COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS
Enviado por beqka • 24 de Junio de 2013 • 1.179 Palabras (5 Páginas) • 521 Visitas
Comisión Estatal de Derechos Humanos de Jalisco
Antecedentes en México.
En el enlace relativo a la historia de la CEDHJ ha sido ya tratado el tema de los antecedentes históricos en México del sistema no jurisdiccional de protección a los derechos humanos y su reconocimiento constitucional. En este espacio se abordaran, por otra parte, la manera en que los derechos humanos y los mecanismos jurisdiccionales para su protección fueron incorporándose al contenido constitucional a través de diversas denominaciones y etapas.
Las herramientas jurídicas con que actualmente cuenta México para hacer efectivos los derechos humanos, son el resultado de lo que paulatinamente se ha ido plasmando en la constitución como producto de movimientos sociales, a continuación se hace una breve reseña de los momentos y documentos históricos que han conducido al Estado mexicano a su legislación actual.
Constitución de Cádiz de 1812. Esta constitución no contenía un apartado especial que reconociera los derechos humanos, sin embargo, varios de ellos como la igualdad, la libertad, la seguridad jurídica, la propiedad, algunos derechos políticos y otros en materia educativa, podían ser identificados de manera dispersa a lo largo del texto.
Constitución de 1814, también conocida como la Constitución de Apatzingan y oficialmente titulada Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana. Este documento fue inspirado en los “Sentimientos de la Nación” de José María Morelos y Pavón, recoge además los principios de la Constitución de Cádiz y del modelo liberal-democrático de la Constitución Francesa, y reconoce los derechos laborales además de los derechos humanos mencionados en Cadiz.
Constitución de 1824. El contenido de esta constitución gira en torno a la organización y división del poder del Estado. No tuvo un apartado especial para el reconocimiento y tutela de los derechos ya que delegaba a las constituciones locales su enunciación.
Las Siete Leyes Constitucionales de 1836. Cuando Antonio López de Santa Anna llega al poder asumiendo un rol conservador, abroga la legislación anterior por ser de un carácter eminentemente liberal y procede a estructurar el Estado en una república centralista cuyas bases fueron sentadas en las siete leyes constitucionales de 1836. En este ordenamiento si existió un apartado especial para los derechos, la primera de las siete leyes se titulaba “Derechos y obligaciones de los mexicanos y habitantes de la república”, y reconocía los derechos de nacionalidad, igualdad, libertad, propiedad, seguridad jurídica y derechos políticos; sin embargo, seguían sin ser reconocidos el derecho a la libertad de culto y creencias, y continuó la obligatoriedad de la religión católica impuesta desde la constitución de 1824. Cabe mencionar que en general, se limitó en gran medida el reconocimiento a los derechos de las personas en razón de su condición.
Acta Constitutiva y de Reforma de 1847. Durante la intervención norteamericana se declaró la vigencia nuevamente de la constitución de 1824 de carácter federalista y se le adiciona el acta constitutiva y de reformas del 21 de mayo de 1847 formulada por Mariano Otero. La trascendencia de ello fue la implementación a nivel federal del juicio de amparo como un control de garantía de los derechos humanos, cabe mencionar que desde 1841 esta figura ya había sido propuesta a nivel local en el estado de Yucatán y originalmente en las “Bases Orgánicas de la República Mexicana”.
Constitución de 1857. Después del cese del poder de Antonio López de Santa Anna, quedó como presidente sustituto Ignacio Comonfort, quien el 05 de febrero de 1857 firmó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1857, de corte liberal y federal; su capítulo primero, denominado “De los derechos del Hombre”, reconocía los derechos a la libertad de expresión, asociación y portación
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