TALLER Nº 01 De Clasificación Arancelaria
Enviado por maluca8888 • 6 de Diciembre de 2015 • Apuntes • 1.510 Palabras (7 Páginas) • 132 Visitas
TALLER Nº 01
De Clasificación Arancelaria
De acuerdo a los temas desarrollados en lo referente a clasificación arancelaria y basados en el ejemplo que hay a continuación.
Realizar la clasificación arancelaria de siguientes mercancías
- Coco rallado
- Montacargas o Elevador
- Bonyour
- Liguero Femenino
- Gorro de lana o algodón para bebes
- Limpia brisas
- Camioneta van cupo para 15 personas
- Un camión quinta rueda
- Tapa Ruedas o copas
Coco rallado
Sección II: productos del reino vegetal
Capítulo 8: Frutas y frutos comestibles; cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías
Notas De Sección: 1. Este Capítulo no comprende los frutos no comestibles.
2. Las frutas y otros frutos refrigerados se clasificarán en las mismas partidas que las frutas y frutos frescos correspondientes.
3. Las frutas y otros frutos secos de este Capítulo pueden estar parcialmente rehidratados o tratados para los fines siguientes:
- mejorar su conservación o estabilidad (por ejemplo: mediante tratamiento térmico moderado, sulfurado, adición de ácido sórbico o de sorbato de potasio);
- mejorar o mantener su aspecto (por ejemplo: por adición de aceite vegetal o pequeñas cantidades de jarabe de glucosa), siempre que conserven el carácter de frutas o frutos secos.
Partida 08.01: Cocos, nueces del Brasil y nueces de marañón (merey, cajuil, anacardo, «cajú»), frescos o secos, incluso sin cáscara o mondados.
Subpartida: 0801. 11.00 para siembra
Montacargas o elevador
Sección XVI: máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos.
Capítulo 84: Reactores nucleares, calderas, máquinas, aparatos y artefactos mecánicos; partes de estas máquinas o aparatos
Notas De Sección 2. Salvo lo dispuesto en la Nota 3 de la Sección XVI y la Nota 9 del presente Capítulo, las máquinas y aparatos susceptibles de clasificarse a la vez tanto en las partidas 84.01 a 84.24 o en la partida 84.86, como en las partidas 84.25 a 84.80, se clasifican en las partidas 84.01 a 84.24 o en la partida 84.86, según el caso. Sin embargo, no se clasifican en la partida 84.19: a) las incubadoras y criadoras avícolas y los armarios y estufas de germinación (partida 84.36); b) los aparatos humectadores de granos para la molinería (partida 84.37); c) los difusores para la industria azucarera (partida 84.38); d) las máquinas y aparatos para tratamiento térmico de hilados, tejidos o manufacturas de materia textil (partida 84.51); e) los aparatos y dispositivos concebidos para realizar una operación mecánica, en los que el cambio de temperatura, aunque necesario, solo desempeñe una función accesoria; no se clasifican en la partida 84.22:
a) las máquinas de coser para cerrar envases (partida 84.52); b) las máquinas y aparatos de oficina de la partida 84.72; no se clasifican en la partida 84.24: a) las máquinas para imprimir por chorro de tinta (partida 84.43); b) las máquinas para cortar por chorro de agua (partida 84.56).
Partida 84.28: Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga manipulación (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos).
Subpartida 8428.10: Ascensores y montacargas
Limpiaparabrisas
Sección XVI: máquinas y aparatos, material eléctrico y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión
Capítulo 85: máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen
Partida 85.12: Aparatos eléctricos de alumbrado o señalización (excepto los artículos de la partida 85.39), limpiaparabrisas, eliminadores de escarcha o vaho, eléctricos, de los tipos utilizados en velocípedos o vehículos automóviles.
Subpartida: Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha o vaho
Notas De Sección: Los artículos susceptibles de clasificarse tanto en las partidas 85.01 a 85.04 como en [as partidas 85.11, 85.12, 85.40, 85.41 u 85.42 se clasificarán en estas cinco últimas partidas.
Sin embargo, los rectificadores de vapor de mercurio de cubeta metálica permanecen clasificados en la partida 85.04.
3. La partida 85.09 comprende, siempre que se trate de aparatos electromecánicos de los tipos normalmente utilizados en usos domésticos:
- las enceradoras (Iustradoras) de pisos, trituradoras y mezcladoras de alimentos y extractoras de jugo de frutos u hortalizas, de cualquier peso;
- los demás aparatos de peso inferior o igual a 20 kg, excepto los ventiladores y las campanas aspirantes para extracción o reciclado, con ventilador incorporado, incluso con filtro (partida 84.14), las secadoras centrifugas de ropa (partida 84.21), las máquinas para lavar vajilla (partida 84.22), las máquinas para lavar ropa (partida 84.50), las máquinas para planchar (partidas 84.20 u 84.51, según se trate de calandrias u otros tipos), las máquinas de coser (partida 84.52)
Regla: 1
Gorro de lana
Sección X: MATERIAS TEXTILES Y SUS MANUFACTURAS
Capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin
Notas De Sección: 1. En la Nomenclatura se entiende por: a) lana, la fibra natural que recubre los ovinos; b) pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yac, cabra de Angora (<
...