Sistema Juridico De Mexico
Enviado por fruttis • 7 de Diciembre de 2014 • 5.206 Palabras (21 Páginas) • 400 Visitas
SISTEMA JURÍDICO DE MÉXICO
ANTECEDENTES
En 1810 inicio la lucha por la independencia de México, el primes registro legal donde se establecieron los ideales del naciente Estado se remonta a octubre de 1814, al publicarse el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana, elaborado por José María Morelos y Pavón. A través de esta disposición se pretendió dar sustento constitucional al movimiento independentista; nunca tuvo vigencia.
El 4 de octubre de 1824 se promulgo la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual se estableció la Republica Representativa, Popular y Federal dividida en Estados Libres y Soberanos, además de que se instauro la división de poderes y el Congreso de dos Cámaras: la de Diputados y la de Senadores.
En sus inicios, la nación mexicana se regia por algunas leyes creadas en la época colonial que fueron gradualmente sustituidas por leyes nacionales.
Durante las dos décadas siguientes, los constantes desordenes, el lento desarrollo económico y los intentos de reforma liberal, motivaron que el Congreso expidiera la Siete Leyes Constitucionales de 1835 y 1836 que pusieron fin al sistema federal y establecieron el centralismo, donde los Estados se transformaron en Departamentos subordinados al gobierno central. Cabe señalar que en esta Constitución se mencionan los derechos de los mexicanos y habitantes de la República, precedentes de nuestras actuales garantías individuales.
En junio de 1843 se publicaron las Bases de Organización Política de la Republica Mexicana, en las que se rectifico el centralismo; sin embargo cuatro a los mas tarde, en 1847, se regreso al sistema federal mediante la restitución de la vigencia de la Constitución de 1824, aunque con una serie de reformas.
En 1856 fue promulgado el Estatuto Orgánico Provisional de la Republica Mexicana, que sirvió de base para que un nuevo Constituyente expidiera la Constitución Política de la República Mexicana en 1857.
De esa forma se estableció un gobierno liberal; a raíz de la publicación de las leyes de reforma, donde se dispuso entre otras cosas la separación de la Iglesia y el Estado, la expropiación y secularización de los bienes de la Iglesia y la creación del Registro Civil, los conservadores apoyaron la intervención francesa y la implantación de la monarquía. El presidente Benito Juárez García se vio obligado a trasladar el gobierno al norte del país hasta 1867, año en que después de una larga y desgastante lucha se restableció la República.
Durante el gobierno de Porfirio Díaz se incrementaron la pobreza y la explotación de muchos nacionales. Estos y otros factores provocaron que el 20 de noviembre de 1910 Francisco I. Madero proclamara el Plan de San Luis, bajo el principio de sufragio efectivo, no relección, y con el llamado al pueblo de México a alzarse en armas, comenzara la Revolución Mexicana.
Aun así al concluir la lucha armada, el 5 de febrero de 1917 fue promulgada la actual Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos por el Congreso Constituyente convocado por Venustiano Carranza. Dicho ordenamiento constituyente nuestra Ley Suprema que da fundamento a las leyes vigentes en nuestro país.
Los hechos narrados forjaron los cimientos del actual sistema jurídico mexicano.
FUENTES FORMALES DEL DERECHO
Son de origen del derecho, es decir, de donde nace. Tradicionalmente, las fuentes del derecho se clasifican en reales, histórica y formales. Dentro de las fuentes formales que son los procesos de creación de “normas jurídicas” , el derecho mexicano contempla a la legislación, la jurisprudencia y la costumbre. También encontramos como fuentes a las normas individualizadas y a los principios generales del derecho.
LA LEGISLACIÓN
La ley constituyente en México la más importante fuente formal del derecho. En el ámbito federal, el proceso legislativo esta previsto en los artículos “71 y 72 “ constitucionales y consta de 6 etapas, que son: iniciativa, discusión, aprobación, sanción, publicación e inicio de vigencia. Es importante señalar que existen procesos similares en casa una de las entidades federativas.
JURISPRUDENCIA
Es un conjunto de principios establecidos en las resoluciones de determinados tribunales, al interpretar las leyes o al definir los “casos no previstos en ellas” . Los jueces y los tribunales están obligados a resolver, de una u otra norma, los asuntos sometidos a su conocimiento, pero a veces es preciso averiguar el sentido que el legislador le quiso dar.
El ámbito federal, el Poder Judicial de la Federación era jurisprudencia a través del Peno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de sus Salas de los Tribunales Colegiados de Circuito, de la Sala Superior de Tribunal Electoral y de las Salas Regionales de este.
Existen otros tribunales que también pueden emitir jurisprudencia en sus respectivos ámbitos de competencia.
LA COSTUMBRE
Es el procedimiento consuetudinario de creación del Derecho, se trata de normas jurídicas escritas, impuestas por el uso, es decir, a través de la reiteración constante de una conducta de los hombres. La legislación mexicana, admite la costumbre a falta de ley u otra disposición expresa, ya que contra la observancia de la ley no puede alegarse de su uso, costumbre o practica en contrario, la costumbre esta prevista en algunos ordenamientos.
NORMAS INDIVIDUALIZADAS
Se crean para aplicarse en forma individual a una persona o grupo de personas claramente definido. Entre ellas los contratos, las sentencias, los testamentos, resoluciones administrativas. Pueden ser creadas inclusive por particulares.
LOS PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Son verdades jurídicas notorias, indiscutibles, de carácter general, creadas mediante procedimientos “jurídico-filosóficos de generalización” . Constituyen una fuente supletoria de la ley, que permite a los juzgadores resolver las controversias frente a las lagunas u omisiones de esta. Algunas veces es obligatorio recurrir a ellos, según se advierte del contenido del último párrafo del artículo 14 constitucional que en los juicios del orden civil coma la sentencia definitiva deberá ser conforme a las letras o a la interpretación jurídica de la ley y a la falta de esas se fundara en los principios generales del derecho
En México no existe un listado expreso de principios generales del derecho porque su número varía constantemente debido al perfeccionamiento de que son objeto así queda a criterio del juzgador determinar los poder lucir siempre y cuando no desarmó Niza en estén en contradicción con el conjunto de normas legales cuyas lagunas o misiones han de llenarse con la aplicación de dichos principios.
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