Tributaccion Los Bienes
Enviado por erikaleguisamo • 23 de Noviembre de 2015 • Apuntes • 3.109 Palabras (13 Páginas) • 142 Visitas
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES
”UNIANDES”
[pic 1]
Integrantes:
- Jessica Maricela Quishpe
- Jessica Yajaira Leguisamo
- Pamela Cristina Mayo
- Wendy Priscila Tasipanta
- Luis Carlos Jerez
- Andrea Cristina Alarcón
Docente: Dra. Mónica Salame
Tema: Los Bienes
Ambato – Ecuador
2014-2015
Objetivo
Investigar las distintas definiciones y clasificaciones de los bienes.
Introducción.
En el siguiente Informe vamos a dar a conocer acerca de los bienes, tomando como referencia el punto de vista de distintos autores los mismos que son: el señor Raúl Humberto Ochoa Carvajal en su libro Bienes, el Abogado Aníbal Cornejo Manríquez en su libro denominado Derecho Civil en Preguntas y Respuestas, los distintos Artículos del Código Civil que a continuación en el siguiente informe detallaremos de una manera interpretativa.
Desarrollo.
Según (Cornejo., 2007)“
Según (Cabanellas, Diccionario Juridico Elemental, 1997)“ Cosa se refiere al objeto del derecho o de los derechos u obligaciones de modo exclusivo en la esfera de lo jurídico, expresa lo material en una casa, una finca, el dinero frente a lo inmaterial en derechos un crédito una obligación o facultad.
Según la historia Bienes es el plural de la palabra bien, que tiene su origen en el término latino bene y se le puede dar tres grandes usos a este concepto: el bien filosófico, el bien económico y el bien jurídico.
En nuestro Código Civil parte de la circunstancia de que sea desplazado en el espacio lo mueble e inmueble.
En el derecho Romano diferencia mueble de inmueble sin darle ninguna importancia.
En la época de Justiniano se basó en la evolución de la economía Romana y así se llegó a elaborarse.
En el derecho germánico atendió la distinción y dio otras clases de muebles e inmuebles dando la clasificación a las inmateriales.
En el derecho francés se da la extensión de la clasificación de los bienes en incorporales
Definiciones de los términos.
Cosa es todo lo que existe, sin ser persona y además, que pueda percibirse mediante la imaginación”. Según (Cabanellas, Diccionario Juridico Elemental, 1997)“Bien para la moral, la religión, la filosofía, la ética, el derecho, lo perfecto, especialmente en la conducta humana quiere decir utilidad, conveniencia, beneficio, bienestar y provecho”.
Dentro del campo estrictamente jurídico, aunque cabe hablar de un bien mueble, inmueble o incorporal, el tecnicismo prefiere emplear el plural bienes para referirse a cuanto puede constituir objeto de un patrimonio familiar y bienes de familia.
Público esta expresión se utiliza para indicar aquellos intereses que, por vitales para la colectividad o pueblo deben ser respetados por todos.”
Según (Holguin) “Por bienes o cosas se entiende en el Derecho Civil cuando puede ser objeto de derechos, los derechos corresponden a las personas que son los sujetos y las cosas o bienes, pertenecen sirven o son debidos a otros en calidad de objetos.
Las clasificaciones de los bienes dan la idea del amplio contenido de este concepto”.
Cosas que pudiendo procurar al hombre una utilidad, son susceptibles de apropiación por los particulares.
Clasificación de los bienes
1) Según (Ochoa, 2006) “los bienes se clasifican Cosas corporales y son las que tienen un ser real y pueden ser percibidas y apreciadas por los sentidos ejemplo animales, casas, libros y estas se dividen a su vez en muebles e inmuebles
Muebles._ son las que pueden trasladarse o ser trasladadas de un lugar a otro sin que pierdan su individualidad, sin que dejen de ser lo que son en fin sin detrimento.
Muebles por su naturaleza._ son los que pueden transportase sea que se muevan ellas mismas semovientes ejemplo los animales sea por una fuerza exterior como un automóvil, una máquina de escribir, cosas inanimadas
Muebles por anticipación._ son los que siendo actualmente inmuebles se reputan muebles para constituir un derecho a favor de terceros como los productos de los muebles y cosas accesorias a ellos.
Inmuebles._ son las que tienen una situación fija no pudiendo trasladarse de un lugar a otro y si en el hecho lo fueran pierden su individualidad y se clasifican en tres grupos.
Inmuebles por naturaleza._ son los que no pueden trasladarse de un lugar a otro ejemplo las minas y tierras.
Inmuebles por adherencia._ son aquellos bienes que aunque muebles se reputan inmuebles por estar permanentemente adheridos a un inmueble. Ejemplo una planta adherida al suelo.
Inmuebles por destinación._ son aquellos que por su naturaleza no lo son pero a los cuales la ley atribuye este carácter por estar permanentemente destinados al uso, cultivo y beneficio de un inmueble ejemplo los utensilios de labranza o minería, las losas de un pavimento.
Muebles incorporados a un inmueble._ las cosas de comodidad u ornato que se clavan o fijan en la pared de las casas y pueden removerse fácilmente sin detrimento de las mismas paredes como estufas, espejos, cuadros.
Cosas accesorias a bienes raíces._ las cosas accesorias a bienes raíces se reputan inmuebles no dejan de serlo por su separación momentáneamente por ejemplo las cebollas que se arrancan para volverlas a plantar, las losas o piedras que se encajan en el lugar para la construcción con el ánimo de volverlas a el con el fin de darles diferente destino dejan de ser inmuebles.
Cosas fungibles._ son aquellas que en concepto de las partes pueden ser reemplazadas por otras equivalentes y las que tienen igual poder liberatorio ejemplo el vino, el agua
Cosas no fungibles._ las que no pueden ser reemplazadas por otras ejemplo una pintura famosa.
2) Cosas incorporales son las que no se pueden tocar y consisten en derechos tampoco se pueden percibir por los sentidos.
Derechos reales._ son las facultades de una persona frente a una cosa
* Es el dominio. Es la relación jurídica entre el dueño y la cosa de su propiedad, configurando así el contenido del derecho de propiedad sobre una cosa corporal.
...