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Trafico De Niñas Y Adolcentes


Enviado por   •  3 de Marzo de 2015  •  752 Palabras (4 Páginas)  •  196 Visitas

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TRÁFICO DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES

ARTÍCULO 188 C. Tráfico de niñas, niños y adolescentes. [Adicionado mediante el artículo 6 de la ley 1453 de 2011] El que intervenga en cualquier acto o transacción en virtud de la cual un niño, niña o adolescente sea vendido, entregado o traficado por precio en efectivo o cualquier otra retribución a una persona o grupo de personas, incurrirá en prisión de treinta (30) a sesenta (60) años y una multa de mil (1.000) a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. El consentimiento dado por la víctima o sus padres, o representantes o cuidadores no constituirá causal de exoneración ni será una circunstancia de atenuación punitiva de la responsabilidad penal.

En este caso la ley busca proteger a los niños y adolescentes en el siguiente cuadro se muestran las maneras de recaer en este delito.

La pena descrita en el primer inciso se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando:

1. Cuando la víctima resulte afectada física o síquicamente, o con inmadurez mental, o trastorno mental, en forma temporal o permanente. Es decir sea víctima de perturbaciones físicas o psíquicas permanentes o transitorias.

2. El responsable sea pariente hasta el tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil del niño, niña o adolescente. Ya que se presenta un abuso e confianza.

3. El autor o partícipe sea un funcionario que preste servicios de salud o profesionales de la salud, servicio doméstico y guarderías. Por su revestimiento, y por qué para estas personas es más fácil acercarse a las víctimas.

4. El autor o partícipe sea una persona que tenga como función la protección y atención integral del niño, la niña o adolescente. Como ya lo estipulamos por el abuso de confianza que se presenta.

USO DE MENORES DE EDAD LA COMISIÓN DE DELITOS.

Artículo 188D. Uso de menores de edad la comisión de delitos. [Adicionado mediante el artículo 7 de la ley 1453 de 2011] El que induzca, facilite, utilice, constriña, promueva o instrumentalice a un menor de 18 años a cometer delitos o promueva dicha utilización, constreñimiento, inducción, o participe de cualquier modo en las conductas descritas, incurrirá por este solo hecho, en prisión de diez (10) a diez y veinte (20) años. El consentimiento dado por el menor de 18 años no constituirá causal de exoneración de la responsabilidad penal. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad si se trata de menor de 14 años de edad. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad en los mismos eventos agravación del artículo 188C.

En este delito se busca proteger a nuestros niños de las personas que al saber que un menor tiene menor responsabilidad penal los inducen a cometer actos ilícitos los casos de agravación son los mismo del articulo anterior.

VIOLACIÓN

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