Separacion prosecucion.
Enviado por kikin26 • 16 de Enero de 2017 • Informe • 1.939 Palabras (8 Páginas) • 228 Visitas
JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
DILIGENCIAS DE APEO Y DESLINDE.
PROMUEVE:
ARTURO GERONIMO CRUZ.
CIUDADANO.
JUEZ DEL JUZGADO MUNICIPAL
DE TANCOCO, VERACRUZ.
P R E S E N T E.
ARTURO GERONIMO CRUZ, mexicano, mayor de edad, con domicilio particular para oír y recibir toda clase de notificaciones en la casa marcada con el número dieciséis de la calle de Porfirio Díaz, Zona Centro de esta Ciudad de Altotonga, Veracruz, y autorizando para que las oiga y reciba a mi nombre y representación al señor Licenciado en Derecho ISRAEL HERNÁNDEZ DIAZ, con Cédula Profesional número 2959964 expedida por la Secretaria de Educación Pública en términos del artículo 89 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado, ante Usted con el debido respeto comparezco y paso a exponer lo siguiente:
Que en términos del presente escrito y documentos que acompaño vengo a promover diligencias de apeo y deslinde relativas al terreno rustico ubicado en la Ex hacienda de Toteca de este Municipio de Tancoco, Veracruz, con una superficie de VEINTISEIS HECTAREAS, con las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE.- en quinientos noventa y seis metros veinticuatro centímetros, con propiedad del señor ARCARIO LOTINA SALVADOR.
AL SUR.- en quinientos treinta y cinco metros treinta y cuatro centímetros, VICTOR JARA.
AL ORIENTE.- en cuatrocientos cincuenta y cuatro metros sesenta y cinco centímetros, con poblado la mora.
AL PONIENTE.- en cuatrocientos sesenta metros con aplicación del Ejido Toteco.
ME FUNDO PARA HACERLO EN LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES DE HECHOS Y FUNDAMENTO DE DERECHO.
1).- Como lo acredito con el testimonio de la escritura pública de compra-venta, otorgada por el señor Antonio Ruiz Cárdenas, en donde el Señor Encarnación Jerónimo Cruz, compra para el suscrito quien en esa época era menor de edad, el terreno rústico ubicado en la ex hacienda de Toteco, municipio de Tancoco, Veracruz; con una superficie de VEINTISEIS HECTAREAS, con las medidas y colindancias siguientes:
AL NORTE.- en quinientos noventa y seis metros veinticuatro centímetros, con propiedad del señor ARCARIO LOTINA SALVADOR.
AL SUR.- en quinientos treinta y cinco metros treinta y cuatro centímetros, VICTOR JARA.
AL ORIENTE.- en cuatrocientos cincuenta y cuatro metros sesenta y cinco centímetros, con poblado la mora.
AL PONIENTE.- en cuatrocientos sesenta metros con aplicación del Ejido Toteco, escritura que fue otorgada ante la fe del Notario Público número uno de la Ciudad de Naranjos, Veracruz, Licenciado Raúl Guillermo Zarate Vergara, el día veinticuatro de marzo de mil novecientos ochenta y ocho, dicha escritura esta inscripta en Registro Publico de la Propiedad y del Comercio de la Ciudad de Naranjos, Veracruz, en forma definitiva bajo el número 242 a fojas 933 a 935 del TomoV de la Sección quinta de fecha 4 de mayo de mil novecientos ochenta y ocho, como lo justifico con la copia certificada de la inscripción expedida por el C. Encargado del Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Documento que exhibo y anexo al presente escrito para que surta sus efectos legales a que haya lugar.
2).- Al tratar de verificar las medidas y colindancias del terreno de mi propiedad, al parecer que existe un error de medidas
3).- El apeo y deslinde debe ejecutarse en todo el terreno antes mencionado para el efecto de que se fijen los límites que separan el predio de que se trata de los predios de los colindantes, y ante esta situación me veo en la necesidad de promover las presente diligencias para tener la certeza, cual en la superficie real del terreno ante mencionado.
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