Administrativo Especial
Enviado por fatimapaola20 • 6 de Agosto de 2014 • 1.177 Palabras (5 Páginas) • 265 Visitas
1) Indique los datos de publicación de la ley orgánica de identificación ubicada en gaceta oficial
14 de Junio de 2006
2) ¿Cuál es el objeto de la ley orgánica de identificación?
La ley orgánica de identificación tiene por objeto regular y garantizar la identificación de todos los venezolanos y venezolanas que se encuentran dentro y fuera del territorio nacional, de conformidad establecido en la constitución de la república bolivariana de Venezuela
3) Cuáles son los medios de identificación
• Partida de Nacimiento
• Cedula de Identidad
• Pasaporte
4) ¿Qué se entiende por identificación?
Es el conjunto de datos básicos que individualizan y diferencian a una persona con respecto a otros individuos y que sirve de fuente de información para su reconocimiento
5) Nombre 5 elementos básicos de identificación
• Nombres y Apellidos
• Sexo
• Fecha de Nacimiento
• Lugar de Nacimiento
• Dibujos de sus Crestas Dactilares
6) En cuanto al Art. De identidad responda lo siguiente
Definición: La Cédula de Identidad constituye el documento principal de identificación, para los actos civiles, mercantiles, administrativos, judiciales y para todos aquellos casos en los cuales su presentación sea exigida por la ley. Su expedición será de carácter gratuito y de uso personal e intransferible
Contenido: La República Bolivariana de Venezuela, por órgano del ministerio con competencia en materia de identificación de los habitantes de la República, otorgará las cédulas de identidad. Estas contendrán las especificaciones siguientes
1. Apellidos y nombres.
2. Fecha de nacimiento.
3. Estado Civil
4. Fotografía a color.
5. Firma e impresión dactilar del pulgar derecho de su titular y, en su defecto del pulgar izquierdo.
6. Firma del funcionario autorizado.
7. Número que se le asigne.
8. Nacionalidad y término de permanencia autorizada a su titular en el país, cuando se trate de extranjero o extranjera
9. En el caso de la cedulación indígena, incluir en la cédula de identidad, el pueblo o
comunidad indígena a la cual pertenece.
10. Fecha de expedición y de vencimiento.
11. Cualquier otra disposición aprobada por el Ejecutivo Nacional por órgano del
ministerio con competencia en materia de identificación de los habitantes de la
República, que garantice el otorgamiento de un documento de identificación seguro, eficiente y que facilite la identificación del ciudadano y el ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales.
Otorgamiento: El Ejecutivo Nacional, por órgano del ministerio con competencia en materia de identificación de los habitantes de la República, otorgará a los venezolanos y venezolanas por nacimiento, la cédula de identidad con la sola presentación de la partida de nacimiento; a los venezolanos y venezolanas por naturalización con la presentación de la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, en la cual conste haber adquirido la nacionalidad venezolana y a los extranjeros o extranjeras titulares de la visa o condición de permanencia perteneciente a las categorías migrante temporal o migrante permanente, mediante la presentación del instrumento que acredite su condición en el país, otorgado por la autoridad competente
Vigencia: La cédula de identidad tendrá una vigencia de diez años, contados a partir de la fecha de expedición. En el caso de los extranjeros o extranjeras, la vigencia será determinada por el término establecido en el visado correspondiente.
Renovación: Los venezolanos, venezolanas, extranjeros y extranjeras, tendrán derecho a tramitar el otorgamiento de una nueva cédula de identidad, por motivo de vencimiento, pérdida, deterioro, cambio de estado civil o cualquier otra modificación de los elementos de identificación.
7) En cuanto al pasaporte responde lo siguiente :
Definición:
El pasaporte es el documento de identificación de los venezolanos y venezolanas en el extranjero, expedido por el Estado a través del ministerio con
competencia en materia de identificación de los habitantes de la República o aquel que por acuerdos, convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados
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