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Enviado por nancyycristian • 14 de Junio de 2014 • 692 Palabras (3 Páginas) • 206 Visitas
INFORME
DECRETO CON FUERZA DE LEY DE
COORDINACIÓN DE SEGURIDAD CIUDADANA
Título I
Disposiciones Generales
Capítulo I
Objeto, Órganos y Deberes Comunes
Artículo 1°. Objeto y Definición. El presente Decreto Ley tiene por objeto regular la
coordinación entre los Órganos de Seguridad Ciudadana, sus competencias concurrentes,
cooperación recíproca y el establecimiento de parámetros en el ámbito de su ejercicio.
A los efectos de este Decreto Ley, se entiende por Coordinación, el mecanismo mediante el
cual el Ejecutivo Nacional, los estados y los municipios, unen esfuerzos para la ejecución
de acciones tendentes a desarrollar los principios de comunicación, reciprocidad y
cooperación que permitan garantizar la Seguridad Ciudadana.
Se entiende por Seguridad Ciudadana, el estado de sosiego, certidumbre y confianza que
debe proporcionarse a la población, residente o de tránsito, mediante acciones dirigidas a
proteger su integridad física y propiedades.
Se entiende por Concurrencia, aquellas facultades cuya titularidad y ejercicio le son
atribuidas por igual tanto al Poder Nacional como al Poder Estadal y Municipal.
Art. 55. Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado a través de los Órganos de Seguridad Ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgos para la integridad físicas de las personas sus propiedades, el disfrutes de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes.
Art. 332. El Ejecutivo Nacional, para mantener y restablecer el orden público, proteger los ciudadanos y ciudadanas, hogares y familias, apoyar las decisiones de las autoridades competentes y apoyar los Pacíficos disfrutes de las garantías y derechos constitucionales, de conformidad con la ley.
Art. 134. Toda persona, de conformidad con la ley, tiene el derecho de prestar los servicios civil o militar necesarios para la defensa, preservación y desarrollo del país o para ser frente a situaciones de calamidad pública.
Art. 156. Es de la competencia del Poder Público Nacional:
Nº 9 El Régimen de Administración de Riesgos y Emergencias
Art. 326. La seguridad de la Nación se fundamentan en la corresponsabilidad entere el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencias democracias, igualdad, paz, libertad, justicias, solidaridad, promoción y conservación Ambiental y afirmación de los derechos humanos, así como en la satisfacción progresivas de las necesidades individuales y colectivas de los venezolanos y venezolanas, sobre las
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