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MEDIDAS CAUTELARES DE EMBARGO


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2012  •  9.127 Palabras (37 Páginas)  •  857 Visitas

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INDICE

CARATULA 1

DEDICATORIA 2

INDICE 3

PRESENTACIÓN 5

CAPITULO 1: MEDIDAS CAUTELARES: ASPECTOS GENERALES 6

1.1. CONCEPTO 6

1.2. FINALIDAD DE LA MEDIDA CAUTELAR 7

1.3. UBICACIÓN EN EL CÓDIGO CIVIL PERUANO 7

1.4. ALGUNAS DISPOSICIONES GENERALES 7

1.4.1. Requisitos de la solicitud 8

a) Fundamentos de la petición cautelar 8

b) La forma. 8

c) Bienes sobre los que recae la medida y su monto. 8

d) Ofrecer contra cautela 8

e) Designar órgano de auxilio judicial si fuera el caso. 8

1.4.2. Casos especiales de improcedencia 9

1.4.3. Deterioro o pérdida del bien afecto a medida cautelar 9

1.4.4. Derechos del órgano del auxilio judicial 10

1.4.5. El veedor especial 11

CAPITULO 2:GENERALIDADES EN MEDIDAS CAUTELARES PARA FUTURA EJECUCUÓN FORZADA

2.1. EMBARGO 12

2.2. EL SECUESTRO 13

2.2.1. Secuestro Judicial 13

2.2.2. Secuestro conservativo 15

2.2.3. La identificación de los bienes embargados o secuestrados 16

2.2.3.1. El responsable y su responsabilidad 17

2.2.3.2. La forma. 17

2.2.3.3. Finalidad 18

CAPITULO 3: MEDIDAS CAUTELARES PARA FUTURA EJECUCIÓN FORZADA 18

3.1. EMBARGO EN FORMA DE DEPÓSITO O SECUESTRO. 18

3.1.1. En forma de depósito 19

3.1.2. En forma de secuestro 19

3.1.2.1. El custodio 20

3.1.3. Auxilio judicial determinado por Ley. 21

3.2. EMBARGO DE INMUEBLE SIN INSCRIPCIÓN REGISTRAL O A NOMBRE DE TERCER PERSONA 21

3.2.1. Que se trate de un inmueble no registrado 21

3.2.2. Posibilidad de afectar al bien mismo, con exclusión de sus frutos 22

3.2.3. Necesidad de nombrar depositario al miso obligado 22

3.2.4. Exoneración del pago de renta: 22

3.2.5. Obligación del propietario afectado a conservar la posesión inmediata del predio. 23

3.2.6. Inmatriculación del bien 23

3.3. CATEO EN EL EMBARGO EN DEPÓSITO O EN SECUESTRO 24

3.3.1. ¿Qué expresa la norma? 24

3.3.2. ¿Qué es el Cateo? 24

3.3.3. Cuestionamiento 25

3.4. RETRIBUCIÓN DEL CUSTODIO 25

3.5. OBLIGACIONES DEL DEPOSITARIO Y DEL CUSTODIO. 26

3.6. EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN 27

3.6.1. ¿Qué dice la norma? 27

3.6.2. Que sea compatible con el título de propiedad 28

3.6.3. Quién es el órgano de auxilio? 28

3.6.4. El inmueble se puede vender 28

3.6.5. Concurrencia de medidas cautelares. 29

3.6.6. Transferencia 29

3.6.7. En caso de matrimonio 30

3.6.8. En caso de acciones 30

CONCLUSIONES 31

BIBLIOGRAFIA 32

PRESENTACIÒN

De acuerdo a lo expresado por la doctrina y lo que regula la propia legislación peruana, las medidas cautelares, en general, califican como mecanismos procesales facultados por ley, los cuales pueden ser adoptados por un acreedor a efectos de poder ver asegurado el cumplimiento de un derecho de crédito u obligación impaga. Así, tales medidas tienden a asegurar el pago de una obligación cuya exigibilidad actual se encuentra en controversia, sea bien en la vía administrativa o judicial.

En este sentido, les presentamos el análisis realizado de los artículos referidos a medidas cautelares de embargo en forma de depósito y secuestro, en forma de inscripción registral y sin inscripción, esperando que haya cumplido las expectativas del docente y de quienes tengan acceso al presente documento.

CAPITULO 1

MEDIDAS CAUTELARES: ASPECTOS GENERALES

1.1. CONCEPTO

Son aquellas medidas que aparecen para cumplir o destinada a asegurar el cumplimiento de la decisión defi¬nitiva, como también a garantizar el eficaz desenvolvimiento de los procesos ya citados.

La actividad de la jurisdicción para dirimir un conflicto y brindar tutela efecti¬va, pasa por una etapa previa de conocer los hechos alegados y acreditados por las partes, para luego definir el derecho en discusión, esto es, declara la existen¬cia o no del derecho afectado; sin embargo, a pesar de haberse establecido la certeza del derecho reclamado, puede darse el caso que se mantenga la renuen¬cia a satisfacerlo, circunstancias que obligan a la parte beneficiada a recurrir a la ejecución forzada de este. En tanto sucede ello, la situación de hecho que justifi¬caba la tutela del derecho reclamado puede alterarse, a tal punto que puede llegar a desaparecer, tornando en ilusión la satisfacción del derecho declarado. Bajo ese contexto, aparece en el escenario el proceso cautelar, para cumplir una fun¬ción diferente al proceso de conocimiento y de ejecución, dirigida a garantizar el eficaz desenvolvimiento de los procesos ya citados.

“…la tutela cautelar no solo tiene como finalidad asegurar el resultado del proceso, sino que, tiende principalmente, mediante medidas adecuadas, a la conservación del orden y de la tranquilidad pública, impidiendo cualquier acto de violencia o que las partes quieran hacerse justicia por sí mismas durante la sustanciación del proceso, prescindiendo del órgano jurisdiccional”.

En el tiempo que transcurre mientras espera poder iniciar o mientras se desa¬rrolla un proceso, puede suceder que los medios que le son necesarios (pruebas y bienes) se encuentren expuestos al peligro de desaparecer o, en general, de ser sustraídos a la disponibilidad de la justicia; o, más genéricamente, puede suceder que el derecho cuyo reconocimiento se pide, resulte amenazado por un perjuicio inminente e irreparable

1.2. FINALIDAD DE LA MEDIDA CAUTELAR

La medida cautelar tiene por finalidad -en lo posible- dar al solicitante de la misma, la seguridad que lo ordenado en la sentencia va a ser cumplido o ejecutado. De esta manera se garantiza que no sólo va a obtener una simple declaración respecto de su derecho, sino que su pretensión

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