TRABAJO DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO II
Enviado por Aide Bello • 18 de Noviembre de 2021 • Ensayo • 1.145 Palabras (5 Páginas) • 64 Visitas
TRABAJO DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO II
Con base a la película colombiana del director SERGIO CABRERA LA ESTRATEGIA DEL CARACOL, podemos considerar lo siguiente:
La historia de la película nos invita a reflexionar sobre la situación actual de nuestro país es ahí donde día a día las sociedad tiene que enfrentarse a políticos de turno y funcionarios corruptos que pasan sobre la dirigida humana sin medir consecuencias para el desarrollo social y cultural , este caso es la muestra fehaciente de que no se hizo un debido proceso con los inquilinos del inmueble ya que como vemos se violaron de manera continua sus derechos fundamentales y su desarrollo social generando pánico y violencia desmesurada, tanto así que podemos observar que en el acervo probatorio las pruebas fueron alteradas y los testigos que se presentaron fueron falsos ,llevando al hecho final traumático para estas familias que allí habitaban.
Teniendo en cuenta todas las circunstancias anteriores damos testimonio que el proceso fue herrado para ambas partes el primero con el título de dueño absoluto del bien inmueble uso artimañas bajas, ejerciendo de manera autónoma y soberana los poderes de la propiedad.
El segundo quien serían los poseedores equivocadamente desalojaron la vivienda y la derrumbaron cometiendo un delito, la parte demandada tomo decisiones no adecuadas fuera del contexto legal, No analizaron bien que por las vías legales se podía obtener el título de la vivienda, para esto se hubieran dirigido a otras dependencias haciendo uso de las vías legales.
Teniendo presente lo anterior y con respecto a la película se presentan las siguientes apreciaciones:
Se debe tener en cuenta que el desocupe de un bien inmueble puede darse por el no pago de arrendamiento, conductas inapropiadas de los inquilinos, u otros fines, o porque sencillamente no existe un contrato y la persona se posesiona del bien inmueble, que para este caso la señora Misia Trina dice residir en ese lugar algo mas de 50 años, indicando que legalmente tiene la posesión del bien inmueble, o acceder a un título del mismo, sin embargo, no cuenta con un soporte para probar el término de la prescripción.
Pero por parte de la señora Misia Triana se tiene una posesión sin violencia y sin interrupción, y ha ejercido acciones sobre el inmueble relacionada con la manutención de la edificación dado que el Dr. Holguin ha estado ausente por varios años siendo estos productos de una herencia.
En este caso sería una prescripción extraordinaria debido a la posesión irregular por parte de la señora Misia Trina a quienes los demás inquilinos le pagan arriendo y no es necesario el titulo sobre el inmueble.
Para dar inicio a la diligencia de desalojo el abogado Honorio Mosquera presentó testigos falsos y pruebas adulteradas, el Dr. Holguin de manera engañosa y para pedir la restitución del bien inmueble indica que desea que la casa sea declarada bien de interés cultural, cosa que tampoco es cierta.
En lo relacionado con los tiempos para el desalojo, se observa una irregularidad al forzar el desalojo en 3 días sin causa, porque para esto el tiempo debe estar estipulado entre 30 a 60 días.
En la acción que busca ganar tiempo una vez el juez pregunta sobre la existencia de alguna oposición para el realizamiento de la diligencia, el señor Romero si se apoya en lo conforme a la ley al indicar que dentro del predio existe una persona enferma y con riesgo de muerte, como lo es el caso del señor Lázaro Mora Blanco, toda vez que al tratarse de una persona de la tercera edad y enferma lo hace sujeto de protección constitucional.
Se presenta irregularidad al momento del señor Romero objetar la diligencia, indicando que la
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