Análisis Ordenanzas. Ordenanzas de Zonificación
Enviado por MELM1610 • 8 de Octubre de 2019 • Resumen • 589 Palabras (3 Páginas) • 130 Visitas
República Bolivariana de Venezuela[pic 1]
Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universidad Nacional Experimental de la Fuerza Armada
Núcleo Miranda Extensión: Ocumare del Tuy
Ingeniería Civil 601
Análisis Ordenanzas
Ordenanzas de Zonificación
En la búsqueda de fomentar el crecimiento nacional de forma ordenada en correlación con los planes de desarrollo económico, existen normativas territoriales que rijan la ordenación del territorio, regulando las áreas de asentamiento poblacional, las zonas de actividades económicas y fiscales y otras que satisfagan las necesidades de la población. Ahora bien, debido a la necesidad de regular de forma específica de los diversos asentamientos poblacionales existen a su vez, leyes de organización urbanística, con la finalidad de controlar el desarrollo de estas áreas a nivel nacional, en la búsqueda de un crecimiento armónico que vaya de la mano con las estrategias de desarrollo nacional. A partir de aquí cada municipio con el fin de adaptar las normativas nacionales a su localidad para buscar el óptimo progreso de la zona, está en potestad de emitir normas locales que regulen tanto las divisiones y subdivisiones de la zona como las actividades de edificación, reparaciones y reformas, las cuales llevan el nombre de ordenanzas de zonificación.
De tal manera que la articulación de todas estas normativas permiten orientar a cada municipio, y por lo tanto a la nación, hacia un progreso estable y ordenado como objetivo. De esta forma las normativas territoriales expresan por ejemplo, entre otras cosas, cual es la entidad pertinente para la autorización de cualquier actividad que implique la ocupación de un territorio, siendo esta la municipalidad en este caso como lo expresa el artículo 55 de la Ley Orgánica de Organización Territorial, donde explica de igual manera el lapso permitido que tiene el Municipio para dar respuesta, 60 días para este caso. Por consiguiente es competencia del Municipio autorizar cualquier actividad que requiera la ocupación y modificación de un territorio dentro de su área, así como de dar consulta a toda persona interesada en construir una edificación o una urbanización, como lo expresa el Artículo 81 de la Ley Orgánica de Ordenación Urbanística, explicando las condiciones generales de urbanización o parcelamiento y las restricciones o limitaciones definidas en la normativa aplicable al terreno que va a ser desarrollado, exigiendo un croquis del terreno y copias de los documentos de propiedad. En los artículos de esta ley que le siguen al ya citado se establecen los plazos para dar respuesta a la consulta, además de la forma de obtener el permiso para comenzar la obra, esto ya en el artículo 84, siendo necesario simplemente manifestar por escrito la intención al municipio, junto con otros documentos que explique los objetivos de la obra, y esperar el tiempo estipulado de respuesta donde el municipio evaluara si el proyecto se ajusta a las normativas para su ejecución, dichos tiempos se encuentra establecidos en el artículo 85 de la misma ley.
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