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Sociología


Enviado por   •  1 de Febrero de 2014  •  606 Palabras (3 Páginas)  •  244 Visitas

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V. LA FORMACION DE LAS SITUACIONES JURIDICAS

A. La investigación lógica también permite dar un paso más del funcionamiento de las normas jurídicas, al reducir el problema de la formación de las situaciones de hecho que le sirven de presupuesto a la verificación del papel que en dicha formación desempeñan el acto o negocio jurídico o el hecho jurídico.

B. Consiste en la norma jurídica que integra la relación de vida en su supuesto de hecho, y le atribuye consecuencias jurídicas a favor de una persona y deberes correlativos en otra.

C. Una situación jurídica es una situación de hecho capaz de poner en movimiento una norma jurídica, puede provenir de un fenómeno físico o material, en cuyo acaecimiento no interviene la voluntad, como el nacimiento o la muerte de una persona, su advenimiento a cierta edad, la formación de terrenos aluviales o de islas, el derrumbamiento fortuito de un edificio, etc. Es verdad que el objeto propio de la valoración jurídica es la conducta humana, sin embargo, el derecho toma en consideración las condiciones en que esta se realiza, de donde resulta que, en muchos casos, los acontecimientos físicos adquieren indirectamente resonancia jurídica.

D. Así, del cambio de cauce de un río puede nacer un derecho de propiedad de uno de los ribereños sobre el lecho desocupado y la pérdida del derecho del otro sobre la zona ocupada. Y una situación jurídica también puede provenir de un acto voluntario

VI. CLASIFICACION DE LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN LA FORMACION DE LAS SITUACIONES JURIDICAS.

A. Existen varias clasificaciones y nomenclaturas de los factores que intervienen en la formación de las situaciones jurídicamente operantes. La más generalizada en el campo filosófico, la más clara y apropiada a nuestra realidad:

1) Negocio jurídico, al acto cuya voluntad se encamina directa y reflexivamente a la producción de efectos jurídicos, como el otorgamiento de un testamento o la celebración de un contrato

2) Acto jurídico, al acto voluntario del cual derivan también efectos jurídicos, pero independientemente del querer del agente, o mejor dicho, por el solo ministerio de las normas jurídicas, como sucede en la comisión de un delito

3) Hecho jurídico, al simple hecho de la naturaleza física, como el desplazamiento del lecho de un rio o la muerte de una persona.

B. Sin embargo, desde el punto de vista de nuestro derecho civil, es indispensable acoger la clasificación tradicional francesa, que reduce los elementos intervinientes en la formación de las situaciones jurídicas a solo dos especies:

1) El Acto jurídico que comprende toda manifestación de voluntad directamente encaminada a la producción de efectos jurídicos.

2) El Hecho Juridico, que cobija tanto los hechos puramente físicos o materiales jurídicamente relevantes, como también los actos voluntarios cuyos efectos, que

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