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Ultima Reforma


Enviado por   •  18 de Octubre de 2012  •  256 Palabras (2 Páginas)  •  419 Visitas

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ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUANAJUATO, NÚMERO 206, TERCERA PARTE, 27 DE DICIEMBRE DE 2011.

Código publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, número 19 el 8 de marzo de 1934.

El ciudadano MELCHOR ORTEGA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, a los habitantes del mismo sabed:

DECRETO NÚMERO 341

La H. XXXIV Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, decreta:

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO

LIBRO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

TÍTULO PRIMERO

PARTES

Capítulo Primero

Personas que Pueden Intervenir en un Procedimiento Judicial

ARTÍCULO 1. Solamente puede iniciarse la actividad judicial a instancia de parte legítima.

ARTÍCULO 2. Puede intervenir en un procedimiento judicial toda persona que tenga interés directo o indirecto en el negocio que amerite la intervención de la autoridad judicial.

ARTÍCULO 3. Las personas de que habla el artículo anterior intervendrán por sí o por medio de las personas que las representen de acuerdo con la Ley Civil.

ARTÍCULO 4. Mientras una persona conserve las características señaladas por el artículo 2o., será parte en el negocio judicial.

ARTÍCULO 5. Cuando haya transmisión a un tercero del interés de que habla el artículo 2o., la parte que haya transmitido sus intereses perderá aquel carácter y lo adquirirá aquel a cuyo nombre se haya verificado la transmisión.

ARTÍCULO 6. Las substituciones personales de las partes en un procedimiento judicial no afectaran a éste, a menos que dichas substituciones impliquen variación en la relación substancial. 2

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