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Trabajador Empleado


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2012  •  323 Palabras (2 Páginas)  •  490 Visitas

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TRABAJADOR – EMPLEADOR

GENERALIDADES:

TANTO EL EMPLEADOR COMO TRABAJADOR, DEBEN OBRAR DE BUENA FE, AJUSTANDO SU CONDUCTA A LO QUE ES PROPIO DE UN BUEN EMPLEADOR Y DE UN BUEN TRABAJADOR; AL CELEBRAR, EJECUTAR O EXTINGUIR EL CONTRATO O LA RELACION DE TRABAJO.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR:

OBLIGACIONES TANTO PARA EL EMPLEADOR COMO PARA EL TRABAJADOR QUE SUPONEN.

CONTROL PERSONAL: CONTROL DE PERSONAL DESTINADO A LA PROTECCION DE LOS BIENES DEL EMPLEADOR, DEBE TENER EN CUENTA.

• SALVAGUARDIA (GARANTIZA) DE LA DIGNIDAD DEL TRABAJADOR.

• SER PRACTICADAS CON DISCRECION Y POR MEDIO DE SELECCIÓN AUTOMATICA DESTINADA A LA TOTALIDAD DEL PERSONAL.

• ESTAR RESERVADOS EXCLUSIVAMENTE A PERSONAS DEL MISMO SEXO DE LOS TRABAJADORES QUE SE CONTROLEN.

• DEBERAN SER CONOCIDOS POR EL TRABAJADOR Y EL SISTEMA EMPLEADO DEBERA CONTAR CON LA APROBACION DE LA AUTORIDAD DE APLICAION PREVIA CONSULTA DE LA ASOCIACION PROFESIONAL CORRESPONDIENTE.

• LOS RECONOCIMIENTOS MEDICOS CORRESPONDIENTES A LA ADMISION DEL TRABAJADOR EN EL EMPLEO ESTARAN A CARGO DEL MEDICO ELEGICO POR EL TRABAJADOR SIN PREJUICIO DE SOMETERSE AL CONTROL FACULTATIVO DESIGNADO POR EL EMPLEADOR.

CONTROL PERSONAL:

NO PODRA REALIZAR ENCUENTAS O PESQUISAS (INVESTIGAR, BUSCAR) SOBRE OPCIONES POLITICAS, RELIGIOSAS O SINDICALES DEL TRABAJADOR.

PAGO DE LA REMUNERACION:

EMPLEADOR OBLIGADO A SATISFACER EL PAGO DE LA REMUNERACION QUE DEBA AL TRABAJADOR EN LOS LAZOS Y CONDICIONES FIJADOS POR LA LEY.

DEBER DE SEGURIDAD:

EL EMPLEADOR DEBERA OBSERVAR LAS DISPOSIONES VIGENTES EN MATERIA DE LIMITACION A LA DURACION DEL TRABAJO Y DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO ADOPTANDO LAS MEDIDAS SEGÚN EL TIPO DE TRABAJO.

REINTEGRO DE GASTOS:

EL EMPLEADOR DEBERA REINTEGRAR AL TRABAJADOR LOS GASTOS QUE ESTE EFECTUE PARA EL CUMPLIMIENTO ADECUADO DEL TRABAJO, Y RESACIRLO EN LOS DAÑOS SUFRIDOS EN SUS BIENES POR EL HECHO Y EN OCASIONES DEL MISMO.

DEBER DE PROTECCION, ALIMENTACION Y VIVIENDA:

EL EMPLEADOR DEBERA PRESTAR PROTECCION A LA VIDA Y BIENES DEL TRABAJADOR CUANDO ESTE HABITE EN EL ESTABECIMIENTO, SI LE PROVEE ALIMENTACION Y VIVIENDA, DEBERA SER SANA Y SUFICIENTE Y LA ULTIMA, ADECUADA A LAS NECESIDADES DEL TRABAJADOR Y SU FAMILIA.

DEBER DE OCUPACION:

EL EMPLEADOR DEBERA GARANTIZAR AL TRABAJADOR OCUPACION EFECTIVA.

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