COMO RECURRIR A LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN CASO DE VIOLACIÓN DE DERECHOS INDIVIDUALES Y/O COLECTIVOS
Enviado por Victor QCondori • 20 de Noviembre de 2019 • Monografía • 4.604 Palabras (19 Páginas) • 219 Visitas
Portada
UNIVERSIDAD ANDINA [pic 1]
NÉSTOR CÁCERES VELÁSQUEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
CARRERA ACADÉMICA PROFESIONAL DE DERECHO [pic 2]
TEMA
COMO RECURRIR A LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN CASO DE VIOLACIÓN DE DERECHOS INDIVIDUALES Y/O COLECTIVOS
PRESENTADO POR:
QUISPE AYQUI FLOR
DOCENTE:
MARCIAL PARI GALINDO
SEMESTRE
III “A”
JULIACA – PERÚ
2019
Dedicatoria
A DIOS
A Dios, por regalarme lo más hermoso “la vida” y por darme la oportunidad de darme una familia hermosa, él es mi fortaleza y mi soporte para poder salir adelante.
A MIS PADRES
A mi padre, por ser un ejemplo en mi vida, signo de perseverancia, humildad y esfuerzo. A mi madre, por ser la mujer más luchadora de este mundo, por enseñarme los valores, por mostrarme la vida con madurez, y ser la mejor madre y amiga.
A MI FAMILIA
A mi familia, por ser alguien muy especial en mi corazón, quien me alienta para salir adelante, y seguir creciendo profesionalmente, y a mis padres por ser los mejores padres, por seguirme y admirarme y por ser el motor de mi vida, gracias amados padres.
Índice General
Portada 1
Dedicatoria 2
Índice General 3
Introducción 4
Como Recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Caso de Violación de Derechos Individuales y/o Colectivos 5
1.1 Concepto 5
1.2 Fiscalía 6
1.2.1 ¿Qué función cumple el Ministerio Público? 6
1.2.2 El Ministerio Público y la Formación de la acusación. 7
1.2.3 ¿QUÉ ES EL MINISTERIO PÚBLICO? 7
1.2.4 Rango constitucional del ministerio público de la composición y las funciones 7
1.2.5 DEBERES Y ATRIBUCIONES 7
1.2.6 Funcionamiento del poder judicial 8
1.3 Tribunal Constitucional 9
1.3.1 El Tribunal Constitucional en el Perú 9
1.3.2 Clasificación de los procesos constitucionales 10
1.3.3 Habeas Corpus 11
1.3.4 Proceso de Amparo 11
1.3.5 ¿Habeas Data? 12
1.4 Corte Internacional de los Derechos Humanos 12
1.4.1 CONVENCIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS 12
Conclusiones y Recomendaciones 14
Referencias Bibliográficas 15
Introducción
La Corte Interamericana de Derechos Humanos se instituyó en 1969 como parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Capítulo VII de la Parte II). Entró en vigor el 18 de julio de 1978, debido a que en ese momento se reunió el número de países establecido por el instrumento para el inicio de su vigencia y falló su primer caso en 1988. Desde ese momento, se produjo el proceso de establecimiento de una estructura judicial que tiene como misión principal, hacer eficaces los derechos humanos en el continente.
La COIDH tiene dos funciones específicas en el sistema regional. Una función jurisdiccional, a través de la cual evalúa la responsabilidad de los Estados, respecto a situaciones que sean planteadas como infracciones a la Convención Americana de Derechos Humanos. El instrumento regional prescribe que sólo la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y los Estados partes de la Convención, están facultados para someter a consideración del organismo un caso y que para que pueda ser tramitada una controversia contra un Estado, éste debe haber reconocido o reconocer la competencia expresamente de la Corte, para todos los casos o bien bajo la condición de reciprocidad, por un período específico de tiempo o para una situación particular. Hasta hoy, los países que han reconocido la competencia de dicho organismo son: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Surinam, Uruguay, y Venezuela.
La otra función es la Consultiva, la cual el organismo ejerce según lo preceptuado en el artículo 64 (1): "Los Estados miembros de la Organización podrán consultar a la Corte acerca de la interpretación de esta Convención o de otros tratados concernientes a la protección de los derechos humanos en los Estados Americanos. Asimismo, podrán consultarla, en los que les compete a los órganos enumerados en el capítulo X de la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires. De la misma manera, la norma señala que la Corte a petición de los Estados, podrá emitir concepto entre la compatibilidad de una ley interna y los instrumentos internacionales de derechos humanos.
Como Recurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en Caso de Violación de Derechos Individuales y/o Colectivos
Concepto
El acceso a la justicia puede ser entendido como la posibilidad de toda persona, independientemente de su condición económica o de otra naturaleza, de acudir al sistema previsto para la resolución de conflictos y vindicación de los derechos protegidos de los cuales es titular. Es decir, que por este principio podemos entender la acción, ante una controversia o la necesidad de esclarecimiento de un hecho, de poder acudir a los medios previstos por los ordenamientos jurídicos nacionales e internacionales para su respectiva resolución. Tanto a nivel nacional como internacional este término ha sido últimamente visto como un equivalente al mejoramiento de la administración de justicia, siendo éste una forma de ejecución de dicho principio. Recordemos que es en el campo de la administración de justicia donde se define la vigencia de los derechos fundamentales en las sociedades contemporáneas, donde se prueba si las libertades y garantías enunciadas en los diferentes instrumentos de derecho internacional tienen o no aplicación real en el los ámbitos internos e internacionales de protección.
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