Un estado unitario
Enviado por marcelitaco • 18 de Marzo de 2014 • Trabajo • 641 Palabras (3 Páginas) • 319 Visitas
ESTADO UNITARIO
Se trata de un estado fuertemente centralizado y concentrado, es decir el poder y la toma de decisiones se concentra en un solo nivel (el nivel nacional), pudiendo a veces dejar en manos de otros órganos (desconcentrar) algunas actividades o funciones.
La Constitución Política de 1991, en el artículo 1° establece que:
“Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales”
En el artículo 209 de la Constitución, se dice que:
“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla…, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones…”. Interpretando los textos constitucionales, se observa que la Constitución armoniza el Estado unitario con la descentralización, la desconcentración y la delegación. Lo anterior está indicando un centro de impulsión política y gubernamental, lo cual se confirma en los artículos 115 y 189 de la Constitución, al instituir al Presidente de la República como jefe de Estado, jefe de gobierno y suprema autoridad administrativa.
Pero se le atribuyeron competencias a las entidades territoriales, por ejemplo el artículo 287 de la Carta expresa:
“Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la ley. En el régimen constitucional colombiano se ha armonizado el Estado unitario con la descentralización territorial. No hay incompatibilidad en que el Presidente de la República ostente la triple calidad de jefe de Estado, jefe de gobierno y suprema autoridad administrativa, y que las entidades territoriales ejerzan sus propias competencias conforme a la ley.
Colombia como república está conformada por unidades menores sin capacidad legislativa, fundamentalmente por departamentos y municipios. No obstante, existen otras figuras de organización políticas administrativas, pero no del todo desarrollado o subsidiario; ellas serán objeto de estudio en el aparte correspondiente a la organización político administrativa o de ordenamiento territorial propiamente dicho. Para resaltar, como novedoso en este campo, el reconocimiento como entidades territoriales, homólogas a los municipios, a las entidades territoriales indígenas, que aunque existían no eran valoradas y distinguidas de manera positiva.
Que haya descentralización administrativa en Colombia significa que a las entidades territoriales mencionadas (departamentos, municipios) el constituyente les ha otorgado poderes, funciones, atribuciones, que les son propias, que no van a depender del gobierno central. Es decir se vienen entregando responsabilidades a las entidades territoriales en materias específicas, porque no es en todos los órdenes. Las autonomías existen para gobernarse, administrar los
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