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Última reforma publicada DOF 08-06-2012


Enviado por   •  12 de Febrero de 2013  •  Tesis  •  306 Palabras (2 Páginas)  •  417 Visitas

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LEY DE AGUAS NACIONALES

Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de diciembre de 1992

TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 08-06-2012

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la

República.

CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus

habitantes sabed:

Que el H. Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

D E C R E T O

"EL CONGRESO DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

LEY DE AGUAS NACIONALES

TÍTULO PRIMERO

Disposiciones Preliminares

Capítulo Único

ARTÍCULO 1. La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de observancia general en todo el

territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto regular la

explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación

de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable.

ARTÍCULO 2. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todas las aguas nacionales, sean

superficiales o del subsuelo. Estas disposiciones también son aplicables a los bienes nacionales que la

presente Ley señala.

Las disposiciones de esta Ley son aplicables a las aguas de zonas marinas mexicanas en tanto a la

conservación y control de su calidad, sin menoscabo de la jurisdicción o concesión que las pudiere regir.

Artículo reformado DOF 29-04-2004

ARTÍCULO 3. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

I. "Aguas Nacionales": Son aquellas referidas en el Párrafo Quinto del Artículo 27 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos;

II. "Acuífero": Cualquier formación geológica o conjunto de formaciones geológicas hidráulicamente

conectados entre sí, por las que circulan o se almacenan aguas del subsuelo que pueden ser extraídas

para su explotación, uso o aprovechamiento y cuyos límites laterales y verticales se definen

convencionalmente para fines de evaluación, manejo y administración de las aguas nacionales del

subsuelo;

LEY

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