITOS DE LOS VICIOS OCULTOS

Son necesarios tres requisitos:

• Transmisión de una cosa ya viciada: los defectos o vicios de la cosa debe preexistir en el momento de la transmisión. Se presupone que ya afectaban a la cosa antes de efectuado el acto jurídico y el enajenante debió hacer trasmitido una cosa ya viciada.

• Que esos vicios eliminen o disminuyan la utilidad de la cosa: los vicios de la cosa deben ser graves, al punto que disminuyan o supriman la utilidad de las cosas.

• Que tales vicios no sean ostensibles: los vicios no han de ser aparentes y ostensibles, de manera que no fueren conocidos por el adquiriente ni pudieren serlo.

RESCISION

La rescisión es la resolución de un contrato bilateral plenamente valido (u otro acto que engendre prestaciones reciprocas) a causa del incumplimiento culpable de una de las partes.

Es una facultad concebida en todo contrato sinalagmático al acreedor de una obligación incumplida; al obtener la resolución del contrato se libera de sus propias obligaciones. La rescisión extingue un contrato bilateral valido que no ha sido cumplido por una de las partes

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com