Sujetos del derecho internacional
Enviado por Mica De Filippo • 13 de Noviembre de 2018 • Apuntes • 786 Palabras (4 Páginas) • 155 Visitas
Sujetos del dip
El DIP como cualquier ordenamiento jurídico tiene sujetos, históricamente los sujetos eran los estados soberanos, pero puntos de vista modernos tienden a reconocer también a determinados entes internacionales y opiniones más amplias entienden que también el hombre puede ser sujeto del dip ya que es el destinatario del ordenamiento jurídico.
- Estados soberanos
- Organismos internacionales: iglesia católica, OEA, ONU, corte nacional de justicia
- Y por la evolución del derecho internacional, el hombre.
El estado
Es una comunidad humana perfecta, organizada jurídicamente, absolutamente soberana e independiente, asentada sobre un territorio determinado, con una finalidad de bien común.
Elementos del estado:
Población: conjunto de individuos que vivían en comunidad y que están asentados en un territorio con carácter de permanencia y continuidad.
Territorio: un espacio definido en el cual resida la población. La doctrina coincide en afirmar que un pueblo errante (sin territorio) no es estado.
Gobierno: que haya personas, órganos, e instituciones de la comunidad que la representen y dirijan. El gobierno debe ser soberano, independiente, lo cual presupone que pueda actuar con total libertad (sin depender de otra autoridad) dentro y fuera de los límites de su territorio.
Soberanía: se manifiesta internamente, el estado reglamenta todo lo referente a su referente a su territorio, población, y a los diversos aspectos de su vida social, y externamente, el estado debe tener una auténtica libertad de decisión en sus relaciones internacionales.
Reconocimiento del estado
Es el acto por el cual un estado admite que con respecto a determinada comunidad reúne los elementos constitutivos de un estado, y por lo tanto puede formar parte de la comunidad internacional y ser sujeto del dip. Para la existencia de un estado son indispensables 3 elementos, y existen 2 teorías respecto si el reconocimiento también es un requisito indispensable.
- TEORIA CONSTITUTIVA: sostiene que un estado existe como tal solo luego de ser reconocido por los demás estados. El reconocimiento seria entonces un requisito indispensable para que el estado exista y sea persona del dip. (Kelsen)
- TEORIA DECLARATIVA: sostiene que el reconocimiento no hace a la existencia misma del estado. La existencia del estado es independiente del reconocimiento por los demás estados. La existencia de un estado con sus elementos es un hecho y el reconocimiento es solo un acto que confirma o declara la existencia de ese hecho.
Formas del reconocimiento:
Expreso: cuando formalmente se hace una notificación o declaración en la cual se manifiesta expresamente la voluntad de reconocer al estado (o en su caso al gobierno) que pidió ser reconocido.
Tácito: cuando se infiere de ciertos actos que no dejen dudas acerca de la voluntad de reconocer.
De iure: es un reconocimiento definitivo e irrevocable.
De facto: es un efecto provisional y que admite ser revocado.
Relaciones entre le dcho interno y el dcho internacional:
Monismo: entiende que las normas del derecho internacional y las del derecho interno forman un único sistema jurídico, de esta forma el derecho interno de un estado estaría integrado por sus normas de derecho interno y además por las normas de derecho internacional. Entre los monistas más representativos encontramos a Kelsen. Para poder integrar una norma de derecho internacional al derecho interno es necesaria una ley de aprobación.
...