ANALISIS DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Enviado por spooki • 19 de Marzo de 2014 • 1.169 Palabras (5 Páginas) • 560 Visitas
Autoridades en Materia Laboral.
Autoridades a quienes compete la aplicación de las normas de trabajo.
* Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
* Secretarias de Hacienda y Crédito Público y de Educación Pública.
* Las autoridades de las entidades federativas y a sus Departamentos de Trabajo.
* Servicio Nacional del Empleo, Capacitación y Adiestramiento.
* Inspección del Trabajo
* Comisión Nacional de los Salarios Mínimos
* Juntas Federales y Locales de Conciliación.
* Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
* Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje.
* Jurado de Responsabilidades.
¿Qué son las juntas de conciliación y arbitraje?
Son autoridades en materia laboral; desempeñan funciones como tribunales de trabajo, les corresponde el conocimiento y la resolución de los conflictos laborales suscitados entre trabajadores y patrones, trabajadores entre sí o entre patrones, derivados de las relaciones de trabajo.
Juntas Federales de Conciliación.
Tienen como objeto actuar como instancia conciliatoria potestativa para los trabajadores y los patrones y como Juntas de Conciliación y Arbitraje en asuntos de menor cuantía.
Se integraran por un representante de gobierno, nombrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que fungirá como Presidente y con un representante de los trabajadores sindicalizados y uno de los patrones, designados de conformidad con la convocatoria que al efecto expida la misma Secretaría.
Sus funciones pueden clasificarse en:
a) De conciliación: en virtud de ellas las juntas deben procurar un arreglo conciliatorio de los
conflictos de trabajo.
b) De instrucción: Las juntas deben recibir las pruebas que los trabajadores o los patrones juzguen conveniente rendir ante ellas, en relación con las acciones y excepciones que pretendan deducir ante la JFCA.
c) De tramitación: Estas facultades atienden a dos problemas específicos, recibir las demandas que sean presentadas y remitirlas a la junta especial p la JFCA.
d) De arbitraje: Deben resolver los conflictos que tengan por objeto el cobro de prestaciones cuyo monto no excedan los tres meses de salario.
e) De denuncia social: Se encarga a las juntas de conciliación la denuncia ante el Ministerio Público cuando un patrón haya dejado de pagar el salario mínimo general a uno o varios de sus trabajadores.
Juntas Locales de Conciliación.
Los gobernadores quedan facultados para instalar JLC en los municipios o zonas económicas que lo requieran, pero no podrán en los municipios o zonas económicas en que estén instaladas juntas de conciliación y arbitraje.
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje es un Tribunal con plena jurisdicción, que tiene a su cargo la tramitación y decisión de los conflictos de trabajo que se susciten entre trabajadores y patrones, derivados de las relaciones de trabajo.
El funcionamiento de la junta puede ser en Pleno o en juntas especiales.
El Pleno lo integran el Presidente de la JFCA y los representantes de los trabajadores y de los patrones.
Las juntas especiales se constituyen de conformidad con la clasificación de las ramas de la industria y de las actividades diversas que determinan la jurisdicción federal.
Órganos de la Junta Federal de
Conciliación y Arbitraje.
* Pleno.
* Las juntas especiales.
* El Presidente de la Junta.
* Los Presidentes de las Juntas Especiales.
* Los Secretarios Generales de la JFCA.
Facultades del Pleno.
a) Normativas: El Pleno el órgano legislativo, le corresponde expedir el reglamento interior.
b) De arbitraje: Debe conocer y resolver los conflictos de trabajo cuando afecten a la totalidad de las ramas de la industria y las actividades representadas en la junta.
c) De revisión: Revisa los actos del Presidente.
d) Administrativas: El Pleno debe de cuidar que se integren y funcionen debidamente las juntas de conciliación.
e) De información: Debe de informar a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de las deficiencias que observe en el funcionamiento de la junta.
Juntas Especiales.
Las juntas especiales conocen de asuntos relacionados con determinadas ramas de la industria o bien, conocen
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