DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Enviado por lorain66 • 22 de Octubre de 2012 • 5.856 Palabras (24 Páginas) • 481 Visitas
• DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
Es aquella rama del Derecho que tiene como finalidad dirimir conflictos de jurisdicción internacionales; conflictos de ley aplicable y los conflictos de ejecución y determinar la condición jurídica de los extranjeros.
Esta rama del Derecho analiza las relaciones jurídicas internacionales ya sea entre privados, o donde existe un interés privado. Esta relación jurídica tiene la particularidad de tener un elemento extraño al derecho local, que suscita ya sea conflictos de jurisdicción o de ley aplicable, y su fin es determinar quién puede conocer sobre el tema y que derecho debe ser aplicado. En algunos países a esta rama del derecho se le conoce como Derecho Civil Internacional.
Cabe recalcar que el Derecho internacional privado no soluciona los conflictos, simplemente determina la norma o ley de qué país se debe utilizar en la solución de conflictos internacionales, así como el juez que resolverá esta controversia (Posición Normativista). Modernamente la doctrina está cambiando hacia una posición sustancialista, en donde dentro del Derecho Internacional Privado se incluyen normas que resuelven directamente los casos que se puedan plantear, y centra el estudio de esta rama del derecho, no ya en la "norma indirecta o de conflicto" sino en las relaciones jurídicas privadas internacionales que es donde realmente radican las controversias de las que se hará cargo el Derecho Privado Internacional.
Trata también temas de gran importancia sobre las relaciones jurídicas entre los estados. En este orden de cosas, regula el exequátur y la extradición.
• DOCTRINAS ESTATUTARIAS
Conjunto de reglas doctrinales elaborados por los juristas desde el siglo XIII al XVIII, es decir, durante seis siglos, para la resolución de conflictos de leyes que podían suscitarse entre las costumbres de un mismo país o entre las leyes nacionales de diferentes países.
Cabe hacer notar que la doctrina de los autores de Derecho Internacional Privado considera la Teoría de los Estatutos como un conjunto de reglas propuestas por diversos autores que quisieron resolver primero conflictos ínter locales y más tarde conflictos internacionales.
Es difícil señalar en qué consiste esa doctrina y cuáles son sus soluciones porque duró siglos y evolucionó mucho. Además como veremos más adelante, autores de una misma escuela sentaron principios de solución diferentes.
• ORIGEN DE LAS DOCTRINAS ESTATUTARIAS:
La teoría de los estatutos se manifestó, principalmente, en cuatro grandes escuelas jurídicas que nacieron y se desarrollaron en épocas y países distintos:
1. La Escuela Italiana.
2. La Escuela Francesa (siglo XVI).
3. La Escuela Holandesa (siglo XVIII).
4. La escuela Francesa del Siglo XVIII o Neoestatutaria.
Esta escuelas recibieron estos nombres, no en razón de la nacionalidad de los juristas que a ellas dieron forma, sino en razón del país en que nacieron: “La Escuela Italiana, nació en Lombardilla, Italia, en el Siglo XIV; la Francesa, procedió de Francia, en el siglo XVI; la Holandesa, surgió en Holanda, en el siglo XVII, y finalmente, la Escuela Francesa del Siglo XVIII, tuvo su origen y se desarrolló en Francia.
También cabe señalar que dichas escuelas no existieron simultáneamente como las Escuelas Modernas del Derecho Internacional Privado, sino que aparecieron en forma sucesiva, pudiendo decirse, según Niboyet, que cada una fue, en cierto modo, derivación de la anterior.
• DIFERENTES ESCUELAS ESTATUTARIAS:
a) ESCUELA DE LOS GLOSADORES
Es un grupo de juristas vinculado a la recepción del Derecho Romano Justinianeo en occidente, que se desarrolló desde fines del siglo XI, hasta mediados del siglo XIII.
En el siglo X se produjo en Italia el redescubrimiento del Derecho Romano del Corpus Iuris Civilis (Derecho Romano Justinianeo), que se encontraba en unos libros que el emperador de oriente Justiniano había mandado a realizar en el siglo VI. En este contexto de recepción de un orden jurídico desconocido surge esta escuela de juristas, a la cual se le denominó "de los Glosadores" por utilizar principalmente la Glosa en sus análisis del Corpus Iuris Civilis.
Al ser el Derecho Romano Justinianeo muy vasto y complejo, y al constituir un derecho nuevo en occidente, se hizo necesario que alguien se encomendara a la tarea de aclarar su sentido para lograr su comprensión y posterior aplicación en el contexto del Sacro Imperio Romano Germánico, que se sentía continuador de la tradición del Antiguo Imperio.
La Escuela de los Glosadores comenzó a desarrollarse a fines del siglo XI en la Universidad de Bolonia, razón por la cual también se la conoce como "escuela de Bolonia". Dicha universidad había sido creada en 1088 por el monje Irnerio y sus primeros profesores fueron los cultivadores de este tipo de análisis jurídico.
La Glosa consistió en analizar un texto, aclarando y explicando el significado de sus palabras o fragmentos, hasta llegar a hacer una interpretación general de éste. Es decir, la glosa en un primer momento era de significado, luego lo fue de sentido. Así, pues, el método de la glosa experimentó un desarrollo, originalmente fue una simple apuntación gramatical o lexicográfica, hasta llegar a ser una explicación acerca de la razón del texto.
Desde una mirada científica, la escuela de los Glosadores se relaciona con el método utilizado por el pensamiento escolástico, es decir, se inspiró en las artes del triuvium: gramática, retórica y dialéctica.
Los Glosadores también cultivaron otros estilos jurídicos, como:
La Suma: Fue una versión resumida del Corpus Iuris de Justiniano, o de alguna de sus partes.
Los Brocardos: Eran principios o máximas de derecho extraídas del Corpus Iuris, redactadas en forma breve para su fácil memorización y aplicación.
Los Vocabularios: Fueron verdaderos diccionarios jurídicos, donde se exponían palabras extraídas del Corpus Iuris ordenadas alfabéticamente con sus significados.
Los Glosadores no sólo se abocaron a la tarea de aclarar el significado del Derecho Romano Justinianeo, sino que también hicieron importantes aportes al estudio del derecho. Algunas tareas relevantes desempeñadas por los Glosadores fueron:
Reconstruir el texto íntegro del Corpus Iuris Civilis a partir de todos los fragmentos conocidos.
Realizar una nueva clasificación del Corpus.
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