Atributos De Las Personas
Enviado por tonaamaro • 13 de Enero de 2015 • 725 Palabras (3 Páginas) • 207 Visitas
Nombre: es la denominación con que se la conoce y que sirve para identificarlo en la sociedad. Las características del mismo es que es necesario y único, es irrenunciable e inmutable, salvo en casos excepcionales y mediante resolución judicial, ejemplo de ello es cuando una persona al cambiar de sexo decide cambiar su nombre, o cuando teniendo un determinado nombre decide cambiarlo por ser motivo de burlas.
El nombre a su vez está compuesto por el nombre individual o de pila, ejemplo Jorge, Juan, María, Silvia y el apellido, que corresponde al del padre, pudiendo agregar el de la madre.
Domicilio: es la sede legal de la persona, puede suceder que por cuestiones laborales o de salud, la persona pueda tener una residencia provisoria en otro lugar, pero mantiene su domicilio en donde reside habitualmente.
El domicilio general u ordinario puede ser:
Domicilio real: es donde tiene el asiento principal de su residencia o negocio.
Domicilio Legal: es donde la ley presume sin admitir prueba en contrario que una persona reside de manera permanente para ejercer sus derechos y cumplir sus obligaciones, aunque de hecho no esté allí. Un ejemplo puede el de un funcionario público que la ley fija el domicilio en el lugar donde se desempeña. El presidente tiene el domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Patrimonio: es el conjunto de bienes y obligaciones que tienen o no un valor en dinero y que pertenece a una persona. Puede darse tanto en una persona física como jurídica. Ejemplo de aquellos bienes que tienen un valor económico, puede ser un vehículo o un inmueble; aquellos que no tienen un valor económico, puede ser una foto familiar.
Capacidad: es la actitud que tiene la persona para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer por si misma esos derechos o cumplir sus obligaciones
Capacidad de Derecho es la que lo habilita a ser titular de un derecho u obligación.
Capacidad de hecho es la actitud para ejercer por sí mismo esos derechos o cumplir sus obligaciones.
Esa capacidad puede estar restringida por razones legales o de hecho. Son las llamadas incapacidades de hecho y de derecho.
Las incapacidades de derecho surgen de las prohibiciones establecidas por leyes, por ejemplo la prohibición de contraer matrimonio entre hermanos; estas incapacidades no pueden ser salvadas bajo ningún concepto y siempre son relativas porque no hay incapacidad absoluta de derecho; nadie puede ser privado de todos sus derechos.
En la incapacidad de hecho, la persona no puede por sí mismo ejercer un derecho, por ejemplo los menores de edad que no pueden por sí vender una propiedad heredada, pero si es posible
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