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Articulo 75


Enviado por   •  18 de Enero de 2012  •  2.118 Palabras (9 Páginas)  •  488 Visitas

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ARTICULO 75. LA LEY REPUTA ACTOS DE COMERCIO:

I. TODAS LAS ADQUISICIONES, ENAJENACIONES Y ALQUILERES VERIFICADOS CON PROPOSITO DE ESPECULACION COMERCIAL, DE MANTENIMIENTOS, ARTICULOS, MUEBLES O MERCADERIAS, SEA EN ESTADO NATURAL, SEA DESPUES DE TRABAJADOS O LABRADOS;

II. LAS COMPRAS Y VENTAS DE BIENES INMUEBLES, CUANDO SE HAGAN CON DICHO PROPOSITO DE ESPECULACION COMERCIAL;

III. LAS COMPRAS Y VENTAS DE PORCIONES, ACCIONES Y OBLIGACIONES DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES;

IV. LOS CONTRATOS RELATIVOS A OBLIGACIONES DEL ESTADO U OTROS TITULOS DE CREDITO CORRIENTES EN EL COMERCIO;

V. LAS EMPRESAS DE ABASTECIMIENTOS Y SUMINISTROS;

VI. LAS EMPRESAS DE CONSTRUCCIONES, Y TRABAJOS PUBLICOS Y PRIVADOS;

VII. LAS EMPRESAS DE FABRICAS Y MANUFACTURAS;

VIII. LAS EMPRESAS DE TRANSPORTES DE PERSONAS O COSAS, POR TIERRA O POR AGUA; Y LAS EMPRESAS DE TURISMO;

IX. LAS LIBRERIAS, Y LAS EMPRESAS EDITORIALES Y TIPOGRAFICAS;

X. LAS EMPRESAS DE COMISIONES, DE AGENCIAS, DE OFICINAS DE NEGOCIOS COMERCIALES, CASAS DE EMPEÑO Y ESTABLECIMIENTOS DE VENTAS EN PUBLICA ALMONEDA;

XI. LAS EMPRESAS DE ESPECTACULOS PUBLICOS;

XII. LAS OPERACIONES DE COMISION MERCANTIL;

XIII. LAS OPERACIONES DE MEDIACION EN NEGOCIOS MERCANTILES;

XIV. LAS OPERACIONES DE BANCOS;

XV. TODOS LOS CONTRATOS RELATIVOS AL COMERCIO MARITIMO Y A LA NAVEGACION INTERIOR Y EXTERIOR;

XVI. LOS CONTRATOS DE SEGUROS DE TODA ESPECIE;

XVII. LOS DEPOSITOS POR CAUSA DE COMERCIO;

XVIII. LOS DEPOSITOS EN LOS ALMACENES GENERALES Y TODAS LAS OPERACIONES HECHAS SOBRE LOS CERTIFICADOS DE DEPOSITO Y BONOS DE PRENDA LIBRADOS POR LOS MISMOS;

XIX. LOS CHEQUES, LETRAS DE CAMBIO O REMESAS DE DINERO DE UNA PLAZA A OTRA, ENTRE TODA CLASE DE PERSONAS;

XX. LOS VALES U OTROS TITULOS A LA ORDEN O AL PORTADOR, Y LAS OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES, A NO SER QUE SE PRUEBE QUE SE DERIVAN DE UNA CAUSA EXTRAÑA AL COMERCIO;

XXI. LAS OBLIGACIONES ENTRE COMERCIANTES Y BANQUEROS, SI NO SON DE NATURALEZA ESENCIALMENTE CIVIL;

XXII. LOS CONTRATOS Y OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADOS DE LOS COMERCIANTES EN LO QUE CONCIERNE AL COMERCIO DEL NEGOCIANTE QUE LOS TIENE A SU SERVICIO;

XXIII. LA ENAJENACION QUE EL PROPIETARIO O EL CULTIVADOR HAGAN DE LOS PRODUCTOS DE SU FINCA O DE SU CULTIVO;

XXIV. LAS OPERACIONES CONTENIDAS EN LA LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO;

XXV. CUALESQUIERA OTROS ACTOS DE NATURALEZA ANALOGA A LOS EXPRESADOS EN ESTE CODIGO.

EN CASO DE DUDA, LA NATURALEZA COMERCIAL DEL ACTO SERA FIJADA POR ARBITRIO JUDICIAL.

ARTICULO 75. LA CAMARA DE DIPUTADOS, AL APROBAR EL PRESUPUESTO DE EGRESOS, NO PODRA DEJAR DE SEÑALAR LA RETRIBUCION QUE CORRESPONDA A UN EMPLEO QUE ESTE ESTABLECIDO POR LA LEY; Y EN CASO DE QUE POR CUALQUIERA CIRCUNSTANCIA SE OMITA FIJAR DICHA REMUNERACION, SE ENTENDERA POR SEÑALADA LA QUE HUBIERE TENIDO FIJADA EN EL PRESUPUESTO ANTERIOR O EN LA LEY QUE ESTABLECIO EL EMPLEO.

EN TODO CASO, DICHO SEÑALAMIENTO DEBERA RESPETAR LAS BASES PREVISTAS EN EL ARTICULO 127 DE ESTA CONSTITUCION Y EN LAS LEYES QUE EN LA MATERIA EXPIDA EL CONGRESO GENERAL.

(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 24 DE AGOSTO DE 2009)

LOS PODERES FEDERALES LEGISLATIVO, EJECUTIVO Y JUDICIAL, ASI COMO LOS ORGANISMOS CON AUTONOMIA RECONOCIDA EN ESTA CONSTITUCION QUE EJERZAN RECURSOS DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION, DEBERAN INCLUIR DENTRO DE SUS PROYECTOS DE PRESUPUESTOS, LOS TABULADORES DESGLOSADOS DE LAS REMUNERACIONES QUE SE PROPONE PERCIBAN SUS SERVIDORES PUBLICOS. ESTAS PROPUESTAS DEBERAN OBSERVAR EL PROCEDIMIENTO QUE PARA LA APROBACION DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS, PREVE EL ARTICULO 74 FRACCION IV DE ESTA CONSTITUCION Y DEMAS DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES.

(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 24 DE AGOSTO DE 2009)

LAS FUENTES EN EL ORDENAMIENTO MEXICANO

Son tres tipos de fuentes del derecho: formales, reales e históricas.

a) Formales.- Son todos aquellos procesos o actos a través de los cuales se identifica a las normas jurídicas dotándolas de juridicidad (validez).

b) Reales o materiales.- Son todos aquellos contenidos normativos que constituyen la materia que se incorpora a las normas jurídicas, como lo son: valores o principios morales, principios sociales, costumbre, criterios, etc.

c) Históricas.- Son aquellos documentos o textos de Derecho Positivo no vigente que funge como inspiración o antecedente de la formalización del derecho.

En las fuentes formales encontramos fuentes directas o indirectas:

Fuentes directas:

- Legislación.- En los sistemas jurídicos de derecho escrito: Es la norma jurídica que, con carácter general y obligatorio resulta de un proceso específico de creación por parte del órgano o autoridad facultada al efecto. Encontramos el Proceso Legislativo: Iniciativa, discusión aprobación, sanción, publicación e iniciación de la vigencia.

- Costumbre.- Es la repetición de acciones al interior de una sociedad, que dada su reiteración, aceptación y permanencia van adquiriendo fuerza normativa, como obligación.

- Tratados internacionales.- Es un acto jurídico que genera normas asumidas voluntariamente por los estados o los organismos internacionales que los llevan a cabo. Los sujetos de los son Estados y las organizaciones internacionales, son personas jurídicas colectivas actúan a través de personas físicas que las represente, estos acuerdos son bilaterales y multilaterales; dependiendo el número que lo contraten.

Fuentes indirectas:

- Jurisprudencia.- Es una institución jurídica que establece los criterios de interpretación o integración de las disposiciones legales que realizan los Tribunales judiciales o administrativos facultados por la ley, mediante la reiteración o solución de contradicción de tesis, y que son de observancia obligatoria para los órganos jerárquicamente inferiores al que pronunció la tesis jurisprudencial.

- Principios generales del derecho.- Es el conjunto de criterios orientadores insertos expresa o tácitamente en todo sistema jurídico, cuyo objeto es dirigir e inspirar al legislador y al juzgador y suplir las deficiencias o ausencias de la Ley u otras fuentes formales. Estos principios son: igualdad, libertad y justicia.

- Doctrina.-Son los estudios, análisis y crítica que los juristas realizan con carácter científico no sólo de los sistemas de Derecho Positivo, sino del Derecho en General

Las fuentes del derecho mercantil son cuatro: la ley, la costumbre y el uso, la jurisprudencia y la doctrina.

Definición de Fuentes de Derecho Mercantil: Las diversas

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