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Sen trabe medida cautelar de embargo


Enviado por   •  25 de Julio de 2017  •  Ensayo  •  387 Palabras (2 Páginas)  •  146 Visitas

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Exp: 302-2010

Escrito:

Sumilla: Se haga efectivo apercibimiento y en ejecución judicial del fallo se trabe Media Cautelar de embargo en forma de Retención.

                                         

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE TRABAJO TRANSITORIO DE TALARA

 

ANCAJIMA MARTINEZ CESAR, en los seguidos contra  GRAÑA Y MONTERO PETROLERA S.A.  Sobre INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS POR INCUMPLIMIENTO DE NORMAS LABORALES, a Ud. respetuosamente, digo

I.- Petitorio:

Que en ejecución del Apercibimiento decretado y no habiendo el demandado cumplido con pagar la suma puesta a cobro  solicito en ejecución judicial del Fallo, solicito se trabe medida cautelar de EMBARGO EN FORMA DE RETENCIÓN  sobre las cuentas corrientes que posea el demandado GRAÑA Y MONTERO PETROLERA S.A.  – hasta  por el monto de S/ 380 000,00 Trescientos ochenta  mil con 00/100 Nuevos Soles 

III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Se ampara la pretensión en lo establecido por los Arts. 608 (oportunidades y finalidad del proceso cautelar), 612 (características de la medida cautelar), 642 (embargo), art 715 del CPC.

V.- MONTO DE PETITORIO:

El embargo solicitado es hasta por la suma de S/. /.380 000, 00  (Trescientos ochenta  mil con 00/100 Nuevos Soles), suma que corresponde a INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS y  los intereses legales actualizados, más lo que usted considere necesario para responder por las costas y costos del proceso; para tal efecto deberá oficiarse y/o notificar a las oficinas principales de todas las entidades financieras de Talara, a fin de que se proceda con la retención solicitada.

  • BANCO INTERBANK: CENTRO CIVICO.
  • BANCO SCOTIABANK PERU: CENTRO CIVICO.
  • BANCO DE CREDITO: CENTRO CIVICO.
  • BANCO BBVA CONTINENTAL: CENTRO CIVICO.

VI.- MEDIOS PROBATORIOS: Encontrándose en ejecución constan en el propio expediente.

PRIMERO OTROSI DIGO: Que, SOLICITO a su despacho, SE SIRVA OFICIAR A TODAS LA ENTIDADES FINANCIERAS señaladas, y así mismo autorice al secretario de la causa y habilite día y hora para q levante el acta correspondiente, a efectos de que procedan con la retención solicitada.

POR TANTO:

Al Juzgado, solicito se sirva admitir la presente solicitud de Medida Cautelar de Embargo en Forma de Retención, de acuerdo a ley.

Talara, de Abril del 20017

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