TAREA 2 PARA GDJE2 - EMPRESARIO INDIVIDUAL
Enviado por Mar_Gar • 12 de Febrero de 2016 • Tarea • 660 Palabras (3 Páginas) • 320 Visitas
TAREA 2 PARA GDJE2
- EMPRESARIO INDIVIDUAL
Responsabilidad: Ilimitada, va a responder de sus obligaciones con todos sus bienes.
Nº mínimo de socios: Es sólo una persona.
Capital mínimo: no se exige capital mínimo para su constitución.
Tributación: Impuesto de la renta de las personas físicas.
Denominación: Nombre propio.
- SOCIEDADES CIVILES
Responsabilidad: Ilimitada, los socios responderán con todos sus bienes presentes y futuros.
Nº mínimo de socios: al menos dos socios.
Capital mínimo: no se exige capital mínimo legal.
Tributación: Cada socio tributará por el Impuesto de la renta de las personas físicas.
Denominación: cualquier nombre seguido de Sociedad Civil.
- SOCIEDAD COLECTIVA
Responsabilidad: subsidiaria, personal, ilimitada y solidaria.
Nº mínimo de socios: mínimo de socios dos.
Capital mínimo: no se existe mínimo legal de capital a aportar.
Tributación: obligación fiscal de tributar por el impuesto de sociedades.
Denominación: el nombre colectivo será el nombre de todos sus socios, de algunos de ellos o de uno sólo, seguido de sociedad colectiva o S.C.
- SOCIEDADES COMANDITARIAS
Responsabilidad: la responsabilidad será distinta para cada tipo de socios: los socios colectivos responderán de las obligaciones de la sociedad con todos sus bienes presentes y futuros – responsabilidad ilimitada – los socios comanditarios únicamente de las deudas sociales con el capital aportado – responsabilidad limitada.
Nº mínimo de socios: son necesarios como mínimo dos socios.
Capital mínimo:
- sociedad comanditaria simple: no exige ningún capital mínimo.
- sociedad comanditaria por acciones: su capital está dividido en acciones y se exige un capital mínimo de 60.000€.
Tributación: tributan por el Impuesto de sociedades.
Denominación: el nombre de todos los socios colectivos, de algunos de ellos o de uno sólo, seguido de sociedad en comandita/o sociedad comandita por acciones.
- SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Responsabilidad: limitada, los socios solo responderán con las aportaciones realizadas a la sociedad.
Nº mínimo de socios: no hay número mínimo de socios.
Capital mínimo: no podrá ser inferior a 3.000€.
Tributación: estará sujeta al Impuesto de sociedades.
Denominación: deberá figurar Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Limitada o sus abreviaturas S.R.L. o S.L.
- SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA
Responsabilidad: limitada, los socios solo responderán con las aportaciones realizadas a la sociedad.
Nº mínimo de socios: no hay número mínimo de socios, pero en el momento de la constitución se limita a un máximo
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