Trabajo Colaborativo Final
Enviado por Angeladazapedroza • 23 de Septiembre de 2013 • 6.138 Palabras (25 Páginas) • 360 Visitas
UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
CURSO ACADÉMICO: LEGISLACIÓN COMERCIAL Y TRIBUTARIA
ACTIVIDAD: 6
TRABAJO COLABORATIVO: 1
FERNANDO VELANDIA RAMOS
CÓDIGO 79648558
GRUPO: 96
TUTOR: ROY ANTONIO CASTILLO
OCTUBRE DE 2012
1. COMPLETAR LOS ESPACIOS:
Completar los espacios en blanco señalados por las líneas rectas en los enunciados que se indican a continuación, los cuales abordaran las temáticas vistas dentro del capitulo 3 del material de apoyo del curso, sobre las sociedades comerciales.
Las sociedades comanditarias por acciones se constituyen con un número mínimo de un gestor y cinco comanditarios o accionistas socios.UNIVERSIDAD NACIONAL ABIERTA Y A DISTANCIA
CURSO ACADÉMICO: LEGISLACIÓN COMERCIAL Y TRIBUTARIA
ACTIVIDAD: 6
TRABAJO COLABORATIVO: 1
FERNANDO VELANDIA RAMOS
GRUPO: 96
TUTOR: ROY ANTONIO CASTILLO
OCTUBRE DE 2012
1. COMPLETAR LOS ESPACIOS:
Completar los espacios en blanco señalados por las líneas rectas en los enunciados que se indican a continuación, los cuales abordaran las temáticas vistas dentro del capitulo 3 del material de apoyo del curso, sobre las sociedades comerciales.
Las sociedades comanditarias por acciones se constituyen con un número mínimo de un gestor y cinco comanditarios o accionistas socios.
Las sociedades de responsabilidad limitada se constituyen con un número mínimo de dos socios y máximo de veinticinco socios.
La responsabilidad de los socios gestores en las sociedades comanditarias es como los de la sociedad colectiva y la de los socios comanditarios es limitada a sus respectivos aportes.
Ecopetrol S.A es una sociedad de economía mixta porque es un organismo bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado, que desarrolla actividades de naturaleza industrial o comercial.
El nombre o razón social de las sociedades de economía mixta esta constituido por uno o más gestores o uno o más comanditarios, uno tiene la responsabilidad ilimitada.
Las sociedades anónimas simplificadas se constituyen con un número mínimo de cinco accionistas.
El nombre o razón social de las sociedades en comanditas por acciones esta conformado por el nombre completo o el solo apellido de uno o mas socios colectivos y se agregara a la expresión “y compañía” o abreviatura “& Cía.”, seguida en todo caso de las palabras “Sociedad Comanditaria por Acciones (S.A.C).
Ejemplo: Fernando Velandia & Cía. S.A.C
La sociedad Fernando Velandia & Cía. S.A.C tiene un capital de $630.000.000 los cuales se dividen en entre 5 partes de acciones iguales.
Pedro Suarez……………. $ 126.000.000
María González…………... $ 126.000.000
Andrés López……………… $126.000.000
José Martínez……………… $126.000.000
Rafael Velazco…………….. $126.000.000
De acuerdo al compromiso que cada uno asumió, la situación es esta:
Capital Autorizado……………………….. $ 630.000.000
Capital pagado …………………………… $ 500.000.000
Capital suscrito …………………………… $ 500.000.00
SOCIO APORTES POR C/D SOCIO ACCIONES APORTES PAGADOS POR C/D SOCIO DEUDA C/D SOCIO CUOTAS MENSUALES EN 12 MESES
Pedro Suarez $ 126.000.000 3000 $ 100.000.000 $ 26.000.000 $ 2.166.667
María González $ 126.000.000 3000 $ 100.000.000 $ 26.000.000 $ 2.166.667
Andrés López $ 126.000.000 3000 $ 100.000.000 $ 26.000.000 $ 2.166.667
José Martínez $ 126.000.000 3000 $ 100.000.000 $ 26.000.000 $ 2.166.667
Rafael Velazco $ 126.000.000 3000 $ 100.000.000 $ 26.000.000 $ 2.166.667
TOTAL $ 630.000.000 15.000.000 $ 500.000.000 $ 130.000.000 $ 10.833.333
El capital social en las sociedades de responsabilidad limitada esta conformado por no menos de dos ni más de veinticinco socios.
La diferencia entre el capital autorizado, suscrito y pagado en una sociedad anónima es:
Capital autorizado es: El dinero o monto, corresponde al convenido por los Accionistas Fundadores, para desarrollar el objeto de la compañía en la etapa inicial o en un lapso cercano o lejano. Esa cifra está representada por el monto de las Acciones Suscritas.
Suscrito: Es la parte del Capital Autorizado que los accionistas se han obligado a cubrir, debido a que corresponde a los aportes que los socios confieren a la sociedad, o se comprometen acabar de pagar en un lapso que no puede exceder de 1 año.( Art. 387 del C.Co.)
Pagado: corresponde al monto de las Acciones Suscritas por los accionistas que éstos han pagado en dinero o en especie, o por la capitalización de reservas o de utilidades repartibles entre los accionistas.
Al suscribir una acción en el acto constitutivo o posteriormente, debe pagarse por lo menos la tercera parte de su valor. Si los accionistas no deben suma alguna por las acciones que suscribieron, el capital pagado coincidirá con el capital suscrito.
Concluimos que En el momento que el máximo órgano social como lo es la Asamblea General de Socios o Accionistas autoriza operaciones como la suscripción de acciones, la capitalización de la renovación del patrimonio o capitalización de utilidades, se puede afirmar que la Asamblea indirectamente está aprobando el incremento de Capital Pagado.
Ejemplo: Sociedad Real S. A se creo en febrero de 2012 y en el documento de su constitución indica los siguientes valores:
Capital autorizado………………..$ 20.500.000
Capital suscrito……………………$ 15.000.000
Capital pagado…………………… $ 5.250.000
El capital que se suscribió fue de $ 15.000.000, corresponde a las acciones suscritas por 15 accionistas en total, de lo cual cada uno se compromete a pagar la suma de $ 350.000. Esos 15 accionistas pagaron $ 5.250.000 con lo cual se explica el “capital pagado”.
Se aplicó el presupuesto mínimo que ordena el Código de Comercio, cuando establece que al constituirse la sociedad debe suscribirse
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