CEDULA TRIBUTARIA DE LA RESOLUCION DE RECURSO DE REPOSICIÓN
Enviado por marcos960413 • 13 de Julio de 2013 • 17.499 Palabras (70 Páginas) • 1.385 Visitas
CEDULA TRIBUTARIA
DE LA RESOLUCION DE RECURSO DE REPOSICIÓN
El suscrito, notificador de la Dirección de Grandes Contribuyentes, de la DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS (DGI), por vía de notificación y por medio de la presente Cédula, de conformidad con los Artos. 65, 84 al 87 de la Ley 562, Código Tributario de la República de Nicaragua (CTr.); al contribuyente: IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA, OCAL, SOCIEDAD ANÓNIMA, RUC: J0310000004153. Hágole saber que, según Resolución de Recurso de Reposición Nº. RSRP/DGI/DF/098/25/12/2011, se determinó lo siguiente:
RESUELVE
I
Modificar los ajustes determinados en la Resolución Determinativa No. DGC-REDE-01-013-03-2013, según Acta de Cargos No. DGC-ACCA-01-001-01-2013, en el Impuesto: IMPUESTO SOBRE LA RENTA, del período Enero a Diciembre 2008, al Contribuyente: IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA, OCAL SOCIEDAD ANÓNIMA RUC No. J0310000004153 conforme el siguiente detalle:
IMPUESTO : IMPUESTO SOBRE LA RENTA
PERÍODO : ENERO A DICIEMBRE 2008
DECLARACIÓN
SALDO A FAVOR SEGÚN ACTA
SALDO A PAGAR AJUSTE
AL IMPUESTO MULTA POR
CONTRAVENCIÓN TOTAL
C$ 1,426,839.74 C$ 6,002,041.76 C$ 7,428,881.50 C$ 1,857,220.38 C$ 9,286,101.88
II
Multa aplicada con base en los Arto. 137 de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua.
III
El monto ajustado está sujeto a recargos por mora; conforme lo indicado en los Artos. 51 y 131 de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua.
IV
Informar al contribuyente: IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA OCAL, SOCIEDAD ANONIMA., RUC: No J0310000004153 que una vez notificada esta Resolución Recurso de Reposición No. DGC-REDE-01-013-03-2013, podrá interponer Recurso de Revisión ante el Director General de Ingresos, en un plazo de (10) diez días hábiles después de notificada esta Resolución de Recurso de Reposición y presentar las pruebas en un plazo de (10) diez días hábiles contados a partir de la fecha de interposición del recurso, de conformidad con el Arto. 98 de la Ley No. 562 “Código Tributario de la República de Nicaragua”. De no cumplir con los plazos señalados pierde el derecho otorgado en el Arto. 98 de la Ley No. 562 “Código Tributario de la República de Nicaragua”.
El Recurso Interpuesto debe cumplir con los requisitos que se establecen en el Arto. 94 de la Ley 562 “Código Tributario de la República de Nicaragua”. Si esta Resolución no es impugnada será de obligatorio cumplimiento, en el plazo de cinco días después de vencido el término para impugnar conforme el Arto. 96 numeral 3 segundo párrafo de la Ley No. 562 “Código Tributario de la República de Nicaragua”.
Notifíquese: Lic. SERGIO CENTENO CAFFARENA. Director de Grandes Contribuyentes
Nombre del Notificador:
Nombre de la Persona que recibe
la Cédula Tributaria:
No. de Cédula de Identidad:
No. de Cédula de Identidad:
Hora: | Día: | Mes: | Año:
Cargo ó relación con la persona
Notificada:
Firma del Notificador:
Firma de la Persona que recibe
la Cédula Tributaria:
R E SO L U C I Ó N D E L
R E C U R S O D E R E P O S I C I Ó N
La Dirección de Grandes Contribuyentes de la DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS, en la ciudad de Managua, Nicaragua, a los Treinta días del mes de Abril del año dos mil Trece. A las once de la mañana.
VISTOS RESULTA
La Dirección General de Ingresos, mediante la Dirección de Grandes Contribuyentes dictó la Resolución Determinativa No. DGC- REDE- 01-013-03-2013, por ajustes formulados a las declaraciones del Impuesto sobre la Renta periodo Enero a Diciembre 2008 del Contribuyente: IMPORTADORA DISTRIBUIDORA OCAL, SOCIEDAD ANONIMA., RUC: No J0310000004153, mediante el cual resolvió:
I
Modificar parcialmente los ajustes determinados en la Resolución Determinativa No. DGC-REDE-01-013-03-2013, según Acta de Cargos No. DGC-ACCA-01-001-01-2013, en el Impuesto: IMPUESTO SOBRE LA RENTA, del período Enero a Diciembre 2008, al Contribuyente: IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA OCAL, SOCIEDAD ANÓNIMA RUC No. J0310000004153 conforme el siguiente detalle:
Conforme el Siguiente detalle:
IMPUESTO : IMPUESTO SOBRE LA RENTA
PERÍODOS A EVALUAR : 01/2008 AL 12/2008
DECLARACIÓN
SALDO A FAVOR SEGÚN REDE
SALDO A PAGAR AJUSTE
AL IMPUESTO MULTA POR
CONTRAVENCIÓN TOTAL
1,426,839.74 6,002,041.76 7,428,881.50 1,857,220.38 9,286,101.88
II
Multa aplicada con base al Arto. 137 en su caso de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua.
III
El monto ajustado está sujeto a recargos por mora; conforme lo indicado en los Artos. 51 y 131 de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua.
IV
Informar al Contribuyente: IMPORTADORA Y DISTRIBUIDORA OCAL, SOCIEDAD ANONIMA RUC No J0310000004153, que una vez notificada esta Resolución Determinativa No. DGC- REDE-01-013-03-2013, podrá interponer Recurso de Reposición ante el suscrito, en un plazo de ocho (8) días hábiles después de notificado y de diez (10) diez días hábiles para presentar pruebas, ambos términos contados a partir de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con el Arto. 97 de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua. De no cumplir con los plazos señalados pierde el derecho otorgado en el Arto. 97 de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua.
El Recurso Interpuesto debe cumplir con los requisitos que se establecen en el Arto. 94 de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua. Si ésta Resolución no es impugnada será de obligatorio cumplimiento, en el plazo de cinco días después de vencido el término para impugnar conforme el Arto. 96 inciso 3, segundo párrafo de la Ley No. 562 Código Tributario de la República de Nicaragua.
Que
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