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Analisis breve copp y cec


Enviado por   •  26 de Julio de 2019  •  Documentos de Investigación  •  916 Palabras (4 Páginas)  •  148 Visitas

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Cuando nos referimos al tema del ya derogado Codigo de Enjuiciamiento Criminal,

Bien ya sea por su larga y penosa transición para juzgar o condenar a un acusado. O por Ese famoso nudo de hecho que recaía sobre un ciudadano común que aún siendo testigo de un hecho delictivo en particular , pasaba a ser acusado junto al causante  “sin derecho a réplica” como coloquialmente se dice. Este sistema basado en denuncias particulares o por oficio se basaba en una averiguación muy somera, ya que la antigua PTJ órgano único encargado de la investigación , probaba de liberta hasta por 8 días según este codigo. Para luego pasar la investigación o acusación directa al tribunal que conocía el caso. Si por alguna razón la investigación no era clara el juez disponía de 8 días más para tratar de dar con la verdad del hecho. Ahora bien mientras esto sucedía los ciudadano involucrado no contaban con abogados que los representarán hasta el inicio del juicio. El Ministerio público no participaba, de hecho no investigaba por que no era su competencia; si no hasta que se iniciará el juicio, siente este prácticamente un juicio en secreto porque sólo las partes involucradas podrían tener acceso al expediente. Por otra parte los escritos acusatorio causaban un retardo procesal de tal magnitud que cuando la decisión era favorable al ciudadano acusado, este tendría un tiempo hasta de años pegando una condena que no no merecía. El sistema era manual y no contaba con una participación plena de órganos de investigación que dieran facilidades al reo. Así entonces podemos de ir claramente que la PTJ y el tribunal se llevaban de la mano.

DIFERENCIAS

  1. MINISTERIO PUBLICO.

Código de Enjuiciamiento Criminal

1.- No participa en la Investigación del hecho, lo hace únicamente la policía.

2.- No participa en la detención del sujeto activo del delito llamado aquí presunto indiciado.

3.- La primera presencia en el proceso del Ministerio Publico es en el acto de Indagatoria (declaración del Presunto Indiciado) y lo hace para garantizar sus derechos.

4.- El Ministerio Publico acusa en el acto de cargos, no interroga testigos, y se basaba solo  en las pruebas obtenidas por la policía. |

Copp.

1.- Si participa en la Investigación del hecho, siendo esta su función primordial.

2.-  participa en la detención del sujeto llamado aquí Imputado.

3.- La primera presencia en el proceso del Ministerio Publico es desde su inicio por cuanto es receptor de denuncias como puede actuar de oficio.

4.- El Ministerio Publico acusa en el juicio Oral y Público, allí interroga testigos y se contradicen las pruebas documentales (ambas partes, la defensa y el Ministerio Publico).

2. El JUEZ.

Código de Enjuiciamiento Criminal

1- No escucha la declaración de los Testigos, durante el proceso.

2.- Ordena auto de detención con las actas escritas de la policía.

3.- Dicta Sentencia sin ver la contradicción de las pruebas entre la defensa y el Ministerio Publico, solo con lo expuesto en las actas

Copp.

1.- Si escucha la declaración de los Testigos, durante el proceso.

.2.- Dicta Orden de aprehensión o medida privativa de libertad a solicitud del Ministerio Publico.

3.- Dicta Sentencia luego de ver la contradicción de las pruebas entre la defensa y el Ministerio Publico, en el Juicio Oral y público.

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