Amparo
Enviado por cemjaz • 12 de Mayo de 2015 • Tesina • 3.759 Palabras (16 Páginas) • 179 Visitas
Segundo Cuestionario de Amparo.
1. Señale y fundamente los requisitos de la demanda genérica de amparo indirecto.
Articulo 108. La demanda de amparo indirecto deberá formarse por escrito o por medios electrónicos en los casos que la ley lo autorice, en la que se expresará:
I. El nombre y el domicilio del quejoso y del que promueve en su nombre, quien deberá acreditar su representación.
II. El nombre y domicilio del tercero interesado, y si no lo conoce, manifestarlo así bajo protesta de decir verdad;.
III. La autoridad o autoridades responsables;
IV. La norma general, acto u omisiones que de cada autoridad se reclamar;
V. Bajo protesta de decir verdad, los hechos o abstenciones que constituyan los antecedentes del acto reclamado o que sirvan de fundamento a los conceptos de violación;
VI. Los preceptos que, conforme al artículo 1o de esta Ley, contengan los derechos humanos y las garantías cuya violación se reclame;
VII. Si el amparo se promueve con fundamento en la fracción II del artículo 1 de esta Ley, deberá precisarse la facultad reservada a los estados u otorgada del Distrito Federal que haya sido invadida por la autoridad federal; si el amparo se promueve con apoyo en la fracción III de dicho artículo, se señalará el precepto de la Constitución General de la República que contenga la facultad de la autoridad federal que haya sido vulnerado o restringida; y
VIII. Los conceptos de violación.
2. ¿A quién se dirige la demanda de amparo indirecto?
Se presenta ante el Juez de Distrito
3. ¿Qué conductas puede desarrollar la persona autorizada conforme a lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?
Para oír notificaciones en su nombre, quien quedara facultado para interponer los recursos que proceden, ofrecer y rendir pruebas, alegar en las audiencias, solicitar su suspensión o diferimiento y realizar cualquier acto que resulte ser necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pero no podrá substituir o delegar dichas facultades en un tercero.
En materia civil, mercantil, laboral tratándose del patrón, o administrativa, la persona autorizada, deberá acreditar encontrarse legalmente autorizada para ejercer la profesión de licenciado en derecho o abogado, deberá proporcionarse los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización. Sin los datos correspondientes en el escrito en que se otorgue dicha autorización. Sin embargo, las partes podrán designar personas solamente para oír notificaciones e imponerse de los autos, a cualquier persona con capacidad legal, quien no gozara de las demás facultades q que se refiere el párrafo anterior.
4. ¿Qué es un concepto de violación?
Es la parte medular, es donde el quejoso vierte su razonamiento logico-juridico para sustentar la inconstitucionalidad del acto reclamado.
5. ¿Cómo se conforma estructuralmente un concepto de violación?
Silogismo jurídico:
-Premisa mayor> la garantía de la que es titular el quejoso.
-Premisa menor> el acto reclamado.
6. ¿En qué casos se puede pedir amparo a través de la demanda del artículo 109 de la Ley de Amparo?
Cuando se promueva el amparo en los términos del artículo 15 de esta ley, bastará para que se dé trámite a la demanda, que se exprese:
I. El acto reclamado;
II. La autoridad que lo hubiere ordenado si fuera posible;
III. La autoridad que ejecute o trate de ejecutar el acto; y
IV. En su caso, el lugar en que se encuentre el quejoso.
7. ¿Cuántas copias de la demanda de amparo indirecto deben acompañarse a ésta? Explique y fundamente
R= Copias para cada una de las partes y dos para el incidente de suspensión, siempre que se pidiere y no tuviere que concederse de oficio. Esta exigencia no será necesaria en los casos que la demanda se presente en forma electrónica.
Contenido en el artículo 110 de la Ley de Amparo.
8. ¿Qué sucede si no se exhiben todas las copias legalmente requeridas de la demanda? Fundamente
R= Se previene conforme al artículo 114 fracción V, el cual dice que el desahogo de ésta prevención se hará dentro de un plazo de 5 días, de lo contrario si no la desahoga se tendrá por no presentada.
En ese mismo artículo nos menciona que, en caso de falta de copias, se estará a lo dispuesto por el artículo 110 de esta Ley. La falta de exhibición de las copias para el incidente de suspensión, sólo dará lugar a la postergación de su apertura. Y el 110 nos menciona que el órgano jurisdiccional de amparo, de oficio, mandará expedir las copias cuando el amparo se promueva por comparecencia, por vía telegráfica o por medios electrónicos, lo mismo que en asuntos del orden penal, laboral tratándose de los trabajadores, cuando se puedan afectar intereses de menores o incapaces, así como los derechos agrarios de los núcleos de población comunal o ejidal o de los ejidatarios o comuneros, así como cuando se trate de quienes por sus condiciones de pobreza o marginación se encuentren en clara desventaja social para emprender un juicio.
9. Concepto de informe justificado
R= Es aquel donde se formula, motiva y fundamenta que llevó a la autoridad a emitir el acto reclamado por el quejoso.
10. Señale y fundamente el contenido del informe justificado
R= El informe se hará por escrito y se expondrán las razones y fundamentos que se estimen pertinentes para sostener la improcedencia del juicio y la constitucionalidad o legalidad del acto reclamado y se acompañará, en su caso, copia certificada de las constancias necesarias para apoyarlo. Artículo 117 párrafo cuarto de la Ley de Amparo
11. Indique y fundamente el plazo judicial que tiene la autoridad responsable para rendir el informe justificado
R= Se hará por escrito o en medios magnéticos dentro del plazo de 15 días, con el cual se dará vista a las partes, o atendiendo a las circunstancias del caso, se podrá ampliar el plazo hasta por 10 días más. Artículo 117 párrafo primero de la ley de Amparo.
En los casos en que el quejoso impugne la aplicación por parte de la autoridad responsable de normas generales consideradas inconstitucionales por la jurisprudencia decretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación o por los Plenos de Circuito, el informe con justificación se reducirá a tres días improrrogables. Artículo 118 de la Ley de Amparo.
12. Mencione y fundamente el o los efectos jurídicos cuando no
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