Tipologia De La Constitución
Enviado por miguel2007 • 17 de Mayo de 2015 • 1.512 Palabras (7 Páginas) • 354 Visitas
Tipología de la Constitución las Constituciones político-Sociales y aportes de estos Conceptos a la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
La palabra constitución puede ser entendida desde varios puntos de vista, pues tiene varios significados, que con una raíz, común pueden sin embargo, resultar diferentes entre sí; por lo que para entender de forma integral el sentido al cual nos referimos al hablar de la constitución, debemos agregarles un adjetivo que la califique. Es decir, el nombre de la Ley fundamental será “Constitución”, y el apellido será el del adjetivo que le agreguemos. Así nos referimos a la constitución material, la formal, la escrita y la constitución consuetudinaria, que aun cuando siempre estaremos hablando del texto fundamental de la Republica, el contenido de la expresión será distinto en cada caso.
La Constitución Material: Cuando hablamos de la constitución material, la entendemos como aquella que estructura y organiza los poderes públicos, le establece a cada uno de ellos su ámbito de competencia, determina las relaciones inter-orgánicas entre los poderes del Estado y declara los derechos del hombre, de esta manera encontramos una estructura que se ha hecho clásica para presentar el cuerpo de una constitución que es la parte orgánica y la parte dogmatica.
La Constitución Formal: Se refiere a aquella constitución que ha sido promulgada de acuerdo a ciertas formalidades propias de la técnica y de los principios constitucionales de Universal aceptación. También se refiere a la forma estructural del cuerpo del documento fundamental, por lo que se tiende a confundir con la constitución escrita.
La Constitución Escrita: Es la que se encuentra recogida en un documento escrito. La primera de este tipo es la norteamericana de 1.787. Esta forma de hacer la constitución tiene su base en las ideas Liberal-Burguesas del siglo XVIII y constituye una reacción de defensa contra el Absolutismo, pues los doctrinarios perseguían con el texto constitucional escrito, seguridad y certeza del contenido constitucional.
La constitución consuetudinaria: Se refiere a aquella constitución que se encuentra recogida en las tradiciones, costumbres y en las practicas constitucionales. Existen costumbres históricas, y por lo tanto conocidas, que regulan el ejercicio del poder político. Estas costumbres constitucionales, al igual que la costumbre de cualquier índole, son imprecisas y por lo tanto, pueden general controversias en su aplicación, por lo que la precisión requerida emerge de la Jurisprudencia de los Tribunales o de los actos jurídicos o políticos de la autoridad que aplica la costumbre.
EL Doctor Manuel García Pelayo, eminente constitucionalista presenta la tipología como una clasificación en la cual tomo en cuenta dos aspectos fundamentales, La filosofía que inspira la concepción constitucional Y el movimiento político que respalda la concepción Constitucional. De igual dicho autor clasifica la constitución en tres tipos, los cuales son:
La Constitución Racional Normativa: Es aquella que responde a la Filosofía racionalista al pensamiento político liberal burgués donde Aspira a subsumir todos los hechos de la vida social y las normas Jurídicas.
La Constitución Histórica-tradicional: Responde a la Filosofía del Historicismo y al Pensamiento conservador. Los partidos del conservatismo pretendían la oposición al liberalismo a conservar las instituciones del antiguo sistema político.
La Constitución Sociológica: Responde a la filosofía del sociologismo y al pensamiento político socialista. Según este tipo de constitución, esta se reduce solo a situaciones sociales y es por tanto, el producto o resultado de un conjunto de hechos sociales.
Por otra parte, al referido en forma general a la constitución aparecen de inmediato dos punto de vista distinto para definirla; uno es el político y el otro es el jurídico. Desde el punto de vista político, y la constitución está integrada por un conjuntos de decisiones políticas, que determinan la estructura del Estado, la forma de gobierno, la forma política, la forma social y económica, mediante el cual se regirá este. Toda constitución debe definirse en torno a las alternativas políticas que se debe tomar. Las decisiones eran el producto de compromisos políticos, todas las llamadas fuerzas vivas, todas las fuentes de poder o interés estarán presente, ejerciendo presión para que al redactar la constitución este se adapte a sus intereses. De allí que esta será el producto de un pacto político. De igual manera, desde el punto de vista jurídico, la constitución nos apárese como la fuerte de la cual emerge todo el ordenamiento jurídico del Estado. Que la pirámide representa la máxima jerarquización al encontrarse en el vértice y por debajo de ella todas las otras leyes, decretos y reglamento.
En términos concretos, la Constitución venezolana, vigente desde 1999, consagra muy explícitamente
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