CENTRALISMO Y FEDERALISMO.
Enviado por juanysilva21 • 29 de Marzo de 2016 • Resumen • 616 Palabras (3 Páginas) • 551 Visitas
CENTRALISMO Y FEDERALISMO
Las formas de Estado y Gobierno tienen estas características: son fáciles de confundir, tienen en común intercambiar ambos términos y puede hablar de Estados compuestos y simples.
Teniendo como diferencias lo siguiente:
- Estado es una institución pública dotada de personalidad jurídica, es una entidad de derecho
- conjunto de órganos del Estado que ejercen las funciones en que se desarrolla el poder público que a la entidad estatal pertenece. Es algo del Estado y para el Estado, pero no es el Estado.
- Vehículo mediante el cual Estado hace efectivas sus funciones
Dentro de las formas de Gobierno tenemos las siguientes
- Patrimonial
- Derecho
- Policía
- Democracia clásica
- Autoritario
- Democracia progresiva
Dentro de las formas de Estado tenemos:
- El centralista el cual se diferencia en que su dirección corresponde a un órgano central o único el cual cumple con las funciones administrativas, judiciales y legales
- El Federalista el cual tiene las siguientes características: los estados son soberanos y autónomos, uniéndose en una federación y sus funciones están separadas.
Según Kelsen no existe diferencia entre los dos ya que puede haber estado federales pero son centralistas en su funcionamiento.
Las actividades centralizadas son aquellas cuya dirección corresponde a un órgano central (único) del Estado.
Doctrina del Federalismo
Dentro de la doctrina del federalismo podemos mencionar que no es posible ser un estado soberano y pertenecer una federación por lo cual hay una cosoberanía, la soberanía es una e indivisible, en el federalismo el pueblo es soberano y pierde su autodeterminación con los poderes federales que mandan sobre el estado, ya que si se somete a un poder superior ya no es soberano, ni libre ni independiente.
Menciona Montesquieu que la república federativa resulta de un pacto o convención entre los distintos cuerpos políticos, es una sociedad de sociedades que forman una nueva que puede crecer mediante nuevos asociados hasta que su poder sea suficiente para la seguridad de sus miembros.
Dentro de las diferentes autonomías que se pueden mencionar están las siguientes:
- Autonomía democrática de las entidades (Estado o provincia, pues la denominación es intrascendente), en el sentido de designar a sus órganos de gobierno administrativo, legislativo y judicial.
- Autonomía constitucional, traducida en la potestad de dichas entidades para organizarse jurídica y políticamente, sin transgredir o acatando siempre los principios de la Constitución nacional.
- Autonomía legislativa, administrativa y judicial, en lo que concierne a las materias no comprendidas en la órbita federal.
El federalismo en México se dio desde la Constitución de Cádiz, teniendo las siguientes características: se tuvieron diputaciones provisionales, había autodeterminación de las provincias y hubo empuje para construir gobiernos locales. Teniendo la corriente insurgente y la de innovación política como impulsoras del federalismo, pero no se hacía referencia a la soberanía y total libertad de los estados.
La órbita autónoma de los Estados dentro de nuestro régimen federal se extiende a las materias siguientes:
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