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Secundaria de Filosofía


Enviado por   •  30 de Octubre de 2014  •  Tesis  •  9.201 Palabras (37 Páginas)  •  153 Visitas

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Profesora de Mediación en el Curso de Especialista en Mediación Familiar de la Universidad de Burgos. Profesora de Secundaria de Filosofía. Mediadora. Autora y coordinadora del programa de Mediación Escolar para Institutos de Secundaria "Escuela de Ciudadanía" de Valladolid.

Resumen: Se sitúa el presente trabajo dentro del campo de estudio de la Mediación. Con él se pretende profundizar en los fundamentos teóricos de una disciplina yainstitucionalizada ydotada de sentido y autonomía propios. La metodología adoptada para tal fin parte de la correspondencia que se revela en losModelos teóricos de mediación entre el concepto de "orden social"y el concepto de "orden como resolución del conflicto". Avala la elección de dicha metodología la creencia en el hecho de queesta correspondenciaescrucial a la hora de comprender la magnitud de las implicaciones de la prácticamediadora. De aquí que su análisisse constituya como la cuestión central en este discurso.Finalmente completa lo expuestola reflexión sobre la utilidad e interés que esta nueva forma autocompositiva de resolución de conflictos pueda tener para nuestras sociedades.

Palabras clave: Mediación, conflicto, orden, modelo teórico, implicaciones.

Abstract: This is an in-depth study within the area of Mediation researching the theoretical basis of an already institutionalized and autonomous practice. The methodology of this essay is based on the relationship between the concept of "social order" and that of "order as dispute resolution". This connection can also be analyzed in the Theoretical Methods of Mediation. The choice of this methodology is supported by the belief in the fact that this relationship is crucial to understanding the magnitude of the implications of Mediation. Our conclusion considers the benefits and downfalls of Mediation to settle conflicts in our societies.

Key words: Mediation, dispute, order, theoretical method, implications.

A Nuria Belloso Martín

La Mediación como práctica profesional está consolidada en un gran número de países. La formación de los mediadores se encuentra ya regulada y se caracteriza por ser cada vez más completa y especializada. La bibliografía ofrecida en este campo crece cuantitativa y cualitativamente día a día.

Sin embargo, dentro de la producción intelectual se echan de menos estudios específicos sobre teoría de la Mediación, máxime cuando esta disciplina se ha constituido sobre las bases de disciplinas como la Filosofía del Derecho, la Etica, la Filosofía, la Psicología, la Antropología y la Sociología. Resulta evidente pues, que tras esta práctica en la que "todo es práctica" laten fundamentos teóricos de gran calado que determinan la Mediación como disciplina y que determinan también la metodología de los propios mediadores.Es por ello que el presente trabajo analiza cómo gestiona los conflictos esta práctica en función de sus bases teóricas.

El concepto de "mediación" ha sido definido por diversos autores y por tanto es difícil acotarlo en una definición que incluya todos los matices y perspectivas que ellos han aportado. Sin embargo sí es posible identificar ciertas características que suelen incluirse en la totalidad de los casos, a saber: que la mediación es un sistema de resolución de conflictos y que en él son los implicados quienes se dan sus propias soluciones ayudados por un mediador. Además se suele añadir que el mediador es un tercero imparcial, debidamente cualificado, que sienta las bases para que las partes enfrentadas encuentren soluciones verdaderamente consensuadas y que lo hagan bajo la perspectiva del "todos ganan" y que su tarea consiste fundamentalmente en conseguir dos objetivos esenciales: por una parte, sustituir la idea de que el conflicto es algo destructivo por la idea de que puede ser un proceso constructivo e incluso positivo[1] y por otra, restablecer la comunicación ya que es la única vía de solución del problema y a la vez el elemento que más se deteriora en un conflicto.

Puesto que en la Mediación son las propias partes o participantes quienes eligen sus soluciones y formulan sus propios acuerdos se enmarca dentro de la llamada vía autocompositiva de resolución de conflictos.

Las diversas formas de resolución de conflictos se clasifican[2] en dos vías atendiendo a quien decida la solución al problema.

La víaautocompositiva se caracteriza porque son las propias partes (auxiliadas o no, por un tercero) quienes protagonizan el acuerdo. También se denomina no adversarial porque en ella las partes no compiten y se busca que todos los implicados ganen. Componen esta vía la Negociación, la Conciliación y la Mediación.

La víaheterocompositiva se caracteriza porque un tercero da la solución a las partes. También se denomina adversarial porque en ella las partes compiten y por tanto siempre hay un ganador y un perdedor. A ella pertenecen el Arbitraje y el Juicio.

Siguiendo a Nuria Belloso, tanto las formas heterocompositivas como las autocompositivas presentan unas ventajas y unos inconvenientes. Se trata de saber extraer el mejor aprovechamiento de cada una de ellas atendiendo a diversas variables, tales como el conflicto que se trate, el procedimiento de gestión del mismo y la autonomía y capacidad de las partes para gestionar su propio conflicto[3]. Dichas variables intervinientes en las diferentes formas de resolución de conflictos se exponen en la siguiente caracterización[4]:

En el Juicio, el poder del juez (que representa al Estado) es absoluto y su decisión es obligatoria y vinculante. Dicha decisión se determina una vez escuchadas a las partes. Es el sistema que se suele tener más presente y eclipsa al resto. El Juicio es un proceso no voluntario, público y en él no se elige al juez (quien además no siempre es un experto en el tema).

En el Arbitraje se da una negociación entre las partes, pero que queda resumida en el "laudo" que dicta el árbitro como solución del conflicto. Este laudo arbitral puede ser de obligado cumplimiento o servir de recomendación para las partes. El Arbitraje es un proceso voluntario, privado y donde no se elige al árbitro (quien necesariamente ha de tener conocimientos sobre el tema).

La Conciliación es, de los sistemas de resolución de conflictos de la vía autocompositiva, el que dota de mayor poder al tercero, ya que como suele estar vinculado al Derecho, el tercero interviene respaldado por la norma. La Conciliación puede ser de carácter extrajudicial si se lleva a cabo fuera de un juicio y el acuerdo al que se llega tiene un carácter transaccional y judicial cuando el acuerdo al que llegan las partes se ve legitimado por el juez y en ese caso el acuerdo adopta el carácter de sentencia.

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