ALLANAMIENTO DE MORADA.
Enviado por eduardohh • 27 de Octubre de 2016 • Documentos de Investigación • 1.540 Palabras (7 Páginas) • 241 Visitas
ELEMENTOS DELITOS | AMENAZAS Art. 171 CPC | ALLANAMIENTO DE MORADA Art. 173 CPC | VIOLACIÓN A LA INTIMIDAD PERSONAL Art. 175 CPC | TORTURA Art. 176 CPC | DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS Art. 181 CPC |
FIGÚRA BASICA | A quien intimide a otro con causarle daño en su persona o en sus bienes | Al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente y fuera de los casos en que la ley lo permite, se introduzca furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación. | A quien, sin consentimiento del otro o sin autorización judicial, en su caso, y para conocer asuntos relacionados con la intimidad de aquel: •Se apodere de documentos u objetos de cualquier clase; •Reproduzca, circule o publique, por cualquier medio, dichos documentos u objetos; •Utilice medios técnicos para escuchar u observar, transmitir, grabar o reproducir la imagen o el sonido en espacios privados. | Comete el delito de tortura el servidor público, del estado o de los municipios, que en el ejercicio de sus funciones, inflija a una persona dolores o sufrimientos o la coaccione física o moralmente con el fin de: •Obtener de ella, o de un tercero, información o una confesión; •Inducirla a un comportamiento determinado; •Castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido. | Al agente estatal que, con motivo de sus atribuciones, prive de la libertad a una o más personas, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impida el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales procedentes. |
BIEN JURÍDICO TUTELADO | Paz. | La paz y la seguridad social. | La intimidad del pasivo. | La paz y la seguridad social. | La paz y la seguridad social. |
ACCIÓN O CONDUCTA | Causar un estado de zozobra | Introducirse furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación. | Apoderarse de documentos u objetos, reproducir, circular o publicar dichos documentos u objetos, utilizar medios técnicos para escuchar u observar, transmitir, grabar o reproducir la imagen o el sonido en espacios privados. | Ocasionar a una persona dolores o sufrimientos o coaccionar física o moralmente con el fin de obtener de ella información, inducirla a realizar algún hecho o castigarla por un acto que el activo supone que el pasivo cometió. | Privar de la libertad a una o más personas, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona. |
SUJETO ACTIVO Y PASIVO | El activo es quien causa un estado de zozobra en el pasivo, y, el pasivo a quien vive en estado de zozobra. | El activo es quien causa alteración a la paz del pasivo introduciéndose a su departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación, y el sujeto pasivo a quien se le causa una alteración en su paz y seguridad y se introduce el activo a su departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación. | El activo quien viole la intimidad privada del pasivo. El pasivo es a quien se le vulnera su intimidad privada. | Sujeto pasivo, es quien recibe la coacción o se le infligen dolores o sufrimientos y el activo es quien ocasiona a una persona dolores o sufrimientos o coacciona física o moralmente con el fin de obtener del sujeto pasivo información, inducirlo a realizar algún hecho o castigarlo por un acto que el activo supone que el pasivo cometió. | Sujeto activo es quien prive de la libertad al sujeto o sujetos pasivos, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero del pasivo, y el sujeto pasivo es a quien se prive de la libertad. |
OBJETO/COSA | Objeto material, a quien causan un estado de zozobra, y, objeto jurídico es la vida. | Objeto material es el sujeto pasivo, y, objeto jurídico es la paz y la seguridad social. | Objeto material a quien violan su intimidad personal, y, objeto jurídico es paz y seguridad social. | Objeto material, es el sujeto pasivo y objeto jurídico es la paz y la seguridad social. | Objeto material, es el sujeto pasivo y objeto jurídico es la paz y la seguridad social. |
RESULTADO | Causar al pasivo un estado de zozobra. | Menoscabo a la paz y seguridad del pasivo introduciéndose a su departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación. | Violación a la intimidad privada del pasivo. | La declaración, confesión, realización de un hecho o que se hayan infringido dolores o sufrimientos del/al sujeto pasivo. | Desaparición del sujeto pasivo. |
ELEMENTOS DEL TIPO | A quien intimide a otro con causarle daño en su persona o en sus bienes | Quien se introduzca furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación. | Quien viole la intimidad privada del pasivo, apoderándose de documentos u objetos, reproducir, circular o publicar dichos documentos u objetos, utilizar medios técnicos para escuchar u observar, transmitir, grabar o reproducir la imagen o el sonido en espacios privados. | Causar a una persona dolores o sufrimientos o coaccionar física o moralmente con el fin de obtener de ella información, inducirla a realizar algún hecho o castigarla por un acto que el activo supone que el pasivo cometió. | Privar de la libertad a una o más personas, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona. |
FORMAS DE EJECUCIÓN | Doloso. | Doloso o culposo. | Doloso. | Doloso. | Doloso. |
NEXO CAUSAL | Sobrevino el estado de zozobra al sujeto pasivo a causa de la intimidación del sujeto activo. | Resultó una alteración a la paz y seguridad del sujeto pasivo a causa de la intromisión furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación. | El sujeto activo viola la intimidad del pasivo apoderándose de documentos u objetos, reproduce, circula o publica dichos documentos u objetos, utiliza medios técnicos para escuchar u observar, transmitir, grabar o reproducir la imagen o el sonido en espacios privados. | El sujeto pasivo se suicida a causa de la manipulación psicológica o en su caso, la ayuda directa para la consumación del suicidio, que recibe por parte del sujeto activo. | El sujeto activo priva de la libertad al sujeto o sujetos pasivos, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero del pasivo. |
TÍPICIDAD | A quien intimide a otro con causarle daño en su persona o en sus bienes. | Al que, sin motivo justificado, sin orden de autoridad competente y fuera de los casos en que la ley lo permite, se introduzca furtivamente o con engaño o violencia, o sin permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de un lugar habitado o destinado a habitación. | A quien, sin consentimiento del otro o sin autorización judicial, en su caso, y para conocer asuntos relacionados con la intimidad de aquel: •Se apodere de documentos u objetos de cualquier clase; •Reproduzca, circule o publique, por cualquier medio, dichos documentos u objetos; •Utilice medios técnicos para escuchar u observar, transmitir, grabar o reproducir la imagen o el sonido en espacios privados. | Comete el delito de tortura el servidor público, del estado o de los municipios, que en el ejercicio de sus funciones, inflija a una persona dolores o sufrimientos o la coaccione física o moralmente con el fin de: •Obtener de ella, o de un tercero, información o una confesión; •Inducirla a un comportamiento determinado; •Castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido. | Al agente estatal que, con motivo de sus atribuciones, prive de la libertad a una o más personas, seguida de la falta de información o de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de informar sobre el paradero de la persona, con lo cual se impida el ejercicio de los recursos legales y de las garantías procesales procedentes. |
CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN | No existen causas de justificación para este tipo penal. | Ausencia de conducta, estado de necesidad, cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho, inimputabilidad y conducta libre en su causa, e inexigibilidad de otra conducta | Cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho. | No se consideraran como tortura las sanciones o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legales, que sean estrictamente inherentes o incidentales a estas, o derivadas de un acto legítimo de autoridad. | No concurren excluyentes de responsabilidad para este delito. |
CALIFICATIVAS O AGRAVANTES | •A quien, por cualquier forma, ya sea escrita, oral, electrónica o medio de comunicación, informe a un servidor público o particular, a sabiendas de su falsedad, la existencia de explosivos, sustancias toxicas, biológicas, incendiarias o de cualquier otro medio capaz de causar daños en instalaciones públicas o privadas, que produzcan alarma, temor o terror a las personas que se encuentren en su interior, perturben la paz pública o suspendan un servicio. | No existen calificativas ni agravantes para este tipo penal. | No existen calificativas ni agravantes para este delito. | No existen calificativas ni agravantes para este tipo penal. | No existen calificativas ni agravantes para este delito. |
...