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Tipos De Divorcio


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2013  •  11.620 Palabras (47 Páginas)  •  311 Visitas

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Tipos de Divorcios

Nuestro Código Civil contempla tres tipos de divorcio: divorcio administrativo, divorcio voluntario y divorcio necesario. Definir el tipo de divorcio que vas a solicitar es esencial pues para cada uno necesitas hacer diferentes trámites.

El divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en posibilidad de contraer otro. Podemos estar de acuerdo o no en que el legislador haya plasmado demasiada facilidad para un divorcio, quizá, complicar el procedimiento impediría o daría la oportunidad a los cónyuges de analizar los inconvenientes, más lo cierto es que se debe reconocer la existencia de las voluntades que prevalecen por encima de las particulares de ciertos legisladores, ante todo el bien común y el derecho público.

Pero para poder entender sobre el tema del divorcio tenemos que remontarnos a los orígenes del mismo. Y así mismo lo debemos de entender desde los diversos puntos de vista como lo son los canónicos y públicos

I

Antecedentes del Divorcio.

El Divorcio en la Biblia

De los primeros antecedentes que podemos encontrar del divorcio datan de la Biblia en donde encontramos que en el Antiguo Testamento Moisés estableció una especie de forma de divorcio que consistía en que el esposo daba conocimiento a la familia de la esposa el repudio que este sentía hacia ella y supuestamente según algunos historiadores “el esposo estaba obligado a pagar al padre el precio de la esposa que, de esta manera, era tratada como un bien económico”.

También en el libro de Deuteronomio se habla del divorcio en donde dice que si un hombre después de haber vivido con ella, este viera algún defecto o en ella o si tuviera alguna costumbre que a él le desagradara este redactaba un escrito para posteriormente ponerlo en su mano y correrla de su casa.

Posteriormente en el Nuevo Testamento Jesús condena el Divorcio con una frase que hasta hoy se sigue utilizando “No separe, pues lo que Dios ha juntado”.

En el Privilegio Paulatino fundamentaba que si el cónyuge que se convertía al cristianismo podía disolver el matrimonio y contraer nupcias otra vez si su compañero no creyente no quisiera convertirse al cristianismo o respetar sus creencias este fundamento se funda en un texto de San Pablo, Versículo 11 de los Corintios que dice:

“Y si una mujer tiene marido que no sea creyente y el consiente en vivir con ella que no lo abandone, porque el marido incrédulo es santificado en la mujer y la mujer incrédula en el marido, pues de otra manera vuestros hijos serían inmundos, mientras que ahora son santos.

Pero si el incrédulo se separa, sepárese, pues no está el hermano o la hermana sujeto a servidumbre en semejante caso, sino que a paz nos llamó Dios”

Divorcio en el Derecho Romano

Al parecer existió desde hace mucho tiempo y que podía pedirse sin alguna causa que lo justificara aunque existiera una afirmación hecha por Plutarco en donde atribuía a Rómulo una ley que determinaba las causas legítimas del divorcio.

Los romanistas decían que no había causa para legalizar el divorcio puesto que ellos se fundaban en que no solo debía haber el hecho de la cohabitación sino que también el afecto conyugal por esto cuando el afecto desaparecía el divorcio procedía.

“También existía una ley que prohibía a la liberta casada con su patrón divorciarse sin su consentimiento” esta ley era conocida como la ley Julia de Maritandis Ordinibus esto hizo que el divorcio fuera fácil de obtener produjo inmoralidad de las clases poderosas y abusaban de esto para satisfacer sus caprichos amorosos y esto hacia que el matrimonio perdiera su dignidad moral y religiosa que antes tenía.

Constantino únicamente permitió el divorcio cuando existiera alguna causa lógica para obtenerlo y si no hubiera alguna causa razonable para tramitar el divorcio entonces al infractor se le multaba más sin embargo no se nulificaba el matrimonio.

Justiniano estableció causas para la tramitación del divorcio tales como:

Que la mujer le escondiera conspiraciones contra el Estado

Que la mujer fuera adultera

Que hubiese atentado a la vida de su esposo

Que la mujer hubiera tenido relaciones con otros hombres o que se hubiera bañado con ellos.

Que se fuera de la casa sin permiso de su esposo

Que fuera a espectáculos públicos sin permiso.

También la mujer podía pedir el divorcio en caso de:

Traición por parte del marido

Atentado a la vida de la mujer

Intento de prostituirla

Que el esposo la acusara de adultera cuando esto fuera falso

Que el marido tuviera una amante

El emperador prohibió el divorcio por mutuo consentimiento pero Justiniano lo

reestableció porque la gente lo exigió.

El Divorcio en la Legislación Española

Se autoriza el divorcio en caso de adulterio y ordena al marido que tiene conocimiento de este delito, que acuse a su mujer de no hacerlo sería pecado mortal y dicha acusación se hacía ante un Obispo o ante un Oficial

También autoriza la separación de esposos si por alguna razón existiera un inconveniente o de ser los esposos cuñados y en este caso se le llamaría anulación y en este caso la queja seria publica por que la puede poner cualquier persona. Para hacer el trámite del divorcio cualquier persona era escuchada excepto alguien que quisiera sacar algún beneficio de esa situación.

De las Costumbres Judías

Dice que en el libro de Deuteronomio (XXIV-I) había un repudio pero por parte del marido y decía que si la mujer y el hombre contraían nupcias y sin embargo él no la amara redactaba un acta de repudio se la entregaba y la mandaba a su casa.

Entonces se hizo una reflexión acerca de las causas del matrimonio tales como: Que hubiera nupcias entre personas prohibidas, sospecha de adulterio, la mala fama o cinismo de la mujer y caían en cuenta de que resulto más fácil decir que la mujer no complacía al hombre y se corrigieron posteriormente en el libro de Proverbios.

Pero todo este trámite del divorcio era más que nada concerniente a las leyes eclesiásticas pero existieron algunas disposiciones en la legislación civil que trataban el asunto en cuestión y estas fueron precedentes a las nuestras y que estuvieron vigentes en México.

Se prohibía que alguien se casara con una mujer que la hubiera dejado el marido a menos de que fuera dejada por escrito y frente a testigos y esto muestra que en aquel entonces el divorcio no era indisoluble.

Se podía observar que era muy importante la clase social en ese entonces puesto que si esta situación llegara a suceder si las personas del segundo matrimonio fueran de alcurnia este hecho se

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