ACTIVIDAD #8: ALCANCE DE LAS FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL Y EL EJERCICIO DEL SUPLENTE
Enviado por Paola816 • 22 de Octubre de 2020 • Trabajo • 699 Palabras (3 Páginas) • 197 Visitas
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ACTIVIDAD #8: ALCANCE DE LAS FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL Y EL EJERCICIO DEL SUPLENTE
LISBETH PAOLA RODRIGUEZ MORANTE
YARLE LORENA VIZCAÍNO VILLALOBOS
TUTOR: MARTHA LILIANA OLAYA
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS
CONTADURÍA PÚBLICA – SEMESTRE IX
BARRANQUILLA- 2020
1. ¿Es obligatoria la suplencia del revisor fiscal en las empresas, por qué?
A la luz del Código de Comercio, no es obligatorio el nombramiento de un revisor fiscal suplente, pero ello no implica que las empresas dentro de sus estatutos contemplen la elección del mismo
Pero es igualmente recomendable se tenga un revisor fiscal suplente, cuando el principal sea una persona natural o jurídica, obviamente cumpliendo los requisitos para ocupar el cargo en cada caso.
Al respecto la circular externa 033 de 1999 de la Junta Central de Contadores, explica:
“Se entiende entonces, que, para el caso del ejercicio de la revisoría fiscal por parte de personas naturales, resulta recomendable la elección de su suplente, en aras de garantizar la continuidad en la prestación del servicio. Por su parte, cuando la elección recae en una persona jurídica, corresponde a los órganos de elección de la persona contratante prever los mecanismos que permitan el reemplazo de la persona natural designada para ejercer la revisoría fiscal, en caso de ausencias temporales o definitivas, debidamente comprobadas. De esta manera, cuando se elige como Revisor Fiscal a una persona jurídica, ésta asume la obligación de designar al principal y al número de suplentes necesarios para cumplir la labor encomendada, de conformidad con los parámetros establecidos por el contratante de sus servicios”
2. ¿Cuáles son las cualidades y funciones del revisor fiscal suplente?
Tiene como objetivo esencial suplir las faltas temporales o absolutas (permanentes) del Revisor Fiscal Principal, cargo que debe ser previamente aceptado por los Contadores Públicos designados y registrados ante el DANCOOP.
3. ¿Qué ha manifestado la administración de impuestos y aduanas nacionales, acerca de las labores y el papel que cumple el revisor fiscal suplente en las empresas?
Como la responsabilidad es personal e intransferible, resulta discutible que a la luz normativa el concepto emitido por la DIAN en el que considera que basta con que el suplente del revisor fiscal esté inscrito en la cámara de comercio para que pueda suscribir una declaración tributaria , cuando quien esté actuando es titular o principal. esta situación puede conllevar la tergiversación en la responsabilidad que atañe a quien ejerce el cargo como principal y a diluir cuando se trate de firmar las declaraciones tributarias, lo cual se convierte en costumbre cuando se trata de firmar dichos documentos y se convoca transitoriamente al suplente, por el solo hecho de estar inscrito en la cámara respectiva, y se traslada la responsabilidad que concierne al principal.
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