Trabajo
Enviado por andrestellez • 3 de Septiembre de 2015 • Apuntes • 822 Palabras (4 Páginas) • 137 Visitas
El decreto 1640 del 2012 nos muestra en los primeros títulos los lineamientos que componen las estructuras hidrográficas y lo que le corresponde a las autoridades ambientales en cuanto a ejercer los instrumentos de planificación, ordenación y el manejo adecuado de las cuencas hidrográficas. Estas mismas entiéndanse como una unidad espacial que se encuentra en una determinada área, por lo tanto las estructuras hidrográficas se dividen en área hidrográficas o macrocuencas, zonas hidrográficas, subzonas hidrográficas o su nivel subsiguiente y microcuencas y acuíferos. Entre las autoridades ambientales principales se encuentran los consejos ambientales regionales que se constituyen por convocatoria realizadas por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
En el primer capítulo se exponen los objetivos del reglamento y las disposiciones generales que se deben tener en cuenta al momento de realizar cualquier cambio en una cuenca de cualquier orden, además de que cada entidad debe realizar unos procesos de planificación teniendo en cuenta como se dividen las estructuras hidrográficas, una de las principales entidades que componen este decreto es el IDEAM; el cual hace un mapa de zonificación hidrográfica de Colombia y da los lineamiento técnicos para desarrollar un plan o manejo en específico. Aunque en el primer capítulo se dan las funciones de algunas entidades ambientales y de las consideraciones principales que se debe tener en cuenta no se tiene claro que van a tener en cuenta las autoridades ambientales para hacer o disponer de un lineamiento o esto como va a beneficiar el recurso natural esencial que es el agua y que se encuentra en un territorio que bien puede estar delimitado en una sola zona o puede depender de muchas zonas entre sí para su planificación y manejo adecuado. Por ejemplo las macrocuencas como el Rio Magdalena muestran una complejidad a la hora de realizar un plan u ordenación ya que se deben tener en cuenta muchos aspectos interdepartamentales e interinstitucionales y los mismos se tienen que poner de acuerdo para aprobar cualquier decisión que tenga que ver con la macrocuenca.
Por otro lado el segundo título del presente decreto habla de los planes estratégicos que se deben implementar en las macrocuencas, el plan estratégico está dividido en varias fases que son importantes a la hora de tener en cuenta para un plan estratégico y entiéndase por este mismo un instrumento el cual va a ser una base para cualquier entidad pública o privada a largo plazo y con una visión nacional no tiene en cuenta para mi opinión unas cláusulas que permitan que la estructura ecológica principal de la macrocuenca no sea perturbada por ningún proyecto sin excepción para que se tengan los procesos esenciales del territorio y que el nivel de resiliencia sea mayor en cualquier tipo de perturbación. Así mismo como se considera en este mismo apartado el Ministerio de Ambiente como máxima autoridad ambiental tiene 10 años para justar y revisar los lineamientos, bajo mi criterio esto es un largo lapso de tiempo teniendo en cuenta que el paso de los años significa un cambio en el ciclo hidrológico, comportamiento de la atmosfera, la capacidad del suelo y las características del subsuelo pueden variar al igual que las variables meteorológicas y climatológicas, entre otros factores que se encuentran inmersos en una estructura hidrográfica.
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