ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Supervisión Educativa


Enviado por   •  25 de Febrero de 2013  •  690 Palabras (3 Páginas)  •  523 Visitas

Página 1 de 3

Requisitos mínimos para ascender a Docente VI:

1. Cinco (5) años de ejercicio en la Categoría Docente V.

2. Curso de postgrado, equivalente a Maestría o Doctorado.

3. Trabajo de ascenso.

4. Puntaje mínimo acumulado de: veinte (20,00) puntos en el sistema de calificación.

Categoría 6: Docente VI

Última clasificación de las categorías académicas establecidas para la jerarquía de Docente de Aula.

Segunda Jerarquía: DOCENTE COORDINADOR

Para ingresar a la Jerarquía de Docente Coordinador se requiere:

1. Tener una antigüedad no menor de doce (12) meses en la categoría de Docente II.

2. Tener dedicación a Tiempo Completo.

3. Ganar el concurso correspondiente.

Tercera Jerarquía: DOCENTE DIRECTIVO Y DE SUPERVISIÓN

Para ingresar a la jerarquía de Docente Directivo y de Supervisión se requiere:

1. Ser venezolano.

2. Ganar el concurso correspondiente.

3. Tener dedicación a Tiempo Integral o a Tiempo Completo, según corresponda.

4. Haber aprobado el curso de cuarto nivel relativo a la naturaleza, funciones y atribuciones del cargo al cual va a optar.

4. Poseer por lo menos la categoría docente que según el cargo a ocupar se señala a continuación, y haberse desempeñado en ella en un lapso no menor de doce (12) meses:

5.1. Para el cargo de Subdirector: Docente III

5.2. Para el cargo de Director: Docente IV

5.3. Para el cargo de Supervisor: Docente V.

Cuarta Jerarquía: SUPERVISORES ITINERANTES NACIONALES

Para ingresar a la jerarquía de Supervisores Itinerantes Nacionales, es necesario:

1. Ser venezolano.

2. Ser o haber sido docente.

3. Ser de reconocida solvencia moral y con méritos académicos suficientes que acrediten su eficiencia profesional.

4. Ser nombrado por el Ministro de Educación, Cultura y Deportes, a proposición del Viceministro de Asuntos Educativos.

El Cuerpo de Supervisores Itinerantes Nacionales estará conformado por los docentes que fueren necesarios, a proposición del Viceministro de Asuntos Educativos, del cual dependerán jerárquicamente. Dichos Supervisores realizarán supervisiones integrales en todos los planteles establecidos a nivel nacional. Si el informe final de la supervisión integral de cada plantel así lo recomienda, éste se intervendrá y podrá suspenderse a todos o a algunos de los miembros del cuerpo directivo, caso en el cual se designará el personal directivo interino correspondiente.

Artículo 34: Para optar al cargo de Subdirector se requiere haber desempeñado en forma eficiente el cargo de Docente Coordinador, salvo en el nivel de Educación Preescolar y Educación Básica 1º a 6º grado. Para optar al cargo de Director se requiere haber desempeñado en forma eficiente el cargo de Subdirector.

Para optar al cargo de

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com